El derecho no asegura verdad ni justicia
Días atrás El Eco de Tandil publicó una noticia sobre un informe crítico de miembros del Ministerio Público acerca de la implementación del juicio por jurados que en definitiva cuestionaba a ese modelo de enjuiciamiento.
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Nuestro objetivo en este artículo es contribuir a ese debate y discutir las (falsas) creencias de que el juicio —sea de jurados o de jueces técnicos— permite realizar la “verdad” y la “justicia”.
La verdad y la justicia son seguramente los dos conceptos que más discusión han suscitado desde el origen de la humanidad. Son también dos “nobles ideales” que paradójicamente han justificado guerras y matanzas. En nombre de la verdad y de la justicia se han cometido los más grandes crímenes de la historia.
Según se publicó en la citada nota, el informe sostiene que “el juicio por jurados es una ficción en la que ya no importa la verdad”. Es probable, sin embargo, que esa calificación le corresponda a todo juicio —y no sólo al juicio por jurados— y hasta al derecho en su totalidad.
Los procesos judiciales son una convención social para resolver conflictos. Cada sociedad histórica ha tenido sus propias reglas para dirimir disputas entre sus miembros y fijar criterios de una verdad convencional, como explicó Michel Foucault en “La verdad y las formas jurídicas”, cuyo título ya da cuenta de su tesis.
Son las prácticas sociales y, al fin, la cultura misma, lo que crea la verdad que el derecho cristaliza mediante formas jurídicas. Más aún: nuestro actual sistema de enjuiciamiento, sustentado todavía en la prueba testimonial, en un par de décadas desaparecerá tal cual lo conocemos a raíz de las objeciones que las neurociencias hacen al valor del testimonio como medio para reconstruir un hecho histórico.
Desde esa perspectiva, no resulta para nada anómala la situación que describe el informe según la cual en el jurado “la prueba se considera intuitivamente”. También la neurociencia ha demostrado —en contra de uno de los grandes mitos de la modernidad occidental, originado quizá en la filosofía de René Descartes— que prácticamente todas nuestras percepciones, interpretaciones del mundo y decisiones, obedecen a causas emocionales y no a operaciones racionales.
Nietzsche fue un adelantado al escribir hace más de un siglo que no existen los hechos sino sólo las interpretaciones. En ese sentido, el juicio del derecho es en cierta forma un ejercicio escénico, retórico y hasta de manipulación de las partes para persuadir a los que tienen el poder de decisión —jueces o jurado— que la versión propia de los hechos es “la” verdad, en contra de la versión que propicia el adversario. Cuando el que juzga opta por una de las dos versiones normalmente antagónicas, “crea” una verdad jurídica que no necesariamente se corresponde con la verdad real. El armazón para esa ficción es lo que se conoce como “cosa juzgada”.
La verdadera función del derecho es contribuir a la solución pacífica de los conflictos más no alcanzar la verdad o hacer justicia, como afirma cierto idealismo iluso. Ello es así porque ambos conceptos tienen componentes metafísicos y son por tanto inalcanzables para el ser humano. Ni siquiera podríamos responder en un todo de acuerdo qué es la verdad —hasta Jesucristo se lo preguntó al someterse al juicio de Poncio Pilatos— o la justicia, pues si bien existen definiciones teóricas más o menos aceptadas, no ocurre lo mismo cuando se quiere “conectar” esas formulaciones con la realidad, vale decir, cuando se debe predicar sobre si algo ocurrido en el pasado es o no verdad o si una decisión adoptada es o no justa.
En el jurado, a través de doce personas elegidas al azar, el pueblo ejerce democráticamente uno de los tres poderes del estado. El pronunciamiento del jurado es una decisión soberana del pueblo que juzga y sobre las decisiones soberanas no es posible predicar con criterios de verdad. De igual modo que no existe, por caso, una verdad en el voto, cuando el pueblo vota en una elección o en un plebiscito, tampoco existe una verdad en el veredicto.
El autor es abogado y profesor. Ha cursado posgrados de Especialización en Derecho Penal y Maestría en Derecho Procesal. Coordina el Instituto de Derecho Penal y Derecho Procesal Penal del Colegio de Abogados de Azul.