Muerte de Magalí Gómez
Un fatal incidente vial, el juicio, pedido de condenas y una familia desconfiada que no tendrá consuelo
Tras dos jornadas de debate, hoy se conocerá el veredicto por el incidente vial en que perdiera la vida Magalí Gómez, en la madrugada del 24 de diciembre de 2020 sobre la Ruta Nacional 226. Los imputados resultaron el que manejaba la moto en la que trasladaba a la víctima y el conductor de la camioneta que los atropelló. El fiscal pidió penas de tres años y seis meses de prisión, más cinco de inhabilitación para conducir. Las defensas, las absoluciones. La furia de una familia que no creyó en la labor judicial y no encontrará alivio en el desenlace judicial.
Durante la semana que pasó, el Juzgado Correccional dio curso en la sala de debates del TOC 1 el juicio por la muerte de Magalí Gómez, la joven madre de cuatro niños que resultó la única víctima del suceso vial en la siempre peligrosa Ruta Nacional 226, a la altura del cruce con calle Buenos Aires. Hoy se conocerá el veredicto para la suerte procesal de los imputados.
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Quien están sentados en el banquillo de los acusados, el conductor de la moto que llevaba a la víctima y el hombre que manejaba una camioneta de gran porte que, al decir de los peritajes y filmaciones, y muy a pesar de la desconfianza de los deudos de Magalí, circulaba en la misma dirección y terminó embistiendo al vehículo de menor porte, que no contaba con luces en una zona incluso con prácticamente nula iluminación pública.
El acusador plantea un “homicidio culposo agravado”, con una pena que el Código contempla de 3 a 6 años. Salvando las distancias y los sucesos, idéntica calificación al quien ya fuera condenado por el caso Romanela o el actual detenido exfuncionario comunal por la muerte de Sebastián Simón.
La salvedad es que el agravamiento en este caso para ambos señalados tiene otras aristas. Para el motociclista, el conducir imprudente, sin luces y el confirmado alto grado de ingesta alcohólica que tenía. Para el que manejaba la pik up, circular a mayor velocidad de la permitida en dicho trayecto rutero.
Al decir del fiscal, en base a la instrucción penal oportunamente desplegada con el aporte de los peritos, el motociclista, Rosendo Roberto Nahuel Agüera, conducía con 1,280 gramos de alcohol en sangre (el tope permitido es hasta 200 miligramos).
A tal negligencia llegó al sindicado, que incluso tras el impacto que terminó con la vida de quien llevaba como acompañante, intentó irse de la escena. Según relatos del primer testigo que arribó al lugar, presenció cómo Portela le pedía que no se fuera del lugar e incluso forcejeó para retener a Agüera que, apenas sufrió algunos raspones por la embestida. En el mismo sentido atestiguaría otra policía que llegó minutos más tarde y la actitud rebelde del motociclista se mantenía. También replicaría una actitud similar una vez dentro del Hospital.
Con respecto al agravante para quien conducía la camioneta, Daniel Portela, se corroboró que circulaba por la ruta a más de 90 kilómetros por hora, cuando en ese tramo urbano la velocidad permitida es hasta 40.
Aquí incluso redunda en una polémica recurrente a la cual factiblemente se tomó la defensa del citado. Llama la atención a propios y extraños que en una ruta nacional se ponga un límite mayor que el permitido en las avenidas de la propia ciudad (60 kilómetros por hora).
Al decir de los especialistas, no cabía mucho margen para el debate de las partes. Apenas “detalles” que hacen a la calificación penal que se les endilga a los imputados. Se coincide en que la mecánica del siniestro quedó clara a partir de las conclusiones de los peritos intervinientes. Percepción no compartida por la familia de Magalí, que clama a gritos por castigos que, evidentemente, no alcanzarán para apagar su sed de justicia.
Como oportunamente se plasmó en estas páginas, para la familia de la víctima nunca quedó claro como fue el accidente y las responsabilidades de los protagonistas. Exigen por penas que el Código no contempla y su calvario pareciera que no cesará con el desenlace de lo que en tribunales se resuelva. A más precisiones, hoy se ventilará el veredicto del juez Carlos Pocorena.
Cabe consignar que uno de los cuestionamientos de la familia para con el accionar judicial versó sobre la disposición de los vehículos cuando fueron peritados y cómo habría ocurrido el siniestro (poniendo en crisis la dirección de cómo circulaban los rodados). Al respecto e independientemente de lo que concluyeron los especialistas en accidentología que intervinieron en el caso, el cambio de circulación no cambiaba la matriz de las responsabilidades y eventuales penas.
El pedido de pena
Al turno de los alegatos, el fiscal Gustavo Morey reprodujo lo que oportunamente se había volcado a las fojas de la instrucción que, casi literalmente, se reprodujo en las audiencias del debate. Los testigos, como los peritos intervinientes no hicieron más que ratificar sus dichos, por lo que la situación no había cambiado un ápice de lo que se había traído a juicio, muy a pesar de la familia de la víctima que empezó, presenció y se despidió de las audiencias, a pura rabia por lo que vio y escuchó a lo largo de las dos jornadas.
El Ministerio Público aclaró que no se contó con testigos presenciales en la escena del siniestro, por lo que la reconstrucción del suceso se fundó en los dichos de uno de los involucrados, el imputado Portela, descripción que tuvo correlato con lo que luego los peritajes concluyeron acerca de la posible mecánica del accidente. Con los posibles vehículos involucrados (más allá de la moto y la camioneta) que venía de frente a estos y, posiblemente haya encandilado con las luces a Portela por lo que no pudo observar la moto que circulaba delante, sin ningún tipo de luz.
