La Cámara confirmó la prisión para el acusado del homicidio en el barrio La Movediza
El imputado había negado los hechos y le endilgó el crimen a la mujer que lo acompañaba, quien sería la testigo clave de la pesquisa. El señalado como el responsable de la agresión mortal contra el jubilado seguirá en prisión hasta el juicio.
El 29 de noviembre del año pasado, el jubilado Roberto Rafael Molina (73), era brutalmente golpeado dentro de su casa, agresión que provocó su muerte, no sin antes, moribundo, les dijo a su familiares datos precisos sobre quién había sido el autor de las lesiones.
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Dicha información sirvió para que prontamente los investigadores dieran con la persona señalada y tras un allanamiento en su domicilio, no muy lejano a la escena del crimen, quedara detenido el sospechoso.
Se trató de Edgar Marcelo Carabajal (32), quien ahora recibió otra mala noticia para su estado procesal. La Cámara de Apelaciones rechazó los planteos de la defensa y confirmó la prisión preventiva hasta nuevo aviso, léase, el juicio para resolver su suerte.
El caso
Tal se precisó oportunamente, en la madrugada del sábado 30 la policía fue alertada sobre un violento suceso que se desencadenó en el interior de la vivienda ubicada a pocos metros de la esquina de Azucena, donde el morador Roberto Rafael Molina recibió un fuerte golpe en la cabeza que le produjo el deceso horas después en el Hospital.
El hombre fue encontrado por su nieta tendido sobre la cama. Visiblemente herido, la víctima relató quiénes serían los responsables del ataque, lo que permitió un pronto esclarecimiento de parte de la policía.
Junto a los testimonios de vecinos y familiares, más la confesión clave de la mujer que acompañaba al agresor por esas horas del trágico hecho, los investigadores pudieron dar con el sospechoso, que no era ajeno a la vida cotidiana de Molina e incluso solía visitarlo en su vivienda.
Dicha circunstancia también fue corroborada de inmediato por las primeras impresiones de la escena del crimen, siendo que no había puerta o ventana forzada alguna en lo que suponía un ingreso violento a la vivienda con fines de robo. Se estaba frente a gente conocida entre víctima y victimario, hipótesis que rápidamente quedó al descubierto.
Con órdenes de allanamiento en mano, se ingresó a cuatro domicilios, en los cuales se secuestraron elementos con valor probatorio y parte del dinero que sería de la jubilación del atacado. Asimismo, se procedió a la detención de Edgar Marcelo Carabajal (32), acusado de “Homicidio en ocasión de robo”.
Reconstrucción
De acuerdo a lo indicado por fuentes judiciales, Molina fue hallado por una nieta minutos después de las 0 de este sábado, tendido sobre la cama, aún con signos vitales.
En ese breve contacto, y mientras se aguardaba por el traslado en ambulancia hacia el Hospital Municipal “Ramón Santamarina”, la víctima habría aportado algún dato sobre la presencia, instantes previos, de dos personas. En concreto, un hombre y una mujer con quienes había compartido la noche del viernes.
‘…Fue el cuñado de Carlitos Ponce con la mujer, me falta plata, me agarró del cuello y me pegó…’, supieron decir los testigos que escucharon la versión de la propia víctima antes de morir.
Alertada la policía sobre lo acontecido, comenzó la reconstrucción del caso sumando el testimonio de vecinos y familiares, hasta que dieron con la mujer a la que habría hecho referencia Molina.
Tras un allanamiento en su vivienda, declaró que estuvo en Chubut al 2000 con Carabajal y que, en determinado momento, se ausentó y, al regresar, el imputado le habría dicho que se fueran del lugar, circunstancia que le llamó la atención.
En tanto, los testigos ubican a la pareja horas antes en la puerta de la precaria vivienda y dan cuenta de un vínculo, que se refuerza al no hallarse signos de violencia en la puerta de ingreso.
Las nulidades rechazadas
El defensor oficial Diego Araujo, en representación de los intereses del acusado, planteó la nulidad del allanamiento y los secuestrado en el domicilio de Carabajal.
