Para la APDH, el fallo de la Corte en la causa de los Méndez no fue sorpresivo pero “no era esperable”
Así lo calificó el abogado de una de las partes querellantes en el juicio por el asesinato de Carlos Moreno, Manuel Marañón. El letrado repasó los aspectos técnicos que refieren a la medida del máximo tribunal y dijo que no causó sorpresa pero sí resulta “incomprensible”.
La decisión de la Corte Suprema de Justicia generó repercusiones en Tandil, ciudad en la que celebró hace ocho años el juicio de lesa humanidad por el crimen del abogado laboralista olavarriense Carlos Moreno durante la última dictadura militar. El máximo tribunal, revocó los fallos condenatorios de los hermanos Emilio y Julio Méndez por parte del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata y ratificados por la Cámara Federal de Casación Penal.
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En diálogo con el ciclo radial “Dos a las siete”, que se emite de lunes a viernes de 19 a 20 por la 104.1 Tandil FM, el abogado de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), Manuel Marañon, sostuvo que la medida no causó sorpresa, pero reconoció que “a veces nos topamos con resoluciones que nos resultan incomprensibles desde lo técnico jurídico”, y que al mismo tiempo generan “mucho daño en las familias y organismos que vienen con más de 40 años de lucha intensa, paciente y pertinaz, que caen mal y causan disgusto”.
No obstante, ratificó que lo resulto “no hará que varíe el rumbo de que la discusión”, que “siempre” se da en los términos jurídicos y en lo que corresponde en derecho, “apelando lo que haya que apelar y haciendo los planteos que haya que hacer. La lucha es jurídica”.
“No era algo esperable”
Partícipe del primer juicio en el que se juzgó y condenó a civiles por hechos ocurridos durante la última dictadura militar, el letrado reconoció que la resolución de la Corte no lo sorprendió. Sin embargo, sostuvo que “no era algo esperable” ya que, desde su perspectiva, “no había elementos” y que la sentencia de primera instancia estaba “debidamente fundada en evidencia” como para endilgarles la participación.
En ese sentido, expresó que resulta “llamativo y novedoso” desde el punto de vista técnico que, “en esta época, se conozca una resolución de este cariz en relación a civiles”, a la vez que marcó su sorpresa ante los argumentos que expuso el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz.
Nuevo juicio
En términos técnicos, el letrado indicó que la resolución refiere a la realización de un nuevo juicio en cuanto a que se vuelve a tomar el tema, a analizar las pruebas y a juzgar de nuevo.
En efecto, la Corte reenvía el expediente a la instancia previa, pero no al juicio oral y público que se desarrolló en Tandil hace ocho años, sino “al juicio que hizo el Tribunal de Casación sobre el recurso que interpuso la defensa de los hermanos Méndez”, explicó.
“Es en la segunda instancia donde se debe volver a juzgar”, insistió y, a más detalles, abordó las etapas al señalar que se llevó adelante un juicio en primera instancia, por el cual “transitaron todos los testigos y se produjo toda la prueba” y, como corolario, el Tribunal Oral y Criminal de Mar del Plata dictó veredicto y condenó a los hermanos Méndez y a los otros tres imputados, Tomassi, Pappalardo y Ojeda.
Frente a esa resolución, los abogados defensores de los tandilenses interpusieron un recurso ante Casación, que se aboca a analizar los agravios planteados y resuelve confirmar la sentencia en primera instancia, que llevó a una recusación ante la Corte con un recurso de queja.
El máximo tribunal resolvió que la Cámara ratificó la sentencia reeditando los argumentos de la primera instancia, “pero sin darle respuesta a la defensa de todas aquellas circunstancias que, según entendían, eran violatorias del debido proceso o de otras garantías”.
Ahora, la Corte pide a Casación que “conforme una nueva sala, que trate nuevamente el recurso de queja y dicte un nuevo pronunciamiento con un respuesta”, que puede resultar favorable o contraria a las pretensiones de los defensores.
Sentencia firme
En otro de los pasajes de la entrevista radial, Marañón indicó que la resolución de la Corte provocó que la defensa de los Méndez ahora pidiera la libertad.
Con la sentencia que aún no está firme, no modifica la situación “porque lo que hizo fue devolver la causa a Casación para que resuelva nuevamente”.
En efecto, la condena vigente es la que se dictó en el Tribunal Oral. Ahora, la Cámara deberá trabajar sobre el expediente, adoptar una resolución y confirmar o revocar la condena de 11 y 15 años que pesa sobre los hermanos Méndez.
En caso de producirse la segunda alternativa, las partes querellantes recurrirán esa resolución.