Toma en La Movediza
La Defensoría Oficial cuestionó al Municipio y había pedido a Garantías posponer el desalojo
El defensor penal Diego Araujo solicitó que se articulen propuestas concretas para los grupos más vulnerables, tal lo consensuado en el marco del Protocolo y el censo realizado. El letrado criticó el accionar del Municipio por no ofrecer respuestas y delegar su intervención al eventual abandono del predio.
Ante el pedido del fiscal Luis Piotti de desalojar compulsivamente el predio ocupado en La Movediza, el defensor oficial Diego Araujo realizó una presentación ante el Juzgado de Garantías 1, manifestando la postura del organismo sobre la vulnerabilidad de algunos grupos allí asentados y solicitando la postergación del desalojo.
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En el escrito que el letrado elevó el martes al juez Moragas, antes de que hiciera lugar a la petición del Ministerio Público Fiscal y dispusiera la expulsión de las 283 personas instaladas en los lotes de Piccirilli al 1000 en un rango de 45 días, Araujo puso especial énfasis en el conflicto social derivado de la toma masiva de tierras y cuestionó el tratamiento proferido por la comuna.
En el planteo, se apoyó en los datos recolectados en el relevamiento censal que diferentes entidades efectuaron el pasado 17 de abril para exponer la compleja situación de algunos agrupamientos. En tal sentido, valoró que se pudo visualizar la presencia de “un grupo con mayores niveles de vulnerabilidad, dadas sus características particulares, relacionadas a la minoridad, género, situaciones de salud y pobreza estructural”.
El diagnóstico se realizó con base en la información reportada a partir de indicadores de vulnerabilidad que fueron consensuados por todas las partes; Municipio de Tandil, Defensoría del Pueblo de la Provincia, Defensoría del Pueblo de Tandil, Unicen, Instituto Provincial de la Vivienda, Secretaría de Hábitat y Desarrollo Humano bonaerense; y también la Defensoría General de Azul, y la Defensoría penal de Tandil.
En su presentación, Araujo fundamentó que “fruto de ese consenso inicial, y más allá de las diferencias conceptuales con relación a la naturaleza del conflicto, su origen y alcance, se realizó sobre el territorio donde se encuentra emplazada la ocupación, un despliegue de trabajadores sociales y funcionarios que culminó con el trabajo que fuera presentado oportunamente ante el Sr. Juez”.
Sin propuestas
En la instancia posterior de análisis de datos, que se llevó a cabo con el objeto de trabajar en alguna propuesta acorde para los grupos con mayores niveles de vulnerabilidad, el defensor destacó que el Municipio “decidió no incorporarse a dicha mesa de trabajo, y dijo que presentaría un informe propio (lo que así hizo), refiriendo que actuaría sobre las familias necesitadas con posterioridad al desalojo voluntario de las mismas”.
Al respecto, el abogado consideró que el accionar del Ejecutivo configura una “no propuesta” en el marco del Protocolo de la Suprema Corte de Justicia provincial que el magistrado ordenó aplicar hace dos meses.
En esta línea, argumentó que efectivamente en dicho marco de actuación se establece como objetivo “la necesidad de prevenir el impacto ulterior que puede generar la instrumentación de un desalojo compulsivo, brindando protección mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, adultos mayores y demás personas especialmente vulnerables en proceso en desalojo”.
De este modo, el cuestionamiento radica en que las soluciones deben ofrecerse previo al desalojo compulsivo y no de forma posterior, tal el posicionamiento del área de Desarrollo Humano y Hábitat de Tandil, que en el informe presentado ante la Justicia exhibió que recibirá a los participantes de la toma una vez que se hayan retirado –voluntariamente o por la fuerza- del macizo usurpado.
Así, ponderó que “si se trata de prevenir un posible impacto social, como consecuencia de un desalojo compulsivo, la propuesta debe ser, necesaria y lógicamente, una actuación previa al desalojo y no posterior, sujetas a las estimaciones y vicisitudes del poder político”.
Respuestas concretas
Asimismo, el titular de la Defensoría penal ratificó que es posible seguir profundizando sobre los grupos más vulnerables visibilizados a partir del relevamiento y estimó “prudente” posponer cualquier medida de desalojo, hasta tanto se presente una propuesta concreta en relación a dichos grupos. Es decir, que si el estallido del conflicto sirve para evidenciar la demanda y la crisis, al menos los actores implicados puedan proponer soluciones en esta dirección.
En tanto, con la orden de desalojo compulsivo ya firmada por el juez Moragas, el compás de espera de 45 días para que los ocupas se retiren del lugar -la fecha límite es el 8 de julio- que se abrió, puede resultar crucial para articular medidas o reubicar a las familias que se hallan en una situación más apremiante.
Para rematar, el funcionario judicial consignó que “el derecho penal no resulta ser el ámbito adecuado para la resolución de este tipo de conflictos sociales, donde está claro advertir que allí donde quedan al desnudo necesidades económicas y sociales profundas, deben ser resueltas con mayores políticas públicas dirigidas especialmente a esos grupos vulnerables”.
En consecuencia, ponderó que el frente legal abierto constituye de alguna manera, una oportunidad para abordar la problemática habitacional del distrito e intentar ofrecer soluciones al respecto, para cumplir “satisfactoriamente” con las garantías constitucionales, normas y estándares internacionales de derechos humanos .