Judiciales
Condenaron a un enfermero por distribuir imágenes de menores de 18 años con fines sexuales
El juez en lo Correccional estableció una pena de 1 año y 6 meses de prisión condicional para Oscar Alejandro Dei. Lo encontró culpable de distribuir la foto de una niña de 12 ó 13 años con fines sexuales. Además, en su computadora buena cantidad de imágenes y videos del mismo tenor. La investigación comenzó tras el alerta del National Center for Missing & Exploited Children. Entre las normas de conducta, no podrá tener contacto con menores a través de redes sociales.
El juez en lo Correccional Carlos Alberto Pocorena condenó a Oscar Alejandro Dei por el delito de “Facilitación y/o distribución de representaciones de menores de 18 años dedicados a actividades sexuales explícitas y/o de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales”, en los términos del art. 128 primer párrafo del Código Penal, por el hecho cometido en Tandil, el 6 de marzo de 2017. En tanto, le impuso la pena de un año y seis meses de prisión, de ejecución condicional, tras determinarlo como autor penalmente responsable del delito.
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Al momento de dar su veredicto, el magistrado tuvo en cuenta la Ley 26.388, vigente al momento del hecho, de aplicación en este caso por resultar más beneficiosa para el condenado, dado la pena de menor gravedad que contempla, con relación a la actual.
Además, valoró que Dei, de 41 años y enfermero, no tenía antecedentes penales y gozaba de buen concepto, lo que para el titular del Correccional demostró la inconveniencia de aplicar efectivamente la privación de su libertad.
En simultáneo, el doctor Pocorena estableció reglas de conducta que el condenado deberá adoptar para los próximos dos años, que son no cometer nuevos delitos en general, y en particular vinculados con material con contenido de abuso sexual infantil; fijar domicilio; presentarse mensualmente ante la Delegación del Patronato de Liberados de Tandil; no tener contacto por redes sociales con personas menores de edad ni enviar imágenes de contenido abuso sexual infantil; y someterse a una pericia psicológica psiquiátrica por parte de la Asesoría Pericial Departamental, a fin de que determine si padece alguna patología y que aclare si es aconsejable llevar a cabo de un tratamiento, caso en el cual deberá realizarlo.
El hecho
En cuanto a la existencia material del hecho, el magistrado ponderó pruebas como fotografías, los informes de Facebook, Nosis, Google, Telefónica y Cablevisión, capturas de pantalla, el acta de allanamiento, peritajes psicológicos, psiquiátricos y médicos, y declaraciones testimoniales.