La especulación fue compartida por los peritos intervinientes y las imágenes de las Cámara de Monitoreo municipal, ubicadas a unos cien metros de la escena del hecho, que dejaron secuencias que apoyan dicha hipótesis.
La colaboración del acusado Portela en la instrucción le valió que fuera tenido como un atenuante a la hora de mensurar la pena a pedir, condimento que no se contaría para con el motociclista Agüera, quien tuvo una actitud diametralmente opuesta, incluso el querer fugarse tras el impacto mortal, por más que quien yacía en la cinta asfáltica era su compañera, Magalí Gómez.
Consecuentemente, Morey solicitó al juez que se condene a Portela a tres años y cinco meses de prisión de ejecución condicional, más cinco años de inhabilitación para conducir. Para Agüera, en tanto, pidió los mismos años y seis meses de prisión pero de cumplimiento efectivo, más 7 años de inhabilitación.
Las defensas
Al tiempo de las defensas particulares de los acusados, poco se aportó y sus alegatos resultaron precarios a la hora de poner en crisis lo postulado por la fiscalía.
El abogado que defendió los intereses de Portela, Guillermo Stupino, volcó la responsabilidad exclusivamente en el motociclista, aduciendo que su pupilo aquella madrugada fue encadilado por el auto que venía por el carril contrario y nunca pudo advertir que una moto venía delante de él con nula iluminación.
Asimismo, alegó contra la desidia estatal, a la hora de señalar que nunca se hará cargo de sus inacciones, aludiendo a la falta de iluminación en todo el tramo de la 226, puntualmente donde ocurriera el siniestro. Así, sin más, pidió la absolución.
La defensa de Agüera, en manos del doctor José Ignacio Rivarola, en tanto, también pidió la absolución de su cliente, al ubicarlo exclusivamente como una víctima del accidente junto a Magalí, por lo que la culpabilidad debía recaer en Portela solamente.
Sobre la notable graduación alcohólica extraída que le valió uno de los agravantes de su imputación, señaló que no fue consentida, por lo dicha prueba debía ser decretada nula. También criticó el escaso caudal probatorio aportado por la fiscalía para arribar a una acusación, poniendo en duda que efectivamente la moto no tenía luces como se expuso. Así, también pidió que su defendido sea declarado inocente.
El accidente
Cabe recordar que el jueves 24 de diciembre de 2020, alrededor de las 3 de la madrugada, una camioneta Dodge RAM chocó por alcance a una motocicleta Gilera Smash 110 cc que se desplazaba en el mismo sentido y, producto del fuerte impacto, la joven Casiana Irina (Magalí) Gómez Acosta, de 23 años, que viajaba como acompañante en la moto, falleció.
En la camioneta Dodge RAM, dominio OIO 093, iba Daniel Portela. En tanto el rodado de menor porte, patente 758 DRQ, era conducido por Rosendo Roberto Nahuel Aguera, de 23 años.
Los dichos y lo hecho
Como se expuso en la previa del juicio llevado adelante durante la semana que pasó, en los integrantes de la familia de Magalí reina la desconfianza y desconsuelo por el proceso judicial. En medio de su clamor por justicia criticaron a los actores judiciales por lo que resultó el derrotero procesal y lo que será el devenir de las audiencias fijadas para cerrar el expediente penal.
Fueron críticos del fiscal Gustavo Morey, como de los integrantes del Juzgado interviniente, y del Centro de Asistencia a la Víctima, alegando falta de acompañamiento e información por lo que fue el curso de la causa.
“Jamás nos notificaron nada de la causa, nos contactamos con el fiscal de Azul, nos atendió muy bien, nos explicaron qué se podía hacer y se comprometieron en llamar a Tandil para que el fiscal nos atienda, nos dijo que hay una ley que nosotros por ser padres corresponde que el fiscal nos hubiera llamado, y haber dado todos los detalles de la causa porque fue elevada a juicio”, expusieron oportunamente.
“Están acusados los dos, el de la moto y el de la camioneta. Pidieron 3 años de prisión en suspenso y 5 de inhabilitación, con eso quieren pagar la muerte de mi hija, que dejó a mis cuatro nietos huérfanos”, se cuestionó.
La más pequeña tenía tan sólo 7 meses cuando su mamá murió. Hoy en día tiene un año y 11 meses, el nene tiene 4 y los mellizos cumplen 5 años en pocos días.
La versión judicial que se reproduce en el expediente dista de las críticas expuestas. Según se corroboró, la causa ingresó al Juzgado el 21 de octubre de 2021, el 28 de octubre salió el primer despacho, en el cual se disponía la notificación a la familia de la víctima a través del (Centro de Asistencia a la víctima) que se realizó y se notificó a Belén Gómez (hermana de la víctima). El 14 de diciembre de 2021, se abrió a prueba y se fijó debate para los días 17 y 19 de mayo de este año (fijación con prioridad y en horario especial a las 14).
El padre solicitó fotocopias de la causa, se le entregaron y más adelante ofreció testigos los cuales fueron rechazados por ser presentados fuera del plazo legal, dado que la intervención de la víctima no puede retrasar las etapas procesales.
Además concurrió al Juzgado y fue atendido varias veces por Mesa de Entradas, y en una ocasión, el padre y la madre por el propio juez y uno de los secretarios del Juzgado, cuando se les explicó las dudas o preguntas que tenían para hacer.