El Juzgado de Familia 1 de Tandil ordenó notificar una petición de divorcio por correo electrónico
Como la persona que debe ser notificada está en Inglaterra y como no hay necesidad de un convenio regulador, se tomó la decisión de efectuar la comunicación por correo electrónico. La jueza Silvia Monserrat habló con este medio y detalló lo acontecido.
El Juzgado de Familia 1 de Tandil protagonizó días atrás un hecho inédito en el marco de la pandemia por el coronavirus: en un caso de divorcio por petición unilateral, se ordenó que la notificación se enviara por correo electrónico ya que la persona a la cual se debía dar aviso reside en Inglaterra.
Recibí las noticias en tu email
“Les quiero aclarar que esto es excepcional, no es que vamos a notificar cualquier tipo de proceso judicial vía email porque todavía tiene algún nivel de inseguridad importante, es dificultoso estar seguro quién es el dueño del correo electrónico y demás”, manifestó la jueza Silvia Monserrat en diálogo con el programa Tandil Despierta, que se emite por Eco TV y Tandil FM 104.1, y agregó: “Se están utilizando ahora por la pandemia, pero sobre todo cuando la Corte hace convenio con un organismo público y entonces queda muy en claro que el email que se proporciona es oficial”.
En este caso, la casilla la había proporcionado la otra persona y no se tenía la seguridad de que perteneciera a ella. No obstante, como a partir del Código Civil y Comercial de la Nación los divorcios ya no son como antes, no correspondía proponer un convenio sino simplemente notificar la separación y el cambio de estado civil.
“Antes podía pasar que había controversias, de modo que había que comprobar las causales y el juez tenía que dictar una sentencia en función de las pruebas. Por ejemplo una de las partes podía decir que hacía cinco años que ya no estaban juntos pero la otra manifestaba que no era cierto, y eso había que comprobarlo”, reveló Monserrat.
Sin embargo, desde que se promulgó el Código Civil y Comercial, en octubre de 2014, apareció el divorcio unilateral, en el que no hay conflicto, no hay controversia. En estos casos, los jueces no deben decidir nada sino que deben resolver si se cumplieron los requisitos de ley para decretar la disolución.
“Cuando se hace la petición de divorcio es lógico que, si bien el código no lo exige, se le comunique a la otra parte que alguien le está pidiendo la separación y que, obviamente, a partir de la sentencia va a cambiar de estado civil. Pero además, el Código Civil le exige al presentante que proponga un convenio regulador, porque la Ley considero que el divorcio por sí solo atrae otros conflictos, que tienen que ver con el cuidado de los hijos, la distribución de bienes y demás”, explicó la jueza.
De esta manera, cuando se hace la presentación también se debe llevar una propuesta y si el otro cónyuge está de acuerdo cuando toma conocimiento, el juez dicta sentencia y homologa el acuerdo. En caso de que no lleguen a un acuerdo, se fija una audiencia para que las partes compongan el conflicto.
La decisión
Uno de los principales motivos por los que la jueza tomó tal determinación fue que no había necesidad de convenio regulador ya que la pareja nunca tuvo bienes en común y la única hija que tienen ya es mayor de edad, puesto que se habían casado hacía ya 40 años y estaban separados desde hace un tiempo.
“A mí me constaba la separación porque el proceso se inició cinco años atrás. Lo que había ocurrido es que no había podido localizar a uno de los cónyuges entonces había quedado sin movimiento el expediente. Pero ahora lo volvieron a tomar, lo adecuaron al Código Civil y Comercial y me avisaron que una de las partes no vive en el país pero que tiene un domicilio real y un domicilio electrónico”, refirió Monserrat.
Completó, entonces, que el único sentido de la notificación era que la otra persona supiera del proceso de separación y que terminaría divorciado, pero que nada podía generar un conflicto.
“Hacerla por el consulado, por la cancillería, como se hacen las notificaciones en el extranjero es un proceso muy largo y que en este momento, donde muchas fronteras están cerradas y no hay muchos vuelos, podía tardar mucho. Entonces tomé la decisión de comunicarlo por email”, añadió.
De cualquier forma reconoció que lo enviará desde el correo del juzgado, lo firmará ella y notificará a la parte restante. Luego, le pasarán todo al fiscal para que haga el control de legalidad y dicte la sentencia.
Casos similares
La repercusión que tuvo la decisión que adoptó le causó gracia y comentó que, por lo general, las sentencias que se publican no son las de los jueces de primera instancia sino las de la Cámara o la Corte.
“Ahora lo han empezado a publicar y hay muchas cosas que parecen novedosas, pero que la realidad es que nosotros hace mucho tiempo que lo venimos haciendo”, aseguró.
En ese sentido contó que una colega le informó que hace años se comunicó por Skype con un hombre que estaba en Australia para notificarlo de una causa. “En el fondo la gente no sabe cómo se trabaja en un juzgado de primera instancia, lo innovadores que hemos sido y lo innovador que ha sido el fuero de Familia en este momento de pandemia”, finalizó.