Concejo Deliberante
Proponen que los edificios abandonados tengan el cerramiento correspondiente
El bloque de concejales de Juntos – UCR presentó un proyecto de ordenanza en la última sesión legislativa.
Atento al estado de abandono de diversos edificios dentro del ejido urbano de la ciudad y al peligro para la seguridad y la salud pública que generan, además de contribuir al deterioro del entorno urbano, el bloque de concejales Juntos - UCR, presentó un proyecto de ordenanza que busca atender esta problemática.
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En términos generales, el objetivo está puesto en generar un marco normativo “claro y específico” frente a las dificultades que generan los inmuebles que se encuentran en este estado.
La propuesta fue presentada durante la última sesión del Concejo Deliberante por el presidente de la bancada, Mario Civalleri.
El proyecto de ordenanza establece, en su artículo primero, la obligatoriedad de que “todos los edificios en estado de abandono dentro del ejido urbano cuenten con el cerramiento correspondiente, conforme a las especificaciones técnicas establecidas en la presente ordenanza”.
En el artículo segundo fija que se considera edificio en estado de abandono aquel que presente signos evidentes de desuso, deterioro, falta de mantenimiento y/o esté deshabitado por un período superior a seis meses consecutivos, sin actividad constructiva o comercial visible, en el que se facilite el ingreso desde la vía pública.
Luego, agrega que el cerramiento deberá cumplir con las siguientes condiciones: “cercas de al menos dos metros de altura, construidas con materiales resistentes y seguros; portones o accesos cerrados con mecanismos que impidan el ingreso no autorizado; otro tipo de infraestructura que garantice el no acceso al inmueble, con previa aceptación de la autoridad de aplicación; y el mantenimiento regular para garantizar su efectividad y buen estado”.
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Los propietarios de los edificios en estado de abandono, según lo establece el artículo cuarto, dispondrán de un plazo de hasta 90 días a partir de la intimación realizada por la autoridad de aplicación para proceder al cerramiento correspondiente”, mientras que la autoridad de aplicación determinará el plazo específico para realizar el cerramiento en función de la complejidad que presente”.
En quinto lugar indica que el incumplimiento de la presente ordenanza será sancionado con multas que irán de entre uno y hasta dos salarios correspondientes a la Categoría 4 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón Municipal vigente al momento de la cancelación de la infracción.
En caso de persistir el incumplimiento, la Municipalidad “podrá proceder al cerramiento de oficio, cargando los costos al propietario a través de la Tasa Retributiva de Servicios y con multas que irán de dos a cuatro salarios correspondientes a la Categoría 4”.
Asimismo, se contemplarán excepciones a la obligación de cerramiento en casos justificados por razones de interés público, proyectos de urbanización o planes de desarrollo urbano aprobados por la Municipalidad, aclara el artículo sexto, mientras que en el séptimo agrega que la autoridad de aplicación, a través de los medios que crea conveniente, diseñará un canal de denuncias anónimas con el fin de notificar al Departamento Ejecutivo la existencia de edificios en estado de abandono que resulten un potencial problema de seguridad, sanidad, entre otros.
Argumentos
La propuesta desarrollada por la bancada presidida por Mario Civalleri plantea que “es deber del Municipio velar por la seguridad y el bienestar de sus habitantes” y que los edificios en estado de abandono “pueden ser foco de insalubridad”, ya que “suelen acumular residuos y escombros, propiciando la proliferación de plagas y roedores y representando un riesgo sanitario para la sociedad”.
Además, estas construcciones son “frecuentemente utilizados para actividades ilícitas, tales como la venta y consumo de drogas, robos y vandalismo, poniendo en peligro la seguridad de los vecinos y deteriorando la calidad de vida en los barrios afectados”.
La falta de cerramiento “facilita la ocupación ilegal, generando conflictos legales y sociales y dificultando la recuperación de los inmuebles por parte de sus legítimos propietarios”, mientras que los inmuebles en estado de abandono generan un “impacto visual negativo, desalentando inversiones y afectando el valor de las propiedades vecinas”.
Asimismo, “implementar cerramientos adecuados no solo previene el acceso no autorizado y los problemas asociados, sino que también promueve el mantenimiento y la responsabilidad por parte de los propietarios, incentivando la recuperación y reutilización de los inmuebles”, y remata que “es necesario establecer un marco normativo claro y específico para abordar esta problemática”.