Para la justicia hay elementos para creer en el niño y sospechar del docente y se ordenó su detención por abuso sexual gravemente ultrajante
La investigación por la denuncia de abuso sexual contra un niño en el jardín 901 arribó a su primera conclusión preliminar. Para la Justicia, la víctima “impresiona creíble para tener por acreditada la materialidad delictiva y la probable participación del profesor de teatro Juan Martín Rosso, quien quedó detenido. Los dichos del menor de 4 años y sus compañeritos. La mirada de los peritos intervinientes.
Ayer los protagonistas de esta delicada historia de dos familias cruzada por una grave denuncia de abuso sexual contra un nene de 4 años dentro del jardín 901 se desayunaron con lo que en verdad había ocurrido por la noche. El profesor de teatro señalado como abusador había sido aprehendido por orden judicial en Olavarría, donde estaba dictando clases.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEn las primeras horas ya estaba en la ciudad, traído por la policía para cumplir con el rigor procesal. Estar frente al fiscal y ser notificado del delito endilgado. Más luego, saber de su detención hasta nuevo aviso.
En efecto, el Juzgado de Garantías 2, a cargo de la doctora Stella Maris Aracil avaló el pedido de detención del fiscal José Ignacio Calonje, quien al decir de su instrucción hay elementos suficientes para dar por acreditado que el docente debe ser imputado del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante”.
Los papás del menor víctima conocieron por este medio la novedad judicial y salieron raudos a la sede fiscal para conocer en situ el avance de la causa. Los padres del acusado, salían por los medios a replicar sus críticas al accionar de los actores judiciales intervinientes y clamar por la inocencia de su hijo (ver pág.3).
Los argumentos de la jueza
Este Diario accedió a la resolución judicial que determinó la detención del docente de teatro Juan Martín Rosso, quien quedó alojado en los calabozos tras ser notificado del delito imputado, al aguardo de la estrategia defensista que permita esclarecer su futuro procesal, de por sí delicado al decir de la acusación.
Al decir del criterio de la jueza Aracil, surge prima facie acreditado que el 1 de julio de 2019, en el horario comprendido entre las 13 y antes de las 16, en uno de los sectores de baños del Jardín de Infantes 901 “Rene Favaloro”, sito en calle Maipú 348, Juan Martín Rosso, quien desempeñaba funciones docentes en dicha institución pública como Maestro de Teatro inicial, abusó sexualmente del niño (se preserva la identidad de los menores) de cuatro años de edad.
Según la magistrada, el docente ingresó a uno de los baños utilizados por los alumnos preescolares, en momentos en que allí se encontraba orinando el niño (…), junto a otros tres compañeritos, siendo en esas circunstancias que “aprovechándose de la relación generada por desempeñarse como docente de teatro de la salita de 4 años, se acercó al niño mientras éste orinaba y con intención libidinosa, le toco los glúteos y la zona anal con los dedos de su mano por debajo de sus ropas”.
Frente a esta agresión, el nene gritó pidiendo por su madre, ante lo cual el docente le tapó la boca con una de sus manos. “Este acto sobre el cuerpo del niño importó un menoscabo a su integridad sexual y una importante humillación dada su corta edad, por haber sido cometido el acto con connotación sexual en el Jardín de Infantes durante el horario escolar, siento éste un lugar de alta relevancia social y sentimental para el niño, ante la vista de otros compañeros de la salita de 4 años, y en un momento en que se encontraba vulnerable por encontrarse con sus pantalones bajos al estar haciendo sus necesidades fisiológicas”.
Ante el hecho descripto, se arribó a la conclusión de que se está frente al delito de “Abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización agravado por ser cometido por persona encargada de la educación”, en los términos del artículo 119 párrafos segundo y cuarto inciso b) del Código Penal.
La valoración de la prueba
Sobre los motivos que sopesaron para que se considere a Juan Martin Rosso como autor del hecho descripto, se valoró el el testimonio directo e incriminante del niño bajo sistema de Cámara Gesell (ver aparte), como del resto de los menores que se prestaron al mismo interrogatorio.
Además, esa evocación de hechos efectuada por el niño encontraron corroboración con las conclusiones del dictamen pericial psicológico efectuado sobre su testimonio realizado conjuntamente por el Perito Psicólogo del Cuerpo Técnico Auxiliar y la perito de la Defensa.
