Acceso a la información pública
Piden al Ejecutivo detalles sobre la obra del mástil en el Parque
La concejal Guadalupe Gárriz apunta a conocer detalles de la intervención y citó el Plan de Ordenamiento Territorial.
Siguen las repercusiones en torno a la obra para instalar un mástil sobre la cima del Parque Independencia como parte de los festejos por el bicentenario de la fundación de la ciudad.
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En este caso, la concejal del Frente de Todos, Guadalupe Gárriz, se respaldó en los alcances de la ordenanza de acceso a la información pública para reclamar al Ejecutivo detalles del proyecto, un mecanismo que hace algunos meses impulsó a propósito de la obra del hito del bicentenario, que será también inaugurada el próximo 4 de abril.
Según expresó la concejal en un posteo publicado por las redes sociales, contó que “hace algunos días nos enteramos, por un gran pozo en la cima del Parque Independencia, que el Municipio emplazará un mástil de 40 metros en ese lugar”.
Y cuestionó que “una vez más el Gobierno de Lunghi toma decisiones de manera unilateral, sin comunicar ni consultar nada, y desconociendo el Plan de Desarrollo Territorial”.
En ese contexto enmarcó la presentación, con el objetivo de contar con “más información sobre esta obra que impactará sobre el paisaje que disfrutamos todos los días”.
El marco normativo y los pedidos
La nota se encuentra dirigida al secretario de Gobierno, Oscar Teruggi y parte del proyecto para colocar un mástil de 40 metros de altura en la cima del Parque Independencia como una de las acciones para conmemorar los 200 años de la fundación de Tandil.
En tanto, presenta como argumentos que el paseo turístico natural se encuentra registrado para su preservación en el Plan de Desarrollo Territorial, ordenanza 9.865, anexo V “Bienes Patrimoniales Catalogados”, en el inciso c, entre los lugares y edificios municipales ubica al Parque Independencia, incluidos la Portada, el Castillo Morisco, las estatuas, los pilares y cadenas, escalera, cañones, arboleda y jardines, Anfiteatro Martín Fierro.
Bajo ese enfoque, solicita información sobre una serie de demandas. Por un lado, pregunta: ¿existe un proyecto respecto a la colocación del mástil? y, en caso afirmativo, reclama que se adjunte, y que detalle cómo se llevará a cabo su emplazamiento.
Y cita en el segundo punto que “si bien en una nota del diario de El Eco de Tandil de fecha 11 de febrero se informó que el mástil tendrá 40 metros de altura, solicito se informe y detalle cada una de las características que tendrá dicha obra”.
Agrega además que si bien en el presupuesto en ejecución se detalla que se destinará a la obra el monto de seis millones de pesos, pide que se informe de dónde provienen esos fondos y detalle si existen donaciones u otras fuentes de financiamiento y cuáles son los montos.
Más demandas
La nota presentada ayer por la concejal del Frente de Todos incorpora otros dos puntos que se sustentan el requerimiento de acuerdo a lo que fija el Plan de Desarrollo Territorial.
En ese sentido, indica que, atento que en el Capítulo X “Normas sobre calidad ambiental” se establece que “en los lugares de paisaje abierto y natural, como en este caso, que se incluyan en el catálogo patrimonial del anexo 5 no se permitirá que la ubicación, volumen, altura, muros, cierres o la instalación de otros elementos que limite el campo visual y altere los rasgos de la morfología y la topografía del paisaje o desfigure la perspectiva propia del mismo, ¿se llevó adelante algún análisis de impacto ambiental que tendrá la instalación del mástil?”.
En caso que la respuesta sea afirmativa, que efectivamente exista un estudio en esa línea, solicita que se adjunte una copia.
Por último, de acuerdo al capítulo XI “Preservación del patrimonio construido” del Plan de Desarrollo Territorial, “establece que toda intervención sobre un bien protegido, aun las que se realicen argumentando fines de recuperación, restauración, restitución, o puesta en valor del mismo, sin tramitar previamente la conformidad expresa de la Autoridad de Aplicación, verificada por ésta o por algún otro organismo municipal, dará lugar a la inmediata paralización de los trabajos y a la automática aplicación por la Justicia de Faltas municipal de las penalidades correspondientes a todas las personas que resulten responsables”.
Ante este enfoque, pregunta: ¿La autoridad de aplicación fue consultada para llevar adelante dicha obra?
Acceso a la información pública
El pedido lo enmarcó en los alcances de la ordenanza 15.931/17 de acceso a la información pública, que en su artículo séptimo señala como “sujetos obligados a brindar información pública: la administración central; el Concejo Deliberante; los organismos descentralizados; la Usina Popular y Municipal de Tandil SEM; concesionarios, permisionarios, consorcios y licenciatarios de servicios públicos o concesionarios permisionarios de uso de dominio público, en la medida en que cumplan servicios públicos y en todo aquello que corresponda al ejercicio de la función administrativa delegada; organizaciones empresariales, partidos políticos, sindicatos, universidades y cualquier entidad privada a la que se le hayan otorgado fondos públicos, en lo que se refiera, únicamente, a la información producida total o parcialmente o relacionada con los fondos públicos recibidos; personas jurídicas públicas no estatales en todo aquello que estuviese regulado por del derecho público, y en lo que se refiera a la información producida o relacionada con los fondos públicos recibidos; fideicomisos que se constituyeren total o parcialmente con recursos o bienes del Estado municipal”.
Como señala el artículo 11, “toda solicitud de información pública requerida en los términos de la presente deberá ser satisfecha en un plazo no mayor de 15 días hábiles”.