Tras el rechazo de la cautelar, para la Cámara es un “gran paso” que el amparo continúe su curso
El abogado de la entidad camarista, Gonzalo Aramburu, analizó el fallo de la jueza Silvia Monserrat. No acompañó los argumentos por los que la titular del Juzgado de Familia no hizo lugar a la cautelar. En tanto, apuntó a la cuestión de fondo, la primera en prosperar en territorio bonaerense en la materia, pese a que los plazos podrían llevar a que pierda efecto el planteo.
Tras conocerse la resolución del Juzgado de Familia 1, que se expidió en torno a una de las presentaciones para que se suspenda el efecto de las restricciones de la Fase 2 sobre el comercio, la Cámara Empresaria analizó los alcances del fallo, por medio del cual rechazó la medida cautelar, pero que dio curso al amparo al ordenar la notificación a la Fiscalía de Estado y a la Municipalidad para que en el plazo de cinco días ejerzan su derecho de defensa.
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Frente a lo expuesto, el abogado de la entidad camarista, Gonzalo Aramburu, sostuvo que la cautelar podía no prosperar, aunque rechazó los argumentos expuestos por la jueza Silvia Monserrat. Y calificó como un “gran paso” que siga su curso la acción que resolverá la cuestión de fondo, aun cuando los plazos puedan dejar sin efecto el planteo ante un eventual cambio de fase que retrotraiga las restricciones que seguirán vigentes al menos por siete días más.
El Juzgado se expidió inicialmente mediante un despacho este lunes, del cual se desprenden algunas cuestiones. Por un lado, aceptó la competencia para entender en el trámite y rechazó la solicitud de la medida cautelar por considerar que concederla afectaría “el bienestar común”, a la vez que ofició traslado a la Provincia y al Municipio para que expongan las razones que sustentan las medidas.
El viernes por la noche, la institución que preside el contador Marcos Redolatti interpuso dos acciones de amparo ante la Justicia Federal y Provincial con la urgente intención de “solicitar la suspensión del efecto” del decreto municipal que acató las nuevas medidas restrictivas acordes a la Fase 2.
En tanto, aún aguardan precisiones sobre la medida impulsada ante la Justicia Federal en sintonía con el planteo para que se suspendan las restricciones que afectan al comercio, de acuerdo a lo que fijan las disposiciones emanadas desde el Ejecutivo nacional, a las que adhirió la Provincia y el Municipio.
La acción recayó en el Juzgado Federal 2, con sede en Azul, a cargo del doctor Martín Bava.
Tratar la cuestión de fondo
En diálogo con El Eco de Tandil, el abogado de la entidad, Gonzalo Aramburu, analizó el impacto de la resolución, y reconoció que se da en medio de un contexto “sumamente sensible” que obliga a resolver en función de las restricciones que pesan para las distintas actividades habilitadas.
Al mismo tiempo, admitió que la cautelar podía finalizar con ese resultado, “no con esa justificación, pero es un gran paso que nos hayan admitido poder tratar el tema de fondo”.
A la hora de observar los antecedentes en la materia, “habíamos visto que los rechazos eran completos y no se daba lugar a que tramite la acción. Para nosotros haber logrado, por lo menos en lo que tenemos conocimiento, el primer caso en el que se admite tratar la cuestión de fondo en la provincia de Buenos Aires es un gran paso”, subrayó.
No obstante, el letrado admitió que genera “un sabor agridulce que no nos hayan otorgado la medida cautelar”, especialmente en cuanto a la justificación que entregó la jueza, aunque reconociendo el contexto en el que se debe resolver.
“Habíamos hecho hincapié en la medida cautelar porque corremos el riesgo que el planteo devenga abstracto”, alertó Aramburu. Es decir, que si en las próximas dos semanas cambia la calificación epidemiológica de Tandil, probablemente la mayoría de las restricciones de la Fase 2 desaparezcan, “con lo cual casi que pierde sentido resolver el amparo”.
De todos modos, remarcó que deberán aguardar la defensa que ejerce la Provincia y el Municipio para sustentar la vigencia de la normativa cuestionada y, con esto, la jueza tendrá que resolver.
Equiparar restricciones
A propósito del contexto en el cual se pide una resolución en función de las restricciones que pesan para las distintas actividades habilitadas, insistió que se trata de un escenario “muy especial”, que no presenta antecedentes en las últimas décadas, y que “pone al juzgador en una situación que no es de fácil resolución”.
No obstante, y luego de la observación, insistió con el pedido que la entidad canalizó a través de un amparo y que apunta a lograr que se equiparen las condiciones de los comercios de los distintos rubros para poder trabajar.
“Nos parece injusto que algunos comercios, con determinados protocolos, puedan funcionar y otros no o que lo hagan con restricciones que equivalen casi a no poder funcionar”, expresó el abogado.
Y aclaró que el planteo no alcanza el horario establecido para poder funcionar, la capacidad de ocupación de los locales comerciales o los protocolos, sino que “simplemente pedimos que los permisos se equiparen entre iguales”.
En su análisis, Aramburu sostuvo que, frente a la cuestión técnica que expone la medida, “juega en contra la velocidad con la que tiene que resolver” y agregó que la celeridad en la elaboración del despacho “quizás nos jugó en contra, porque si se lee la presentación en detalle, justamente lo que decimos es permitir que un comercio de venta de indumentaria permanezca abierto, pero no dejar que ingrese un cliente, se equipara casi a dejarlo cerrado”.
Entonces, “partimos de la base que la devolución la hace desde un contexto no sencillo. Después, no sé si corresponde que nos exija acreditar el daño que se le puede generar a un comerciante por la restricción”.
Por eso, argumentó que “el amparo tiene como particularidad el planteo de tratar de hacer cesar un efecto futuro y, en este caso, lo que se tiende a evitar es que los comercios permanezcan en el tiempo sin la posibilidad de que sus clientes puedan ingresar al comercio”.