Un informe de los operadores judiciales locales critica la implementación del juicio por jurados
Este Diario accedió en exclusiva a un documento interno de fiscales locales que critican la implementación del juicio por jurados. Se hizo un relevamiento en que queda en evidencia que la gran mayoría de los ciudadanos elegidos terminan condicionados, muchas veces por el temor a tener que emitir un veredicto. Las falencias de infraestructura y los costos del sistema. “El juicio por jurados es una ficción en la que ya no importa la verdad”, se señala con crudeza.
El reciente resonante fallo de no culpabilidad del médico que mató a un ladrón generó un sinfín de lecturas y repercusiones en la opinión pública, en la dirigencia política y también judicial, caso que disparó o más bien reeditó un debate, con sus respectivos adherentes y detractores respecto a la modalidad que promueve la participación ciudadana en hechos penales graves.
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Como se informó, doce ciudadanos elegidos al azar del padrón bonaerense dictaron justicia en el caso de Lino Villar Cataldo, sobre quien consideraron en su veredicto “no culpable”.
Después de haber escuchado a una decena de testigos y al propio acusado, al cabo de una deliberación de más de hora consideraron que el médico actuó en legítima defensa cuando, después de haber sido golpeado y desapoderado de su auto cuando salía de su consultorio, en Loma Hermosa, San Martín, la noche del 26 de agosto de 2016.
A propósito de aquellos actores que ponen en crisis las bondades del sistema popular implementado, este Diario tuvo acceso a un documento interno realizado por operadores de la justicia local, quienes con tono crítico refutan que el juicio por jurados traiga aparejado mejores resultados y que colme las expectativas de la ciudadanía, más bien todo lo contrario.
En efecto, con la firma de los doctores Ginés Sebastián Artero, Luis Humberto Piotti y María Cecilia Rimoli, integrantes del Ministerio Publico Fiscal de Tandil, el extenso documento señala, entre otras cuestiones, las desventajas de la modalidad, tomando como referencia los propios resultados de los debates realizados bajo estas características, estadísticas, y relevamiento realizado a los propios operadores de la justicia penal, como a aquellos ciudadanos que fueron protagonistas de uno de los debates realizados.
Las desventajas
Al decir del informe, las dos desventajas más significativas son la mayor probabilidad de llegar a absoluciones que no se compadecen con una adecuada valoración de las pruebas del juicio (mayor impunidad) y el derroche de recursos.
En uno de los párrafos, se subraya que “es evidente que el temor de los jurados, su mayor dificultad para comprender las circunstancias específicas del juicio, las condiciones edilicias que constriñen su actuación, la rigurosidad de votos afirmativos requeridos para la culpabilidad y la desigualdad de facultades recursivas de las partes, construyen un grupo demasiado importante de condiciones favorecedoras de aquella tendencia irrebatible hacia la absolución”.
Se sostiene que “si bien el concepto de verdad es relativo, un eje central al menos consensuado y lo suficientemente inamovible en su época es necesario para que la sociedad avance. A partir de él podemos valorar entonces en cuanto se alejan o acercan los distintos sistemas que procuran su búsqueda y es así inevitable entender que cuando se perciba fácilmente que la mayor medida de absoluciones esté respondiendo a un mecanismo alejado del rigor necesario para una correcta reconstrucción histórica, crecerá el descreimiento hacia las instituciones judiciales y la misma ley, afectando de lleno a la seguridad jurídica”.
“Este fenómeno –añade el informe- no sólo es contrario al sentimiento de la comunidad que hoy advierte el desorden y pretende una más implacable actuación de la ley penal sino también al del mayor número de víctimas o familiares que se verán imposibilitadas de obtener su recomposición”.
Para los fiscales, es evidente que el ciudadano común no está preparado para posicionarse a unos cuatro metros del imputado (en algunos casos menos) y hacerle saber que votará para que vaya preso. “Quienes hayan trabajado en la Instrucción saben muy bien la dificultad que ya hay que afrontar con testigos remisos a prestar declaración, aún sobre circunstancias no directamente cargosas para el imputado, por lo que es fácil entonces derivar cuál será el posicionamiento anímico al tiempo de votar”. De hecho, este problema del jurado fue también de las objeciones más presentadas en la encuesta realizada.
Al respecto se señala que se conocen casos en que ciertos participantes estaban asustados al tiempo de ir a dar el veredicto cuando agrupaciones feministas habían presionado con cánticos en defensa de la imputada, a pesar de que declaraban la no culpabilidad del homicidio por el que había sido acusada (la condena fue por lesiones gravísimas); otros que han llorado al desagotar la tensión una vez terminado el juicio; y presidentes que no se atrevían a leer el veredicto. “Y conocemos también absoluciones en caso de criminales o contextos peligrosos a pesar de contarse con prueba abrumadora de cargo”.
