La Cámara ordenó el desalojo de los ocupas en La Movediza
El tribunal de Alzada hizo lugar al pedido de la familia Moauro. Declaró inconstitucional la resolución de Nación.
“La decisión administrativa resulta arbitraria, afectando directamente el derecho de propiedad del denunciante que encuentra protección en la Constitución Nacional (art. 17); en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires (art. 10); y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 21 Inc. 2), por lo cual propongo declarar la inconstitucionalidad de los actos administrativos que incorporaron el predio del denunciante al Registro Nacional de Barrios Populares y que, con ello, lo determinaron como sujeto a expropiación”.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa resolución corresponde a la Cámara de Apelaciones de Azul que, en las últimas horas, echó por tierra la decisión política asumida en la usurpación masiva en el predio de La Movediza, que por estos días está cumpliendo un año.
A más precisiones, con la firma del juez Damián Pedro Cini, acompañado por Carlos Paulino Pagliere y Gustavo Agustín Echevarría, se declaró la inconstitucionalidad de la Resolución 2319/2023 emitida el 28 de noviembre del año pasado por el Ministerio de Desarrollo Social, sólo en cuanto incluye la propiedad del denunciante dentro del polígono correspondiente al Barrio Popular “La Movediza I”; así también la Resolución 254/2023 del 6 de diciembre del mismo año emitida por la Secretaría de Integración Socio-Urbana, en cuanto determina sujeto a expropiación parcial de la propiedad del impugnante –Moauro- .