En rutas del partido de Tandil
Reclamaron a la Provincia por los trastornos que causan las multas de tránsito remitidas a Dolores
A través de una resolución, el Concejo Deliberante pidió que se implemente el juzgado de Faltas Provincial de Azul que fue creado por ley. En paralelo, solicitó conocer los motivos por los cuales no se derivan al Juzgado de Faltas de Tandil las infracciones de tránsito que se labran en las rutas del partido. La petición de un vecino logró eco en el bloque de Juntos que impulsó la ordenanza.
A través de una resolución y su decreto de promulgación, el Municipio reclamó ante el Gobierno provincial por la competencia del Juzgado de Dolores para la tramitación de las multas de tránsito labradas por efectivos policiales en rutas del partido de Tandil. A partir de un caso puntual, esta situación que han padecido numerosos vecinos de la ciudad encontró eco en el Concejo Deliberante que solicitó acciones para acercar la Justicia a los contribuyentes locales.
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La iniciativa motorizada por la bancada de Juntos y aprobada por unanimidad, surgió a partir de una nota presentada por Víctor Hugo Conforti. El vecino, que actualmente reside en Villa Cacique, fue infraccionado por circular sin el seguro obligatorio en la intersección de rutas 74 y 30. En ese momento, la policía retuvo su carnet y le indicó que se presentara en Dolores.
A partir de allí, el contribuyente inició una investigación en la que descubrió que no existe normativa que establezca la competencia del Juzgado de Dolores para las multas de tránsito cometidas en Tandil. Finalmente, la dependencia le informó que le devolvería la licencia de conducir y no le cobraría el cargo dinerario.
Sin competencia
El concejal radical Marcos Badillo trabajó en el proyecto de resolución que, en su artículo primero, le reclamó al jefe de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires, Martín Insaurralde, que “tenga a bien poner en funcionamiento el Departamento Azul conforme al Decreto 532/2009 de Reglamentación de la Ley de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires, Anexo II, Título IV, Artículo 2do., Justicia administrativa de infracciones de tránsito provincial, que según la misma tiene competencia en las infracciones ocurridas en rutas, caminos, autopistas, semiautopistas o autovías provinciales o nacionales del partido de Tandil”.
En segundo lugar, estableció que “mientras tanto y al no existir resolución que determine que el Departamento de Dolores tiene competencia en infracciones ocurridas en el partido de Tandil, informar por qué se radican las mismas en el Departamento de Dolores y no en el Juzgado de Faltas Municipal de Tandil, conforme a lo establecido en la Ley 13.927 Artículo 50”.
Los fundamentos
Durante el tratamiento legislativo, el escribano Badillo repasó que la inquietud surgió a instancias de la situación que atravesó el ciudadano Víctor Hugo Conforti. El damnificado, que había dado cuenta de su derrotero a través de este Diario, también anticipó que pretendía darle difusión al caso para poner en alerta a los vecinos de la zona.
En cuanto al aspecto legal, el concejal oficialista contextualizó que en 2008, el Gobierno bonaerense, a través de la Ley Provincial 13.927, adhirió a las leyes nacionales 24.449 y la 26.363 que crearon el Consejo Federal de Seguridad Vial. Además, en la misma normativa creó los juzgados administrativos de faltas provinciales.
“Es decir, en todas aquellas infracciones que se susciten en caminos, autovías, rutas, nacionales o provinciales, van a pasar a tener competencia todos estos juzgados nuevos que se crean. Con anterioridad, tenían competencia los juzgados de Faltas municipales de cada una de las demarcaciones donde se había cometido la infracción”, aclaró.
Agregó que la Ley 13.927 determinó que los juzgados de faltas provinciales funcionen bajo la órbita del Poder Ejecutivo, a cargo del jefe de Gabinete, y mediante el decreto reglamentario se originaron veinte dependencias, “muy de la mano de los departamentos judiciales”.
Badillo puntualizó que de los 20 juzgados previstos, estaba el de Azul donde tramitarían las infracciones ocurridas en el partido de Tandil, aunque sólo se implementaron 8, entre los que no figura la vecina localidad que el cabecera del departamento judicial. De este modo, los más cercanos están radicados en Mar del Plata y Dolores.
Como otro dato relevante, el escribano enfatizó que “tampoco hay resolución alguna por parte de la Jefatura de Gabinete, desde 2008 a la actualidad, donde determine que las infracciones en Tandil van a tramitar en Dolores o en algún otro juzgado que no sea el de Azul”.
En paralelo, ratificó que en el caso del vecino Conforti, le labraron una infracción en la intersección de las rutas 74 y 30, y le radicaron la denuncia en Dolores, “como seguramente a muchos les habrá pasado o tienen conocimiento de que en estos casos se radica en Dolores, sin ninguna norma que así lo determine”.
Expuso que el conductor presentó una nota, anclado en el artículo 50 de la Ley 13.927, que definió como “una norma transitoria que determina que hasta tanto se pongan en funcionamiento los juzgados de faltas provinciales de las correspondientes demarcaciones van a tener injerencia los juzgados de faltas municipales”.
Para cerrar, Marcos Badillo expresó que “el proyecto de resolución busca poner claridad en relación a esta cuestión”, teniendo en cuenta los trastornos que implica “para todos aquellos que han tenido algún tipo de situación tener que trasladarse hasta Dolores. Hay que tener en cuenta también que la relación judicial que tiene la ciudad de Tandil con el Departamento Judicial de Azul es fluida, debido a que todos los abogados están matriculados en el Departamento Judicial de Azul y tienen su injerencia allí. Es por eso que se planteó este proyecto de resolución”.