Otro de los aspectos importante que destacan es el número de votos requeridos para la culpabilidad.
Se alude a que el sello de doce votantes implica darle al imputado la certeza de que todos los integrantes del cuerpo opinan de su culpabilidad, circunstancia que a la vista de los jurados poco es diluida por la condición de que en ningún lugar consten sus nombres y apellidos, tal como lo exige la ley.
El problema naturalmente se hace más relevante cuando se trata de habitantes de la misma ciudad que el acusado (aspecto más gravitante en el interior de la provincia). “Es muy difícil admitir que doce ciudadanos, simultáneamente, vayan a atreverse a votar en esas condiciones contra delincuentes peligrosos o integrantes de bandas organizadas para el crimen o el narcotráfico, y así lo ha reconocido expresamente la mayoría de los miembros de jurado entrevistados”.
Desde el Ministerio Público local remarcaron en el informe que “la mayor impunidad lleva entonces a la paradójica consecuencia de que los delitos más graves (competencia del jurado), los de mayor repercusión pública, aquellos que debieran ser más delicados a la hora de juzgarse, sean los que ahora quedan en la dimensión de una falta de sanción mucho más real. El estudio procesal de siempre ha lidiado por encontrar sistemas que eviten los perjuicios de una pena temprana en delitos de poca monta, y ahora sin quererlo, hemos pasado al extremo opuesto en que los institutos que encontramos llevan lo que era objeto de esa pretensión a las acciones de mayor daño público”.
Costo de implementación
Otros de los aspectos que se abordan como crítica al sistema implementado es el mayor derroche de recursos humanos, de tiempo y económicos, que significa este sistema de juicio. Jornadas interminables y fatigosas, pagos a los asistentes, vehículos y transportes para asegurar el comparendo al juicio, viáticos, labor inconmensurable de notificación y garantía de asistencia, reformas edilicias, disposición de mobiliarios, equipos técnicos, recursos para adiestramientos, nombramientos para todas estas funciones y en ciertos casos para mejor asistencia de los operadores durante el juicio, entre otros.
Esto sin mencionar además los trastornos económicos que se multiplican ante la eventual suspensión de los juicios. Es común en la administración pública que el uso de los recursos no tenga una salida racional.
“En Tandil por ejemplo recién hemos ocupado, en forma parcial, un edificio que está en construcción desde 1997 pero que sin embargo cuenta con un elevador para el único piso superior. Lo económico aunque cueste entenderlo, como cuestión intrínseca a toda realidad humana, es fenómeno a tener en cuenta al tiempo de disponer la organización de las instituciones, y aquí particularmente de lo Judicial. Esto es un aspecto en principio exclusivamente ligado no ya a la resolución del caso, sino al interés del ciudadano común por la dirección en que se invierte el sacrificio con el que ha colaborado a formar el erario, sin importar se trate de erogación del presupuesto de uno u otro poder. Sin embargo repercute también en la labor cotidiana de fiscales y defensores, recursos humanos que necesariamente se ven movidos a relegar la atención requerida para el resto de los casos”.
En ese mismo sentido, el Informe del Ministerio de Justicia provincial del año 2015 ubica la duración de los juicios en una a cuatro jornadas. Sin contar los gastos estructurales que al comienzo de este punto se mencionan, de información recogida acerca del Departamento Judicial Azul sobre conceptos atinentes a transporte, alojamiento, retribución y refrigerio, a los que hubo que adicionar un estimativo por viáticos de choferes oficiales y consumo de combustible, se llega a una suma total aproximada de 120.000 pesos como mínimo para cada juicio por jurados. A su vez debe tenerse en cuenta el ahorro (cuando no también los riesgos) que produce la propia colaboración de personas citadas que aceptan trasladar a otras de su misma ciudad.
“Lo peculiar, tal como ya lo ha hecho notar el doctor Carlos P. Pagliere (h), juez de Azul (Blog. “Argentina sin Juicios por Jurado”), es la cercanía de esa cantidad de dinero con el sueldo de un juez de primera instancia. Tomando esa referencia se aprecia que la provincia está pagando para sólo un debate la remuneración completa que a la par asigna a la labor que un magistrado lleva a cabo resolviendo multitud de conflictos penales durante un mes completo”.
