JUICIOS ABREVIADOS
Dictaron condenas para imputados de venta de droga al menudeo
A través de juicios abreviados, el TOC emitió sentencias con sus respectivas condenas por diversos ilícitos cometidos en la ciudad.
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El juez Guillermo Arecha consignó en uno de ellos que se acreditó que al menos durante el lapso de tiempo comprendido entre el mes de marzo y el 23 de julio de 2020, Mauro Alejandro Gonnet y Washington Sosa comercializaron en la vía pública marihuana en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor, acondicionada en envoltorios de nylon conocidos como “piedras” o en cogollos contenidos en frascos, que vendían en sus domicilios o bien en el motovehículo en el que Gonnet se desplazaba a tales fines.
Fueron sentenciados a la pena de cuatro años de prisión, por resultar autor penalmente responsable del delito de “Comercialización de sustancias estupefacientes en dosis fraccionadas destinadas al consumidor”
Otra condena
En tanto que entre el 8 de abril del 2021 y el 5 de mayo del 2021, en el domicilio de calle 12 de octubre 1364 y también en forma ambulante en la vía pública, Federico Castaño comercializó estupefacientes –marihuana- en dosis fraccionadas que se encontraban en su vivienda, utilizando para el fraccionamiento y entrega al comprador frascos de vidrios.
La venta se concretaba tanto en forma personal, como también mediante la utilización de su línea telefónica móvil.
Es así que el 5 de mayo de 2021, siendo alrededor de las 16.50, Castaño tuvo bajo su guarda y disposición, con fines de comercialización en su vivienda sustancias estupefacientes y otros elementos vinculados a la venta, distribuidos en distintos sectores del lugar: en el patio una planta de marihuana de 2.15 metros de alto –con un pesaje de 14.83 kilogramos-, en la estantería de chapa de su habitación un frasco de yogurt con tapa blanca conteniendo marihuana, una lata de chapa de forma octogonal conteniendo marihuana, en un ropero de madera color claro perchas de las cuales colgaban ramas de marihuana, en otro de los compartimentos dos cordeles de alambre de los cuales también había ramas de marihuana, sobre el suelo tres cajones de madera pertenecientes al placar junto con dos cajas de zapatos de cartón conteniendo flores de marihuana. Todo ello arrojó un guarismo total de 2,835 kilogramos.
Asimismo, en la habitación se hallaron además dieciocho frascos de vidrio, la mayoría de ellos con sus respectivas tapas y vacíos, 5.000 pesos, y sobre la heladera de la cocina se halló una balanza tipo almacén.
A la vez, le fueron secuestrados dos teléfonos celulares, los cuales fueron peritados y arrojaron comunicaciones que aludían a la venta de marihuana.
Así, se condenó a Castaño a cuatro años de prisión la “Comercialización de sustancias estupefacientes en dosis fraccionadas destinadas al consumidor”.
Sentenciados por un robo
En otro de las causas analizadas del TOC 1, se dio por acreditado que a las 11.30 del 13 de julio de 2020, Julián Della Casagrande y Santiago Emanuel Romero, junto a otro sujeto no identificado, abordaron a un vecino en calle Montevideo y Roca, momentos en que la víctima se encontraba recogiendo cosas de su coche y, con la intención de robarle, el primero de ellos lo tomó del cuello por la espalda y le exigió la entrega de su teléfono celular, y los restantes maleantes se sumaron al hecho a golpes de puño contra el damnificado a fin de quitarles sus pertenencias, logrando que este caiga al piso y con ello apoderarse de un teléfono celular, y un par de zapatillas, además de dinero.
De la denuncia de la víctima se desprendió el dato de quienes hubieran llevado a cabo de manera premeditada el ilícito aquí demostrado, que fuera aportado por el damnificado al momento del hecho a los oficiales de policías intervinientes, quienes, de manera continua llevaron a cabo una investigación a través de la red social Facebook, logrando identificar a los malhechores antes nombrados, y a quienes el mismo damnificado reconoció como los autores del robo.
Seguidamente, se examinó el celular robado, arrojando como resultado que la imagen de perfil de la red social WhatsApp utilizada en dicho teléfono sería la de Santiago Emanuel Romero, quedando reflejado que se encontraría en su poder. Por último, el resultado positivo en el allanamiento llevado a cabo en el domicilio de Romero, donde se encontró el celular y las zapatillas propiedad del denunciante, lo que permitió sin esfuerzo sostener la existencia del hecho y la participación que en el mismo debe atribuirse a los imputados.
Así se resolvió condenar a Julián Della Casagrande y a Santiago Emanuel
Romero, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, como autores penalmente responsables del delito de “Robo calificado por ser cometido en poblado y en banda.