A grandes rasgos, el argumento del letrado apelaba a que el autor del homicidio no fue su pupilo, habría sido la mujer, Mónica Roxana Sombra, que la fiscalía tomó como testigo presencial.
Sobre las nulidades por el allanamiento en el domicilio de calle Los Tulipanes 2282, los camaristas rechazaron el planteo, argumentando que la presencia policial en el domicilio de Carabajal estuvo debidamente justificada en las sospechas concretas de que había participado del delito investigado, y, por esos motivos, en la presunción de que en la vivienda podían hallarse objetos relacionados con su comisión.
Asimismo, al decir de los jueces, quedó en claro en las actas que los ocupantes de la vivienda allanada dieron su consentimiento para que los policías realizaran el acto procesal ahora cuestionado.
Igual suerte corrió el pedido de nulidad relativo a la entrega que de la valija con prendas de vestir hiciera Romigio Carabajal a los funcionarios policiales, durante el registro de su inmueble.
Testimonio de Sombra
En cuanto al enfoque de la investigación propuesta por la defensa, que da sustento a la pretensión liberatoria de su representado –el cual se basa en que Sombra elaboró y perpetró el hecho delictivo–, claramente no resulta ser el que diera el Ministerio Público Fiscal en su requerimiento de prisión preventiva.
Al decir del tribunal de alzada, hasta este momento procesal, Roxana Sombra mantiene su estatus de testigo; siendo sus declaraciones, en la medida que no resulta imputada, pasibles de valoración, sin perjuicio del grado de aptitud probatoria que se le dé al contenido de las mismas. Por lo que el agravio invocado por la defensa fue calificado de improcedente.
Las últimas palabras de la víctima
Cabe consignar que el pronto esclarecimiento de la presunta autoría del homicidio se dio con una prueba contundente, las últimas palabras de la víctima antes de morir en el Hospital.
En efecto, la propia víctima, previo a su deceso, hizo referencia a los autores del ilícito, indicando “…Fue el cuñado de Carlitos Ponce con la mujer, me falta plata, me agarró del cuello y me pegó…”, según surge del testimonio de Roberto Esteban Molina, al que s ele suma Rodrigo Daniel Tozzetto, quien en las mismas circunstancias escuchó a la víctima expresar “…Fue el hermano o la hermana de la mujer de Ponce…”, habiendo sido acreditado en el expediente que Roxana Sombra –pareja de Carabajal– resulta ser hermana de Carolina Sombra, siendo esta última la pareja de Carlos Ponce.
Asimismo, consta en la causa el testimonio de la nieta de la víctima, quien señaló que tiene un comercio al lado de la casa de su abuelo, sito en calle Chubut 2096. Que el día anterior a la agresión, aproximadamente las 19.30, se encontraba en su comercio cuando escucha que su abuelo hablaba con alguien en la puerta de su domicilio y al salir ella observó a su abuelo con una pareja, identificando a la mujer como Roxana Sombras, cuñada de Ponce Carlos (amigo personal de Molina) y concubino de Carolina Sombra.
La testigo contó que al ver esta situación se acercó a su abuelo con la excusa de pasar al baño, y que al acercarse Roxana la saluda con un beso en la mejilla. En cuanto al hombre, no lo conocía, aunque reseñó que tenía un par de zapatilla Nike color negra con la pipa en color blanco, y una bolsa de mercado con ropa en el interior.
Asimismo, recordó que Roxana le decía a su abuelo: ‘Molina pagate una birra’ (SIC), a lo que su abuelo respondía ‘no, no’.
Ella luego salió del baño y la pareja seguía en el lugar junto a su abuelo, estando en estos momentos callados esperando a que ella vuelva a su comercio. Dijo no saber si se retiraron o pasaron al interior del domicilio de su abuelo, ya que siendo aproximadamente las 20 ella se retiró de su comercio hacia su domicilio sin observar a nadie en el lugar.
Una vez anoticiada del suceso, ella le preguntó a Molina quién lo había agredido, y éste le respondió “Ponce; Ponce”, aclarándole “el cuñado”, para continuar expresándole “la plata; la plata”.