“Llama la atención –se sigue- que todas estas situaciones en su conjunto hayan sido pasadas por alto para un país o provincia como los nuestros, en que abunda la pobreza, donde a diferencia de aquellos otros que tan fácilmente se colocan como ejemplos a seguir, falta la más mínima estructura de contención económica, y los reclamos de juicios más rápidos y una más firme actuación de la ley penal contra el flagelo de la inseguridad son base de la preocupación popular”.
Falencias
Se enfatizó que en las fiscalías locales “faltan impresoras o tinta para el funcionamiento de las existentes; faltan resmas de papel; los gastos menores se llevan a cabo por parte de los titulares, o por el propio personal que aporta desde abrochadoras hasta auriculares para realizar escuchas telefónicas o grabadoras y filmadoras para diversas diligencias, entre ellas la cámara gesell; la movilidad se efectúa con vehículos personales; se tienen oficinas de 9 metros cuadrados abarrotadas de papeles o efectos y compartidas por dos personas, entre ellas fiscales; no hay insumos para pericias, debiéndose priorizar lo urgente o dilatar enormemente los resultados; una pericia de ADN puede demorar un promedio de 3 a 4 meses; falta presupuesto para médicos de policía, obligando entre otros problemas al traslado de víctimas para revisación o cuerpos para autopsia a otras ciudades; las morgues carecen de equipamiento necesario y los elementos son suplidos por servicios de salud pública o por aportes del propio bolsillo de los profesionales; falta tecnología y capacitación para investigación de delitos informáticos, sólo dos centros en la provincia atienden ciertas complejidades de este tema, con las consecuentes demoras, gastos de recursos y riesgo de pérdida de la prueba. Por faltar condiciones que garanticen la habitabilidad, hace unos doce años que los calabozos de las comisarías de Tandil están clausurados”.
En ese orden, se afirmó que “los problemas económicos no debieran verse ajenos al instituto mismo sino estudiarse, como decimos, en torno a una constante consideración de la realidad y los recursos disponibles, sin atarse a argumentaciones irrealizables.
Para cerrar se mencionó un estudio publicado durante el año 2003 por la Secretaría de Investigación de Derecho Comparado de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, “Juicio por jurados: Un examen desde el derecho comparado”, en el que se concluye que quienes se pronuncian en contra del juicio por jurado además de observar en general mayor exposición del jurado respecto a los jueces profesionales a peligros que pueden viciar su actuación; que está menos protegido frente a amenazas, es más sugestionable y permeable a influencias de medios o profesionales, le falta preparación y experiencia en materia probatoria, lo que trae más injusticia con el consecuente mayor peligro de inseguridad jurídica y de afectación de garantías constitucionales; indican el alto costo de implementación; todas razones que en Europa ha llevado a ser sustituido por el sistema escabinado.
Conclusiones
A modo de conclusión del informe que fue distribuido por distintos estamentos del Poder Judicial, se indicó que el juicio por jurados ha sido traído en un contexto político que visto en perspectiva y desde el cristal de hechos de público conocimiento, podría contener intereses ajenos a la verdadera utilidad del instituto como mecanismo de resolución de los conflictos penales”.
Asimismo se agrega que “la instauración con mero ajuste a normas constitucionales de casi dos siglos de antigüedad, ha pasado por alto su carácter de programáticas, al ser indiferente al momento cultural actual, las necesidades y recursos de nuestro pueblo. Para sostenerlo se han enunciado misiones políticas que el instituto no cumple en los hechos, como la necesidad de proveer a la seguridad, y argumentos contradictorios o desaprensivos de la realidad, en su mayoría expresados mediante conceptos ligados a la estructura republicana y democrática de gobierno, con títulos impactantes y difíciles de contradecir en principio, pero que no han significado más que fundamentaciones aparentes”.
Los fiscales dijeron que la implementación “ha generado inconvenientes fáciles de prever, como una mayor absolución de casos que merecían sanción penal, y ha significado un derroche de recursos que podían dirigirse a necesidades más cruciales en la labor de afianzar una justa aplicación de la ley penal”.
Se concluye en que “el juicio por jurados es una ficción en la que ya no importa la verdad, que se desentiende de si lo que da por probado ensambla o no con la realidad, y que valora sólo lo que se quiere que ella sea. La prueba se considera intuitivamente y ya no desde el pensamiento. Los problemas que trae aparejados son producto de nuestra tozudez en querer convalidar un sistema decaído que hoy se intenta vestir con nuevo ropaje y que evidentemente ningún beneficio acarreará”.
Paradójicamente, cierra el texto, “en la ingenua pretensión de afianzar la Justicia y con ello la República, implantamos un sistema que crea sus propias normas y valores, por fuera de la anhelada legalidad pedida en nuestra Constitución Nacional”.