Conflicto por nombramientos: el juez Ramos Padilla prohibió a García Mansilla ejercer funciones en la Corte
La resolución llega luego de que el Senado rechazara los pliegos de García Mansilla y Ariel Lijo, quienes fueron propuestos por el presidente Javier Milei para ocupar cargos en el máximo tribunal del país.
El juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla, dictó una medida cautelar anoche ordenando que Manuel García Mansilla, quien asumió en comisión en la Corte Suprema de Justicia, se abstenga de tomar decisiones en el tribunal. La resolución llega luego de que el Senado rechazara los pliegos de García Mansilla y Ariel Lijo, quienes fueron propuestos por el presidente Javier Milei para ocupar cargos en el máximo tribunal del país.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa medida cautelar dispuesta por Ramos Padilla deberá regir por tres meses y prohíbe al juez actuar tanto en causas jurisdiccionales como en decisiones administrativas del tribunal. En su fallo, el juez federal destacó que García Mansilla deberá cumplir con la orden bajo apercibimiento de enfrentar sanciones penales y/o pecuniarias en caso de no acatar la resolución.
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Además, la resolución implica que el juez Ariel Lijo queda impedido de asumir en la Corte Suprema, incluso si renunciara a su cargo actual en la justicia federal. Ramos Padilla dejó claro que no se le podrá tomar juramento como juez "en comisión", a pesar de que Lijo había manifestado que solo aceptaría asumir si contaba con la designación del Senado.
Por otro lado, el juez rechazó los planteos tanto del Poder Ejecutivo como de García Mansilla, quienes habían cuestionado su intervención en el proceso, señalando que su pronunciamiento sobre el decreto presidencial era inapropiado.
La presentación de García Mansilla ante la Corte
Manuel García Mansilla tiene previsto realizar mañana una consulta formal ante los demás miembros de la Corte Suprema para determinar su situación tras la votación del Senado, que rechazó su pliego. La Corte le tomó juramento en febrero, permitiéndole asumir en comisión hasta el 30 de noviembre de 2025. La decisión de Ramos Padilla pone en duda este estatus y agrega complejidad al proceso, ya que la cautelar judicializa el caso y podría forzar a los jueces del tribunal a tomar una posición definitiva sobre la validez de su nombramiento.
Argumentos del juez Ramos Padilla
En su fallo, Ramos Padilla expuso varios puntos clave para sustentar su decisión. En primer lugar, desestimó los argumentos del Poder Ejecutivo y de García Mansilla, quienes alegaban que existía una práctica constitucional que justificaba las designaciones en comisión de jueces federales, incluso en la Corte Suprema. Ramos Padilla destacó que en los últimos cien años, ningún presidente democrático había realizado un nombramiento en comisión para la Corte Suprema.
El juez también subrayó que la interpretación del artículo 99, inciso 19 de la Constitución Nacional, tal como la plantea el decreto presidencial, permitiría al presidente evitar el proceso de consenso necesario para designar jueces del máximo tribunal, lo cual consideró como una vía inconstitucional. En su opinión, esta interpretación también podría dar lugar a un círculo vicioso, permitiendo que el presidente designe a un juez en comisión cada vez que el Senado entre en receso.
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