Cuota alimentaria: Celebraron los cambios que introdujo la nueva ley
La abogada Alejandra Serrano Gandolfo repasó los alcances del nuevo marco legal.
La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires convirtió en ley el proyecto que regula y simplifica los procesos judiciales para el reclamo de alimentos, que limitan el acceso a la Justicia de niñas, niños y adolescentes y sus madres.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEn detalle, la Provincia presentó dos iniciativas para garantizar el pago de la Obligación Alimentaria y agilizar el proceso judicial de reclamo a los deudores. Ambos proyectos fueron aprobados por el Senado bonaerense y uno se transformó en ley en la última sesión celebrada el jueves.
El proyecto aprobado establece que la falta de pago de la obligación alimentaria por parte de los progenitores contribuye a la aparición de formas de sobreendeudamiento de los hogares monomarentales. Esta problemática se suma a la sobrecarga de cuidados que afrontan las mujeres, derivada de la falta de pago de la obligación alimentaria que las aleja de la posibilidad de acceder al empleo formal y registrado.
Entre las reformas que introdujo el nuevo marco legal se encuentra establecer parámetros para determinar el monto de la obligación alimentaria, como el Índice de Crianza elaborado por el Indec; incorporar herramientas eficaces para obtener una respuesta rápida, ágil y flexible en un plazo razonable; reducir el litigio en favor de una resolución rápida y pacífica de los conflictos; fortalecer la autonomía en el proceso de toma de decisiones de las mujeres como usuarias del servicio de justicia.
Asimismo, busca reducir los obstáculos que enfrentan quienes crían a sus hijos. En ese sentido, admite legalmente el uso de aplicaciones de mensajería instantánea (como WhatsApp) para notificar la demanda de alimentos. El cambio surge a partir de la imposibilidad de notificar en domicilio, hecho que restringe el acceso a la justicia.
También establece plazos para dar respuesta a la prueba de informes utilizados para determinar el monto de la cuota alimentaria y el nivel de vida del demandado. En concreto, cinco días para entidades privadas y siete para públicas y fija multas e intereses cuando los progenitores no se presentan a las audiencias judiciales sin adecuada justificación porque entorpecen el proceso.
En diálogo con el ciclo radial Último Bondi (104.1 Tandil FM, EcoTV y El Eco Streaming) la abogada Alejandra Serrano Gandolfo celebró la aprobación de un nuevo marco regulatorio y aseguró que se trata de una “buena novedad pensando en la gente que va a acceder en un mejor servicio de justicia”.
Un cambio positivo
La profesional especializada en derecho de familia abordó el tema, al que calificó como un “cambio sumamente positivo” en esta “guerra cotidiana que tenemos contra la violencia de género”, y enumeró los puntos de relevancia aprobados por la Legislatura bonaerense.
Al enfocarse en los principales aspectos sobre las disposiciones vinculadas a la cuota alimentaria, que “muchas veces es un camino largo y frustrante”, planteó en primer lugar que fija el modo en que se realiza el cálculo del monto de la cuota. “Cuando no hay un ingreso estable, quedaba al arbitrio del juez y el parámetro era el Salario Mínimo Vital y Móvil”, contextualizó.
Ahora, con estos cambios, el cálculo tendrá como punto de partida el Índice Crianza, que presenta un valor “más realista” y pondera las tareas de cuidado según el rango etario del menor. A modo de ejemplo expuso que, para un niño de 12 años, tiene una referencia que parte de los 480 mil pesos.
En segundo lugar, destacó que existía una cuestión vinculada trámite en cuanto a su extensión a partir de la existencia de la etapa conciliatoria, que es previa a dar conocimiento al juez del reclamo alimentario.
En muchos casos “agiliza” el proceso, pero en otros, “ante la negativa del alimentante de hacer aportes o presentarse en el proceso, ralentizaba el reclamo”. Ahora, los demandantes podrán optar por transitar por la etapa previa o no, con lo cual habilita a que se agilice el trámite.
Por otro lado, Serrano Gandolfo apuntó que se incluirá al moroso alimentario en el registro “ante el inmediato incumplimiento”. A partir de la reforma, se lo intima a pagar ante la primera falta denunciada. “Antes había que esperar tres cuotas antes de pedir la inscripción”, comparó.
En el cuarto punto aludió a la multa por la incomparecencia. “Muchas veces el deudor alimentario se manifiesta con una impunidad tal que ni siquiera se presenta en el expediente o en las audiencias en las que se los cita. Antes existían unas multas que oscilaban entre los 70 mil y 1,4 millones y hoy aumenta a entre 350 mil a siete millones de pesos más intereses”, repasó.
