Desde hoy volverán las restricciones y los comercios no esenciales no podrán abrir
La circulación estará permitida de 6 a 18 horas. Los no esenciales podrán trabajar de forma online. Los restaurantes o servicios de gastronomía con modalidad delivery o take away.
El director de Inspección General y Habilitaciones del Municipio, Javier Camgros, dialogó con “Tandil Despierta” por la 104.1 Tandil FM y ECO TV y se refirió al trabajo que llevan adelante en el área, a la vez que se refirió a las restricciones que se volverán a aplicar desde hoy .
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En principio, Camgros, detalló que “cada vez que va habiendo modificaciones, restricciones y aperturas, siempre se intensifican los controles. Hace 15 días tuvimos el confinamiento que fue cuando tuvimos mayores cierres para los comercios no esenciales, ahí tuvimos que reforzar y hubo buen acatamiento por parte de la gente, no hemos tenido mayormente inconvenientes” y agregó luego: “A partir de este lunes, por lo menos hasta este viernes, la parte no esencial puede tener otro tipo de venta y ha habido otro movimiento”.
En detalle, según lo señalado por el funcionario municipal, “en el período de confinamiento , solamente durante el primer fin de semana hemos tenido alguna intervención en un domicilio particular por juntadas o reuniones sociales, y también un comercio tipo rotisería por trabajar fuera de su horario, luego con los comercios no esenciales no tuvimos problemas”.
“Ahora a partir de hoy [por ayer] con la flexibilización de la parte deportiva, ya está permitido. Hemos tenido alguna denuncia de gente que interpretaba que la actividad estaba prohibida, pero dentro de lo que es el cuadro de actividades por parte de la Provincia de Buenos Aires se puede realizar. A los natatorios, también se sumó a esto lo que son los gimnasios”, resaltó Camgros.
Vale recordar que entró en vigencia el Decreto 1715 firmado por el intendente Lunghi, se “autoriza desde la firma del presente decreto y hasta el dictado de un nuevo acto administrativo, la realización en gimnasios o natatorios, tanto en espacios cerrados con amplia ventilación o en espacios al aire libre, de tratamientos de rehabilitación psicomotriz, traumatológicos, kinesiológicos, de recuperación cardiovascular e hidroterapia, siempre que se cuente con la prescripción médica pertinente”
Además, el decreto detalla que “para poder atender en el interior y a los fines de garantizar el cumplimiento del objetivo aquí planteado y no desvirtuar la finalidad pretendida, la prestación de esos servicios en gimnasios y natatorios, debería contar con la respectiva derivación del profesional de la salud correspondiente” y agrega: “El incumplimiento de lo establecido en esta norma dará lugar a la aplicación de las consecuencias previstas por el marco normativo respectivo”.
“Es bueno remarcar que para estos casos se permite que la actividad se pueda hacer en espacios cerrados, no en espacios abiertos como estaba permitido. Aquel que no tenga patologías debe asistir a lugares abiertos que tengan los gimnasios”, resaltó Camgros.
Restricciones
En el marco de lo anunciado por el presidente Alberto Fernández y refrendado por el correspondiente Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el confinamiento estricto volverá este fin de semana de junio, en el que no se permitirán actividades grupales al aire libre, los bares y restaurantes no podrán recibir clientes y los comercios no esenciales deberán trabajar de forma virtual.
Según el DNU presidencial, los días 5 y 6 de junio en los Departamentos, Partidos y Aglomerados que se encuentren en situación de Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario o de Alarma Epidemiológica y Sanitaria, se aplicarán las mismas medidas que los 9 días de confinamiento que se vivieron a finales de mayo.
Es así que este sábado y domingo la actividad estará restringida de la misma manera que la semana pasada: salidas únicamente para el abastecimiento de 6 a 18 y circulación sólo para trabajadores esenciales.
Cómo serán las restricciones del sábado y el domingo
El DNU presidencial replicaba las medidas que ya se llevaron adelante por nueve días:
a) Suspensión de la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.
b) Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales y para retiro de compras autorizadas por este decreto, siempre en cercanía a sus domicilios.
c) Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos de cercanías al domicilio hasta las 18, al aire libre.
d) Están prohibidas las reuniones sociales y familiares.
e) Los restaurantes y bares funcionarán bajo la modalidad delivery o take away.
f) Solo el personal esencial podrá utilizar el transporte público el fin de semana del 5 y 6 de junio. Quienes estén habilitados para circular, deberán tener un certificado de circulación en la App Cuidar.