Los funcionarios comunales acusados se despegaron de la competencia que tenían sobre la concesión del Hipódromo
En un nuevo capítulo del dilatado juicio por la concesión del Hipódromo de Villa Aguirre, a pedido de la Defensa ayer se escucharon las declaraciones de los dos funcionarios lunghistas imputados. Pedro Espondaburu aclaró sobre su rol y se desligó de cualquier responsabilidad sobre lo que ocurría en el circo de carreras. Guillermo Alassia, en tanto, subrayó que sólo acató órdenes de sus superiores, respecto al servicio del camión regador. Culminada la etapa de prueba, la semana próxima será el tiempo de los alegatos del fiscal y el defensor.
Tal se había programado, ayer se celebró una nueva audiencia en el TOC 1, en lo que resultó el camino al epílogo de un dilatado debate que insumió varias jornadas a lo largo del mes y cientos de horas en las que se escucharon a decenas de voces involucradas en el expediente que dio forma a la causa penal en torno a la controvertida concesión del Hipódromo de Villa Aguirre, por la cual dos funcionarios lunghistas están sometidos a un proceso que tendrá su corolario con el veredicto del Tribunal.
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Por lo pronto, las irregularidades ventiladas en el recinto judicial ya dejaron ser materia de discusión entre las partes. Lo que queda por resolver es si dichas anomalías merecen un reproche penal para los aquí acusados y, eventualmente, algún funcionario más, a partir de lo que el juicio evidenció en materia de responsabilidades políticas frente a la concesión cuestionada.
Cerrando la etapa de prueba, ayer el fiscal Marcos Eguzquiza le había quedado pendiente escuchar a tres testigos, relacionados a la actividad turfística por un lado, y el control de Rentas del Municipio a la hora de cobrar el canon del concesionario.
Efectivamente, los citados para la ocasión comparecieron frente a los jueces. Más luego, a pedido de la defensa encarnada por el doctor Jorge Dames, se procedió a la lectura de las declaraciones de los imputados Pedro Espondaburu y Guillermo Alassia. Testimonios que oportunamente habían sido volcados al voluminoso expediente una vez notificados de la acusación que les endilgara el Ministerio Público.
Sobre la singular decisión de dar lectura de sus dichos y no comparecer oralmente en la sala, sin dudas se debió a la estrategia defensista y amparándose en el derecho que le asiste a sus pupilos. Sin dejar de señalar que al no prestar su declaración en vivo y en directo no permitió que el fiscal o los mismísimos jueces pudieran interrogarlos sobre alguna cuestión que consideraran para merituar según su saber y entender.
De todas formas, sus respectivas declaraciones escritas, no hicieron más que replicar el espíritu que supo imponer el Gobierno frente a la acusación. Se trató de una decisión política en pos de recuperar un predio histórico abandonado por décadas y en peligro de extinción. Decisión que permitió no solo poner en valor el citado circo de carreras si no revitalizar la populosa barriada de Villa Aguirre, muchas veces postergada por esa barrera imaginaria que traza la Ruta 226. Asimismo, ambos funcionarios apelaron a la poca injerencia que ellos protagonizaron a la hora de la toma de decisiones y que solo su atuvieron a responder a aquella determinación política encabezada por el intendente Miguel Lunghi.
Los testigos
En el inicio de la jornada, entonces, ingresó a la sala el testigo Juan Marcelo Farías, quien por esos años junto a su hermano y padre se dedicaba a la actividad hípica. Más precisamente él era variador y palafrenero en los días de carrera en tiempos de concesión de Vistas Serranas.
El vecino dio cuenta que su trabajo era contratado por jornada, el cobro era informal y no tenía ningún seguro. De hecho, reseñó sobre una lesión sufrida arriba de un caballo (se fracturó un dedo) y no tuvo cobertura médica alguna. Se dirigió solo al Hospital y desde allí lo atendieron como así también le dieron la medicación para su tratamiento.
A preguntas del fiscal, contestó que no había servicio médico en los días de vareo y, en aquella oportunidad de la carrera cuando se lesionó no fue socorrido por ningún servicio ambulatorio por lo que se manejó por sus propios medios.
También compareció el cuidador de caballos Duré, quien gran parte de su vida la dedicó a la cría de caballos pura sangre y actualmente lo sigue haciendo. De modos campechanos, el testigo no le dio mayor trascendencia a la frágil seguridad en el predio hípico, señalando que él incluso variaba en la calle, por lo que su aporte no sirvió mucho para el interés fiscal, sí tal vez a la defensa a la hora de relativizar la formalidad pretendida por el acusador a la hora de encuadrar la actividad turfística.
Declara el funcionario comunal
Finalmente, fue el turno del director de Rentas y Finanzas del Municipio Luis Jensen, funcionario de planta de más de 30 años en el área, quien fue interrogado sobre las herramientas comunales a la hora de controlar el pago del canon que el concesionario tenía como compromiso tributario para con la comuna.