Más detalles
En quinto lugar, la abogada se centró en la decisión de acortar los plazos para la respuesta de los informes solicitados a organismos públicos o privados. Entonces, antes eran 20 días hábiles para oficinas públicas y para privadas 10. Ahora se redujo a siete y cinco, respectivamente.
En el punto seis, la posibilidad de acreditar el caudal económico del alimentante con prueba indiciaria, es decir, pruebas distintas a las tradicionales como el recibo de sueldo o la demostración de bienes registrable.
En este caso, se amplía el trabajo del abogado para indagar en la búsqueda de información con el cliente “para ver si se puede acreditar, por ejemplo, que tiene un pasar económico al que no accedería de otro modo que teniendo ingresos altos”.
Entre ellos, citó viajes, participación a eventos, inscripciones a competencias deportivas, gastos con tarjeta de crédito, billeteras virtuales o nivel de vida en condiciones de la vivienda. “Con poder hacer un informe socioambiental se va a tener una pauta del caudal económico, que tendrá que ser valorada por el juez”, resaltó. “Antes esos indicios estaban, pero había una exigencia mayor en la prueba”, indicó.
Por otro lado, Serrano Gandolfo señaló que otro avance clave al incorporar el uso de la tecnología para la notificación de la demanda cuando los medios tradicionales no lo logran. “Es unos de los más importantes porque achica los tiempos”, resaltó.
Y, por último, hizo alusión a la fijación inmediata de alimentos provisorios como primera respuesta del juez ante el planteo de la presentación judicial.
Unifica, agiliza y acorta
-¿Cómo recibió este tema la comunidad judicial?
-En general, creo que es una buena novedad pensando en los justiciables, es decir, en la gente que va a acceder a un mejor servicio de justicia con criterios unificados y plazos más ágiles en todo el territorio bonaerense.
-¿Hay muchos casos de reclamo de cuota alimentaria en Tandil?
-Sí, y de espera de cuota alimentaria y de espera de alimentos provisorios muchísimos casos. A veces uno es la cara ante el cliente y es difícil explicarle posibles medidas después y después decirle por qué no las tomó. Esto unifica, agiliza y acorta y nos da la tranquilidad de pensar en que habrá respuestas más oportunas.
Una crisis
-A partir del femicidio ocurrido el domingo, ¿cuál es su perspectiva con respecto a lo que está ocurriendo en Tandil?
-Creo que estamos en medio de una crisis en lo que tiene que ver con la violencia de género en Tandil. Es un llamado a los operadores judiciales a la toma de conciencia. Volviendo a la violencia económica, creo que no hay una total dimensión de lo que implica esta variable, que permite el control de una persona, de sus tiempos, el sometimiento, la codependencia. Muchas veces las víctimas vuelven por esta circunstancia y necesidad imperiosa de alimentar a los hijos. Veo que falta tomar dimensión de la importancia de estas alertas del control mediante la economía. Muchas veces las respuestas llegan tarde y parece que falta un poco más de trabajo en la prevención. Estamos viendo que también hay respuestas que están llegando tarde y es para revisar algunas intervenciones.
Marco legal propuesto
Ambas iniciativas presentadas por la Provincia fueron redactadas en el marco de la Mesa de Trabajo sobre Obligación Alimentaria, creada tras la presentación del informe “Incumplimiento de la obligación alimentaria en la Provincia de Buenos Aires: Un problema estructural que profundiza las desigualdades de género” en 2022, tomando también iniciativas de la senadora Sofia Vannelli y la diputada Lucía Iáñez.
El Informe sobre Incumplimiento de la Obligación Alimentaria presentado por el Ministerio de Mujeres y Diversidad de la provincia de Buenos Aires, elaborado desde la Subsecretaría de Políticas de Género, a cargo de Lucía Portos, da cuenta de las desigualdades de género en las crianzas en hogares monomarentales: 7 de cada 10 mujeres no reciben aportes del progenitor de sus hijas e hijos.
El actual sistema de determinación y ejecución de la obligación alimentaria se encuentra centrado en el Poder Judicial, donde las respuestas que reciben las mujeres por parte de esta institución son deficientes y fragmentadas.
El 65 por ciento de las mujeres bonaerenses no recibe la obligación alimentaria de parte del padre de sus hijos o sólo la percibe en forma esporádica. Cabe mencionar que este fenómeno se da en todas las clases sociales.
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