El listado de actividades que no estarán permitidas en Tandil a partir del jueves
Acatando lo dispuesto por la Provincia para los distritos en Fase 2, el Municipio de Tandil compartió el listado de actividades que no estarán permitidas a partir del jueves -cuando comenzarán a regir las nuestras restricciones- y, en principio, por el plazo de 14 días corridos.
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Listado completo
- Venta al por menor de productos textiles, prendas de vestir, calzado y juguetes en comercios de cercanía con ingreso de clientes.
- Venta al por menor de otros rubros en comercios de cercanía con ingreso de clientes.
- Práctica recreativa de deportes grupales de contacto al aire libre.
- Talleres culturales (Hasta 20 personas, al aire libre o en espacios cerrados con amplia ventilación natural).
- Jardines Maternales y Centros de Atención de Desarrollo Infantil (CADI).
- Clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades, salvo educación especial (Conforme Decreto Nacional N° 287/21).
- Artes escénicas y musicales (con y sin asistencia de espectadores).
- Restaurantes y bares en el interior con aforo.
- Shoppings (solo locales comerciales, sin patio de comidas ni espacios recreativos).
- Práctica de deportes en espacios cerrados.
- Celebración de ritos religiosos en espacios cerrados con ventilación natural.
- Actividades sociales y familiares hasta 20 personas en espacios públicos al aire libre.
- Salas y los complejos cinematográficos.
- Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares hasta 10 personas, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
- Gimnasios en espacios cerrados con amplia ventilación natural.
- Natatorios en espacios cerrados.
- Actividad en Casinos y Bingos.
- Mercados y ferias de artesanías o alimentos en espacios cerrados.
- Actividades deportivas colectivas con o sin contacto, al aire libre o en espacios con amplia ventilación natural, más de 10 personas.
- Discotecas, salones de fiestas y establecimientos afines.
- Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de más de (10) personas, excepto para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
- Viajes Grupales de Egresados y Egresadas, de Jubilados y Jubiladas, de Estudio, para Competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de grupos para la realización de actividades recreativas y sociales.
Restricción horaria para actividad comercial en general de 19:00 a 06:00
Restricción horaria para actividad de bares y restaurantes de 19:00 a 06:00
Restricción horaria para circulación de personas de 20:00 a 06:00
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