El testigo aclaró que desde su área no había mayores requisitos a la hora de controlar los compromisos tributarios más allá de lo que se hacía con otras concesiones y contribuyentes, tomando el informe de carreras que presentaba la firma Vistas Serranas como declaración jurada sobre lo que efectivamente sucedía con la realización de las carreras, por las cuales el concesionario tenía el compromiso de pagar un porcentaje en carácter de canon fijo.
El funcionario reconoció la deuda registrada por el empresario durante un extenso período hasta que fue regularizando su situación.
En medio del interrogatorio fiscal, el defensor aprovechó para aclarar sobre los famosos registros de carreras donde figuraban en las planillas como que en algunas carreras no se habían realizado o nadie había apostado, lo que, a criterio del fiscal, iba en detrimento del Municipio a la hora de cobrar por el canon.
Al decir de la interpretación de la defensa, constataron que ese registro tenía que ver con las carreras de simulcasting, las cuales no se registraban como las otras oficiales. Igualmente, dichas lecturas contrapuestas serán sin dudas materia de alegatos de las partes.
A propósito de alegatos, ya finalizada la etapa de prueba propiciada ayer, el Tribunal anunció que el tiempo de los alegatos deberá aguardar para la semana próxima. A más datos, el jueves 19 por la tarde se procederá a escuchar al fiscal Marcos Eguzquiza, y a la mañana del día siguiente será el turno del defensor Jorge Dames.
Una vez cumplimentado el capítulo de rigor, el Tribunal, integrado por los jueces Gustavo Echeverría, Guillermo Arecha y Carlos Pocorena, darán cuenta de cuándo ventilarán su veredicto frente a un juicio que cobró especial trascendencia no solo por las implicancias judiciales si no también por su sensibilidad política, ya que está en juego no solo el futuro procesal de dos funcionarios, también la “salud” de un Gobierno que sin dudas tuvo en el recupero del Hipódromo uno de sus bastiones en aquellos primeros años de gestión. Política que defendieron a capa y espada a pesar de los achaques de la oposición (interpelación mediante) como del reproche penal que mereció una exhaustiva investigación que ahora se ventiló en toda su dimensión en el debate oral y público.
LA VERSIÓN DE ALASSIA
Respondía a las órdenes de la Secretaría de Obras Públicas
La secretaria del Tribunal, entonces, procedió a la lectura de las declaraciones volcadas al expediente de los aquí sentados en el banquillo de los acusados, quienes primero dieron cuenta de sus trayectorias y sus roles en la estructura comunal para luego responder sobre la responsabilidad que les cabía acerca de la concesión del Hipódromo y su funcionamiento.
Al turno del director de Vialidad, Guillermo Alassia, hizo una reseña sobre su cirruculum como funcionario que trascendió la gestión radical, siendo que ingresó a la comuna en tiempos del Gobierno de Julio José Zanatelli, en el 2001, continuando en el cargo en el 2003 con Miguel Lunghi por recomendación de quienes fueron sus superiores en aquellos años, Guillermo Parmigiani, primero, Indalecio Oroquieta después.
El ingeniero no quiso dejar pasar por alto sobre el organigrama del Municipio, acerca de las máximas autoridades, desde el Intendente para abajo, subrayando que en la secretaría de Obras Públicas estaba a cargo de Mario Civalleri, de quien dependían nueve direcciones, entre las que estaba su dependencia Vialidad.
Asimismo, Alassia sentenció que nunca militó en un partido político y que se considera un técnico ejecutor de tareas, en relación directa con las obras y el personal a su cargo.
Detalló que bajo su órbita tenía a cargo 85 personas, desde choferes, maquinistas, técnicos, cuadrilleros y demás, para luego ahondar sobre el trabajo que se desplegaba desde el área.
Camiones regadores
Respecto a los camiones regadores, por aquellos años Alassia reseñó que se contaba con cinco camiones, que tenían un horario de trabajo de 6 a 13.30, y de tarde solo se realizan trabajos como horas extras.
Puntualmente sobre el uso de regadores, aclaró que tienen solicitudes constantes por parte de diferentes instituciones privadas y públicas de colaboración para el pasado de un camión regador para poderse ejecutar las distintas actividades, de las cuales llegan a la Secretaria de Obras Públicas.
Alassia remarcó que “analizado el interés público por la Secretaría de Obras Públicas”, se le ordenaba a él a proceder con la colaboración, para así citar como ejemplos el servicio prestado al Moto Club de Tandil, Tandil Auto Club, Hipódromo, Club Independiente, Osde Cruce Tandilía, Club Los Cincuenta, Centro Náutico del Fuerte, Tandil Cirques Club, Expotan, Fiesta de La Pastora, entre otras actividades.
