Confirman la prisión preventiva para dos imputados y ordenan la liberación de un tercer involucrado en una causa por drogas
En las últimas horas, la Cámara de Apelaciones de Azul resolvió el recurso planteado por las defensas de tres detenidos por tener droga con fines de comercialización. Los planteos corrieron suerte dispar.
En una reciente resolución, los jueces de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental de Azul, Carlos Paulino Pagliere (h) y Damián Pedro Cini, resolvieron sobre la causa por la cual se encontraban detenidos Rogelio Jorge Alewaerts, Jorge Omar Molina y Pablo Marcelo Rosas, implicados en una investigación que les endilgó el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
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A más precisiones, la imputación rezaba que al menos durante el lapso que va desde el 27 de febrero de 2019 hasta el 19 de diciembre de 2019 Pablo Marcelo Rosas con domicilio en calle Pasteur 1114 y Jorge Omar Molina. con domicilio en Carriego al 300, comercializaron en sus domicilios particulares, como así también de manera ambulante en la vía pública, sustancias estupefacientes, concretamente cocaína y marihuana (cogollos en frascos), en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor; que tenían en su poder para su comercialización en los domicilios indicados o bien entre las prendas que vestían.
Al decir de la pesquisa, en distintas oportunidades los mencionados, previa comunicación telefónica en la que se acordaban el encuentro, entregaron las mencionadas sustancias a diversos compradores que se hacían presentes en su domicilio y que daban un pago a cambio.
En el respectivo allanamiento practicado en la casa de Molina se le secuestró cinco frascos conteniendo flores (cogollos) de marihuana con un peso de 52, 101, 109, 92 y 95 gramos respectivamente. En la cocina, sobre una barra tipo desayunador, papeles para armar cigarrillos, recortes de nylon, un frasco de vidrio conteniendo cogollos de marihuana con un peso de 20 gramos. En el interior de una alacena, dos frascos de vidrio conteniendo cogollos de marihuana con un peso de 19 gramos y 76 gramos, y un frasco de vidrio con 211 semillas presumiblemente de marihuana. En su habitación, un teléfono celular; sobre una mesa de luz, un frasco con 69 semillas presumiblemente de marihuana, junto a 4000 pesos, y un frasco de vidrio conteniendo 17 gramos de marihuana. En el patio, 34 plantas de marihuana. También en su auto se le halló un envoltorio de nylon transparente conteniendo cocaína con un peso de 0,3 gramos.
Por su parte, en el domicilio de Rosas, 35 semillas presumiblemente de marihuana, 8 plantas de marihuana.
Al decir de la acusación, todos los estupefacientes secuestrados eran tenidos ilegítimamente por los nombrados con fines de comercialización y para ser entregados en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor”.
Sobre el otro de los aprehendidos, Rogelio Pablo Alewaerts, los camaristas aceptaron las objeciones del defensor oficial Diego Araujo, considerando que no había elementos suficientes como para mantener la acusación.
Si bien se reconoce una escucha telefónica en la que dejaría en evidencia algún contacto en pos de mantener un encuentro en pos de obtener droga, no se plasmaron otros elementos probatorios que impliquen un indicio de comercialización de estupefacientes.
Al decir de la resolución, del acta de allanamiento, registro y secuestro, surge que el 19 de diciembre de 2019, Alewaerts tuvo en su domicilio sito en Martín L. King 304 -cabaña 50-, los siguientes elementos: sobre una barra tipo desayunador, una bolsa color azul conteniendo bicarbonato de sodio junto a dos cucharas, y dos teléfonos celulares. Sobre una mesa de luz, una caja de cigarrillos conteniendo un envoltorio negro y otro transparente conteniendo cocaína con un peso de 3 gramos. En el living, una bolsa transparente conteniendo 11 gramos de picadura de marihuana. Sobre una mesa tipo “ratona”, una balanza con inscripción ‘Atma’ color gris (no siendo de precisión), y un teléfono celular. En una dependencia anexa, tipo depósito, cinco plantas de marihuana.
Asimismo, se restó valor probatorio a las siguientes declaraciones testimoniales valoradas por la jueza de Garantías a la hora de ordenar su detención, pues para el tribunal de alzada no resultaron suficientes para sindicarle a Roger Alewaerts la tenencia de estupefacientes con una finalidad de comercialización.
A diferencia de lo que sucede con Rosas y Molina, para los jueces no hay escuchas telefónicas que claramente permitan afirmar que la droga encontrada en el domicilio de Alewaerts haya sido detentada para su comercialización. Asimismo, aclararon que existe una diferencia notable entre la cantidad de estupefacientes encontrada en el domicilio de Alewaerts y la hallada en lo de Rosas y en lo de Molina.
Por lo expuesto, los jueces consideraron que correspondía hacer lugar al recurso interpuesto por la defensa oficial, revocando entonces la prisión preventiva que recaía sobre Rogelio Pablo Alewaerts, ordenando consecuentemente su inmediata libertad