En el mismo, se determinó: “…Como indicador altamente específico el niño relata un episodio disruptivo para su homeostasis psíquica, signando como responsable a un docente del establecimiento educativo al que concurría. Asimismo, como indicador indirecto se puede apreciar el carácter disruptivo que adquiere el episodio descripto por el niño, advirtiéndose, por los dichos de sus progenitores y por lo desplegado por éste en la entrevista, de la necesidad de repetición del mismo, a modo de escena traumática que se encuentra en proceso de elaboración. Pudiendo destacarse el trabajo psíquico que el niño se encuentra realizando, encontrando en su despliegue lúdico, la elaboración de una escena disruptiva, que éste puede resolver demostrando el caudal de recursos con los que cuenta. Elaboración que también surge de la interpretación de la técnica proyectiva utilizada, donde se desprenden la elaboración y resolución de escenas de agresión y conflicto…”.
Otro elemento citado fue “el indicio de oportunidad” dado por la circunstancia de ser Juan Martín Rosso al momento de ocurrido el hecho, el único docente masculino que se encontraba desarrollando tareas docentes en el Jardín de Infantes; sumado a la circunstancia de haber sido observado Juan Martin Rosso ese día ingresar al SUM del Jardín de Infantes con los niños integrantes de la sala Celeste, entre los que se encontraba la víctima.
Al decir de la resolución, ello surge acreditado por los testimonios contestes de la docente Karina Escribano y de la preceptora Paula Andrea Zubigaray.
A su vez, ambos testimonios se complementan con el informe de la Dirección del Jardín de Infantes 901, al referirse que “…Sala H (4 años): 14.15 a 14.45…durante el mes de JULIO Juan Martín Rosso concurrió a dictar clases el lunes 1/7/2019 en los horarios antes mencionados, y a las salas antes descriptas…”.
LO QUE DIJO EL NENE EN CÁMARA GESELL
“Yo grité por mamá y me tapó la boca”
En el expediente se volcó la entrevista que mantuvieron los profesionales peritos psicólogos con la víctima, lo que se transcribe a continuación:
Psicólogo: –¿Vos vas al jardín?
Menor: –No.
Psicólogo: –¿Por qué no vas al jardín?
Menor: –profesor me tocó poto
Psicólogo: –¿El profesor te tocó el poto?
Menor: Si.
Psicólogo: –¿Qué es el poto?
Menor: –La cola (indica con su mano)
Psicólogo: Ah, ¿qué profesor?
Menor: Juan
Psicólogo: ¿Juan? ¿Y profesor de qué es?
Menor: (ininteligible)
Psicólogo: –Escuchame me estabas contando esto, del profesor, ¿vos decías que se llama Juan?
Menor: –Si
Psicólogo: –¿Y qué clases da?
Menor: (no se logra entender)
Psicólogo: –Y esto que me contaste recién, ¿dónde fue?
Menor: (…)…poto…
Psicólogo: –A ver ¿qué me estas contando? Estabas en el jardín.
Menor: –Estaba haciendo pis…
Psicólogo:–¿estabas haciendo pis?
Menor: si y (…) vino el profesor
Psicólogo: ¿y vino el profesor?
Menor: (…) me poto.
Psicólogo: te tocó el poto… ¿y había alguien más en el baño?
Menor: (cita a dos compañeritos)
Psicólogo:El profesional le pregunta otra vez por sus compañeros
Menor: –Si ellos también (reitera los nombres)
Psicólogo: (cita otro compañero y la hermana)
Menor: –Si
Psicólogo: –Ah, y ¿ellos vieron cuando pasó eso con el profesor?
Menor: –Si
Psicólogo: –y vos le pudiste decir algo… ¿dijo algo el profesor?
Menor: (…) yo grité mama (…) me tapo la boca.
Psicólogo: ¿Te tapó la boca cuando gritaste mamá?
Menor: Si (asiente)
Psicólogo: ¿y después de eso que pasó?
Menor: –Nada más….
Para la jueza Aracil, el relato del niño resulta hábil e impresiona creíble para tener por acreditada la materialidad delictiva y la probable participación de Juan Martín Rosso en el mismo, y concuerda en sus aspectos troncales con los testimonios brindados por los otros niños entrevistados.