Asimismo, el funcionario añadió que la colaboración de determinado evento incluso se hizo antes de que él ingresara a la función pública, asumido como uso y costumbre de las respectivas administraciones, que obraban siempre de la misma forma, con el pago de horas extras a los choferes, como así también la reposición del combustible.
En su declaración, Alassia insistió en que dicha política llevada adelante fueron ordenadas a él por parte de la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas.
Ya sobre el trabajo desarrollado en el circo de carreras, detalló que el camión regador iba sólo previa solicitud cuando había carreras. Que la concurrencia del regador no fue a diario, solo se hizo previo a la inauguración con mayor intensidad, cuando se estaba llevando a cabo la reapertura, antes de la concesión, y luego el camión regador fue mandado con mayor intermitencia y a solicitud de la Secretaría de Obras Públicas al cual él respondía.
Alassia también dejó aclarado que no participó del pliego licitatorio, del contrato de concesión, ni de las cláusulas del contrato, ni de la autoridad de aplicación, desconociendo incluso la ley por la cual se rige.
LA DECLARACIÓN DE ESPONDABURU
“Decisiones políticas y administrativas que no son susceptibles de revisión judicial”
Al tiempo de dar lectura a la declaración de Pedro Espondaburu, éste reseñó que como se trató de una concesión anterior a su puesta en funciones al frente de la Secretaría de Desarrollo Local, no participó en la redacción del contrato de concesión ni del pliego de bases y condiciones, para luego dar rienda suelta a sus múltiples funciones que tenía al frente del área que “heredó” de Oscar Maggiori.
Sobre la reactivación del Hipódromo, señaló en su testimonio que se propuso revivir una actividad sentida por una extendida porción de la comunidad, lo que traería aparejado generación de empleo y un nuevo espacio de esparcimiento y entretenimiento social para toda la comunidad.
Espondaburu fue insistente en remarcar que a su entender existía una exclusiva competencia provincial en el control de la actividad hípica, según la Ley Provincial 13253, el cual se encargó de subrayar que establece que el único órgano de aplicación de la actividad es el que designa el poder Ejecutivo provincial, y en este caso es el Instituto Provincia de Lotería y Casinos.
A criterio de Espondaburu, existió una errónea asunción de ciertas funciones de contralor municipal, sobre lo cual dejó entrever la inconstitucionalidad, ya que se arrogaron facultades que son privativas de la provincia.
Intervenciones
Más allá de su criterio sobre la potestad de contralor sobre la actividad turfística, el funcionario reseñó sobre “múltiples actividades” de seguimiento del contrato de concesión.
Puntualmente indicó que en el período en el que estuvo el tema bajo su control se realizaron diez intervenciones directas vinculadas con actividades de seguimiento, pero además no menos de otras veinte impulsadas por otras áreas.
Respecto a la presunta omisión de exigir al concesionario que efectuara en tiempo y forma la reconstrucción y mantenimiento de la pista de carrera y la reconstrucción y mantenimiento de la empalizada y cerco perimetral, Espondaburu dijo que pliego de concesión hablaba de reconstruir la pista, pero no menciona en ningún momento el tema del mantenimiento.
Al mismo tiempo, recordó que la primera reunión hípica debía realizarse con la reconstrucción de la pista y la empalizada, cosa que a su entender ocurrió porque incluso estuvieron presentes autoridades provinciales y de la Dirección de Hipódromos, actores que no realizaron observación alguna sobre irregularidades.
Sobre la omisión de exigir el sistema de riego para la pista, el imputado consideró que dicha obligación no estaba estipulada en el contrato.
Lo propio respondió sobre el servicio médico de primeros auxilios en días de actividad como el servicio veterinario, ya que cada propietario de caballo contaba con un profesional particular.
Bajo ese mismo espíritu respondió sobre el servicio de vigilancia permanente en el predio.
Ya respondiendo sobre el control del destino de los subsidios de Lotería y Casinos, subrayó que formaba parte de las facultades exclusivas de las autoridades provinciales.
En cuanto a no aplicar sanción alguna ante los incumplimientos del concesionario, Espondaburu manifestó que de acuerdo al contrato de concesión se expuso “podrá”, por lo que estimó que ese tipo de decisiones son “más políticas y administrativas, que no son susceptibles de revisión judicial”.
Con ese criterio, respondió en el mismo sentido que lo hiciera el testigo Juan Pablo Frolik, quien aludió al derecho administrativo, el cual se maneja el criterio de la discrecionalidad.
Por caso, sobre la caducidad de la concesión, podría haber significado una situación “altamente disvaliosa en punto a cesar una actividad que se había puesto en marcha luego de 22 años con múltiples esfuerzos públicos y privados y generando muchos empleos y mejorando las condiciones generales del sector donde se encuentra el predio”.
El funcionario, también apeló sobre lo que hubiera conllevado judicializar en el fuero Contencioso Administrativo dicha controversia contractual, incluso con un final desfavorable al interés comunal.