Reclamo
Padres autoconvocados piden que el Municipio dé su opinión en la causa judicial por la presencialidad
Por nota, le solicitaron al Intendente que ese presente ante la Justicia, a los fines de “clarificar conceptos y estándares sustanciales para resolución de la disputa judicial”. En concreto, quieren que se exponga la postura del Gobierno municipal en torno a las clases presenciales en el marco de la resolución de la cuestión de fondo del amparo.
Recibí las noticias en tu email
El grupo de padres y docentes autoconvocados que impulsó un recurso de amparo ante la suspensión de las clases presenciales le solicitó formalmente al intendente Miguel Ángel Lunghi que se presente en el marco de la causa para exponer la visión del Gobierno municipal respecto de este tema. Cursó el pedido a través de una nota que ingresó por Mesa de Entradas en la última jornada hábil.
En la presentación, que lleva las firmas de siete vecinos en nombre de los más de doscientos autoconvocados, requirieron al Municipio que se presente en el marco de la causa por el recurso de amparo como “amicus curiae”, con la finalidad de exponer ante el juzgado interviniente “la visión de su gobierno comunal respecto al tema tratado”.
En tanto, explicaron que “el amicus curiae es una figura procesal reconocida por un gran número de tribunales nacionales e internacionales, que consiste en una vía para proporcionar argumentos y opiniones por terceros ajenos al proceso ante un tribunal, como una herramienta disponible al juzgador para colaborar en la tarea de clarificar criterios y estándares sustanciales para la resolución de la disputa judicial”.
Además, reseñaron que en el expediente que tramita ante la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata y en el Juzgado de Garantías 2 con sede Tandil, “más de doscientas familias de Tandil, en defensa del derecho a la salud y a la educación de nuestros hijos y de todos los niños, niñas y adolescentes en edad escolar del partido de Tandil, demandamos la nulidad y la inconstitucionalidad de las normas dictadas por el Poder Ejecutivo provincial que restringen la educación bajo la modalidad presencial en el nivel inicial, primario y secundario en el partido de Tandil”.
“Daño irreparable”
Por otra parte, advirtieron que “la falta de presencialidad genera un daño en la salud, en el progreso educativo y en el desarrollo de nuestros hijos que es cierto, concreto, actual e irreparable”.
Y expusieron que “el fundamento central de nuestro planteo es la falta de consideración por parte de la Provincia de Buenos Aires al suspender las clases presenciales, sin hacer un mínimo análisis respecto a si ello fue un factor que generó un incremento de los índices de contagios. Más allá de que tenemos la certeza de que no fue así y que la transmisión del virus en el ámbito escolar fue mínima, por no decir nula y en todo caso absolutamente tolerable, creemos que el cercenamiento de derechos tan elementales requiere de mayor prudencia y análisis”.
Desde su punto de vista, consideraron que “las decisiones tomadas por la Provincia de Buenos Aires no han tenido en cuenta qué es lo que sucede en el territorio, tornándolas extremas y arbitrarias”.
“Imprescindible e infaltable”
En cuanto a la causa, reseñaron que el 15 de mayo pasado el Juzgado de Garantías 2 de Tandil rechazó la medida cautelar solicitada, en la que pedían que se mantuviera la situación existente entre el 1 de marzo y el 14 de mayo, durante la cual “nuestros hijos recibieron al menos algunos estímulos presenciales”.
Reseñaron que los padres autoconvocados apelaron esa decisión, como así también el Defensor de Menores e Incapaces de Tandil, por lo cual el recurso aguarda por una resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata.
“La acción de fondo tendiente a lograr una presencialidad plena continúa su trámite ante el Juzgado de Garantías 2 del Departamento Judicial de Azul con asiento en Tandil”, precisaron.
Y para finalizar, expresaron que “consideramos que la opinión del Gobierno que Usted lidera (dirigido al intendente Miguel Lunghi) es imprescindible e infaltable en un tema como el tratado, pues nadie conoce la realidad de nuestra ciudad como el Gobierno comunal”.
El antecedente de Mar del Plata
En las últimas horas se confirmó que en Mar del Plata, una jueza falló a favor de un colegio privado que había realizado una presentación para solicitar regresar a las clases presenciales, aunque advirtió que la asistencia para los alumnos será opcional.
En paralelo, desde la ciudad balnearia unos 500 padres de otros 32 establecimientos educativos avanzaron con un amparo que interpusieron ante la Justicia Federal.
La resolución, que lleva la firma de Gabriela Judith de Sábato, al frente del Juzgado Civil y Comercial 6 de General Pueyrredón, hizo lugar a la medida cautelar ingresada por el responsable del colegio Holy Mary of Northern Hills, que tiene sus instalaciones en el Bosque Peralta Ramos.
Entre sus fundamentos, la magistrada reseñó que en el edificio del colegio se realizaron obras de infraestructura tendientes a mejorar condiciones de distanciamiento social, con aulas más amplias. Incluso, la jueza realizó una visita ocular por el establecimiento antes de resolver el caso.