El Ejecutivo apeló el fallo que obliga al Municipio a evitar el ingreso a las cavas de Cerro Leones
La Secretaría Legal y Técnica de la comuna presentó un recurso de apelación para frenar la resolución del juez Zárate, en la que se exhorta a la Municipalidad a disponer la vigilancia del predio privado y reforzar el control policial. Las autoridades locales entienden que hay un exceso en cuanto al mandato conferido al Ejecutivo y que se desvirtuó la colaboración del Estado con el privado en una obligación directa.
El Departamento Ejecutivo finalmente apeló el fallo del juez Martín Zárate de noviembre de 2020, que exhortaba al Municipio a cumplir con una serie de medidas preventivas para reforzar el control de acceso a las cavas de Cerro Leones, en el marco de una causa que se inició por un hecho fatal ocurrido en 2011.
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El secretario Legal y Técnico de la comuna, Andrés Curcio, en diálogo con el ciclo “Informadísimas” (Eco TV y 104.1 Tandil FM), reiteró que en la resolución del Juzgado Civil y Comercial 1 se le endilgó a la comuna un rol de vital importancia para evitar el ingreso al sitio, que está prohibido y pertenece a una compañía privada.
“Entendemos que hay exceso en cuanto al mandato conferido a la Municipalidad. Lo que la Cámara dijo inicialmente es que a manera de colaboración y por los recursos técnicos disponibles, el Municipio recomiende acciones a la empresa. Pero con este fallo se desvirtúa en una obligación directa”, explicó.
“Exceso de mandato”
Luego de tres años, la Justicia se expidió a fines del año pasado homologando la propuesta que el Gobierno y el privado hicieron en 2017, pero incrementó de alguna forma las competencias y responsabilidades del Ejecutivo local. De este modo, el juez Zárate exhortó al Estado a que evalúe la contratación de personal para vigilar el ingreso al sitio, e instó a las autoridades municipales a procurar que los destacamentos policiales otorguen prioridad ante los llamados que se hagan al 101 por alerta de entrada a las cavas.
“La comuna no tiene potestad por encima de la Provincia, la policía es provincial, no es sencillo ir a decirle que por favor manden móviles para eso y mucho menos que le den prioridad ante otros delitos”, sostuvo, y enfatizó que “no se pueden distraer recursos públicos tan livianamente para contratar personal”.
“La Justicia estableció oportunamente que, dada la complejidad del lugar y la necesidad de que no vuelva a ocurrir una fatalidad como la discutida en la causa, el Municipio dé intervención a los organismos técnicos y proponga un plan de tareas para que lleve a cabo la firma privada”, reseñó.
Pero más allá de estar de acuerdo con brindar esa colaboración, las consideraciones vertidas en el último fallo no contentaron al Ejecutivo porque no está dispuesto a hacerse cargo de un problema que, a su criterio, excede la competencia municipal.
Las medidas de disuasión
En la presentación efectuada en 2017, la administración comunal y la empresa diseñaron una serie de medidas concretas orientadas a disuadir a los eventuales intrusos.
En este sentido, propusieron la reparación del cerco perimetral del predio de 55 hectáreas; el refuerzo y agregado de cartelería indicativa; y también se sugirió el movimiento de suelos para levantar taludes de tierra de más de dos metros que dificulten el acceso al territorio.
“En vez de sugerirle a la empresa que contrate a un profesional se establecía que la comuna, a modo de colaboración, sugiriera las medidas. Se convoca al Municipio por la complejidad del tema, pero no porque tengamos competencia en el lugar”, aclaró Curcio.
Lentamente, los dueños del lugar realizaron algunos movimiento en esa dirección, colocando carteles y levantando taludes, con el objetivo de disminuir el flujo de público, pero la peregrinación de personas hacia las cavas nunca cesó.
Un problema activo
El espejo de agua sigue siendo para muchos vecinos un punto de encuentro y recreación durante los días más calurosos, que hacen caso omiso a las restricciones imperantes y a los potenciales peligros que presenta el espacio.
Hace unas semanas, la Municipalidad intimó a la empresa titular del predio para conocer el estado de cumplimiento de las medidas dispuestas por el juzgado. Ante este requerimiento, la empresa respondió que como la comuna decidió apelar el fallo, las medidas no estaban vigentes y por lo tanto no eran obligatorias.
Al respecto, el secretario legal afirmó que se presentó un recurso de apelación para rebatir las consideraciones de la resolución en torno a la vigilancia y custodia de las cavas, pero que no se apeló el esquema de medidas homologado. Ante esto, la compañía deberá dar cumplimiento a las acciones pertinentes para evitar el ingreso indebido al lugar, más en esta época.
“El acuerdo sigue firme porque el juzgado lo dictaminó y nosotros no apelamos esa parte; la empresa propietaria debe velar por cumplir las medidas de seguridad”, sentenció el abogado.