El Ejecutivo busca declarar de utilidad pública la zona de Villa del Lago para impedir más obras
Se elevó un proyecto de ordenanza al Concejo Deliberante para que el Municipio pueda comprar, permutar o expropiar las parcelas del área. La normativa excluye a quienes tengan permisos debidamente otorgados a la fecha.
En una acción tendiente a frenar las construcciones en la zona de Villa del Lago, el Municipio ideó una herramienta legal para solucionar de manera definitiva el problema de ese loteo de tierras, que viene de larga data. Se trata del macizo que comprenden la Chacra 150, de la Sección E, Circunscripción I, del Partido de Tandil (103), originarias de la firma Tandil Inversora S.A.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailDe este modo, a través de una ordenanza, pretende declarar de utilidad pública la adquisición de los terrenos del área mediante operatorias basadas en la compraventa, permuta, donación, expropiación u otro mecanismo legal. Quedan excluidas aquellas que a la fecha tengan planos y permisos de obra debidamente aprobados por las áreas competentes.
Vale reseñar que en el sector hay más de 250 parcelas, cuya superficie construida no supera el 10 por ciento, pero que ha generado problemas por la provisión de servicios y por algunos incumplimientos con las normativas existentes en torno a los parámetros de edificabilidad. Esto encendió la alarma de diferentes agrupaciones ambientalistas preocupadas por la proliferación de obras “irregulares” en el sector y sus consecuencias en el entorno.
El director de Asuntos Legales de Tandil Martín Romano, el secretario de Obras Públicas Roberto Guadagna y el subsecretario de Coordinación de la Jefatura de Gabinete comunal Juan Martín Pissani ofrecieron detalles del proyecto de ordenanza que ya giraron al Concejo Deliberante para su tratamiento en las comisiones correspondientes.
Tierras protegidas
El instrumento legislativo es una solución definitiva a la medida adoptada a partir del decreto municipal 4215/19 con fecha del 7 de noviembre, firmado por el intendente Miguel Lunghi, que suspende por 180 días los permisos de obra en la zona. En paralelo, se siguen haciendo tareas de control e inspección e infracciones, para penar a quienes incumplan con lo dispuesto por el marco regulatorio actual.
“Se elaboró un proyecto de ordenanza para declarar de utilidad las parcelas originarias de Tandil Inversora, una firma que tiene una quiebra tramitada, excluyendo a los que tienen el permiso de obra y las construcciones ya finalizadas con gente viviendo”, explicó Pissani.
De acuerdo a lo informado por el Departamento Ejecutivo, con la legislación propuesta se prolonga el efecto del decreto de suspensión de obras hasta ver la situación dominial de los terrenos. Además, en uno de los puntos del texto normativo se exhorta al Ejecutivo a prohibir de forma permanente los permisos de obra y las incorporaciones de obras existentes.
Las leyes vigentes
El proyecto concebido se propone como una herramienta para unificar los criterios de dos leyes vigentes, el Plan de Ordenamiento Territorial (PDT) y la Ley de Paisaje Protegido.
El PDT es un ajuste de un decreto ley de ordenamiento territorial y uso del suelo de 1977 y es un marco normativo posterior al loteo. El otro marco jurídico –la Ley de Paisaje Protegido- atiende el carácter ambiental, que tiene un nivel de contemporaneidad mayor que ciertas leyes, lo que obliga a una revisión y actualización para estar a tono con los tiempos que corren. La Ley de Paisaje prohíbe las actividades que pongan en riesgo el ecosistema, la flora, la fauna y el escenario visual.
“El derecho asiste a la ciudadanía y al particular propietario, hay que buscar un equilibrio”, refirió Guadagna.
En rigor, hace más de 40 años, cuando se loteó y vendieron las parcelas en esa zona, no se tenía en cuenta la conservación del patrimonio natural ni las imposibilidades que marca la topografía. Los funcionarios coincidieron en que es imposible pensar hoy en que se pueden levantar 250 construcciones y aportar la infraestructura y servicios afines, sin severas consecuencias, razón por la cual consideraron necesario producir legislación al respecto que plantee políticas a largo plazo.
Provisión de servicios
Guadagna detalló que el PDT establece que la ocupación máxima es de una vivienda por parcela y habla de garantizar la provisión de servicios esenciales y tratamientos de efluentes. “Demostrando cómo se provee el agua con un contrato de provisión de agua privativo es suficiente, y el tratamiento de efluentes con cámaras garantizando que es agua septizada”, expuso en torno a las unidades que ya están emplazadas allí.
Este punto se correlaciona con un reclamo expuesto desde la Asamblea por la Preservación de las Sierras ante la Defensoría del Pueblo de Tandil, y hecho público en numerosos ocasiones, que es un “desastre ambiental” permitir construcciones sobre esos loteos y apuntaron a la imposibilidad de dotar infraestructura de servicios esenciales por las características del lugar.
Los fondos
De aprobarse el proyecto, el Municipio debería tomar contacto con los dueños que acrediten el derecho de la propiedad sobre el loteo para tasar la parcela y llegar a un acuerdo de compra, permuta o expropiación.
En la actualidad, el Estado local no cuenta con los recursos económicos necesarios -ni de fondos propios ni de coparticipación- para afrontar los costos de adquirir las tierras, pero al tratarse de una medida pensada a mediano y largo plazo, esperan contar con palanqueos financieros de la Provincia y la Nación para llevarlo adelante.