Inquilinos
Contratos de alquiler: desde Atención al Inquilino brindaron precisiones de las 3 modalidades vigentes
Diálogo con Emiliano Salazar, al frente de la oficina municipal.
En el marco de una serie de cambios de normativas que se dieron en el último tiempo con respecto a los contratos de alquiler de propiedades – en particular la derogación de la Ley de Alquileres y la reglamentación del DNU 70/2023- desde la Oficina de Atención al Inquilino brindaron precisiones sobre las modalidades vigentes y los diferentes tipos de aumento que podrían aplicarse.
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“Tenemos 3 situaciones diferentes”, explicó Emiliano Salazar, al frente de la dependencia municipal que recibe consultas y asesora inquilinos desde el año 2019. “Últimamente se han dado situaciones por el tema de las actualizaciones y demás, y quizás en algunos casos hay confusión en cuándo a cómo se deben actualizar los contratos”, agregó.
En concreto, Salazar dio cuenta de tres modalidades para los contratos entre las partes. Los que se firmaron bajo la Ley de Alquileres, los que lo hicieron entre el 17 de octubre y el 28 de diciembre pasado, y los que rigen a partir del 1 de enero pasado.
“En primer lugar, el año pasado estaba plenamente vigente la Ley de Alquileres hasta octubre. O sea la original estuvo vigente hasta el 17 de octubre del año pasado. Entonces si hasta los primeros días de octubre firmé un contrato, va a ser de 3 años de actualización anual, por eso todos los contratos que están firmados ante esa fecha continúan vigentes hasta que se termine el contrato o se rescinda antes”, comenzó.
Al momento, aquellos inquilinos que hayan firmado bajo la Ley de Alquileres y tengan en agosto su actualización anual, la suba ascenderá casi a un 250 por ciento.
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En segundo lugar, sumó, entran “los contratos que se firmaron entre el 17 de octubre y el 28 de diciembre de 2023. En esos lo único que cambió fue mayormente el índice de actualización que pasó a ser cada 6 meses, con otro índice que es el de Casa Propia”.
Al respecto, subrayó Salazar “es importante fijarse la fecha de la firma del contrato. Si fue al 1 de noviembre, la actualización es semestral, cada 6 meses por Casa Propia. Insisto en que tengan en cuenta qué índice, porque si yo actualicé por Casa Propia y me aplican ICL, son distintos los valores. Entonces es importante ver y dar el contrato. El contrato habla por sí mismo y dice el índice a aplicar o la actualización que se da cada tanto tiempo”.
En tercer lugar, el funcionario hizo mención a “los contratos que se firmaron desde el 29 de diciembre en adelante, yo para redondear digo del 1 de enero de este año hasta esta fecha, donde ya indirectamente las actualizaciones son elegidas por las partes”.
Bajo dicha modalidad, amplió, “a principio de año se veía mucho que eran cada 3 meses, después empezó a haber cada 4 y ahora mayormente se ve cada 6 las actualizaciones centrales y los índices a utilizar. Tenés índice de precios al consumidor que en la mayoría de los casos se utiliza, también se usa el ICL que aunque esté derogada la Ley, la calculadora de alquileres continúa vigente y se utiliza no sólo para el contrato, sino para referencia a otras cuestiones, se utiliza ese índice que publica el Banco Central. Y por otro lado también tenés la actualización que toma por ejemplo el índice de la construcción, pero es lo que menos he visto en los contratos. Lo que más se ha visto son ICL e IPC”.
Cambios en los últimos meses
Salazar hizo hincapié en la importancia de “ver qué dice el contrato” para despejar dudas con respecto a los aumentos que deben aplicarse. “Si a principio de año firmé este año un contrato que se actualiza por IPC y me pasan el dato del ICL, son distintos los valores. Entonces es importante ver qué índice fue el que pacté. El índice es el único que figura en el contrato”, remarcó. El funcionario recordó que el ICL es aquel que publica periódicamente el Banco Central, mientras que el IPC es publicado de manera mensual por el INDEC.
“Al tener incertidumbre de qué iba a pasar, varios contratos se han hecho con plazos muy acotados a un año, actualizaciones cada 3 meses, por ejemplo, pero eso fue a principio de año.
“Lo que está ocurriendo en algunas actualizaciones, es que las partes se han podido reunir para chequear los valores, más que nada porque no es la misma situación de una persona que va a alquilar ahora agosto que la que alquiló en enero. Son distintos valores, distintos índices los que se están viendo ahora por cómo está la situación económica del país”, indicó.
Salazar destacó que “las partes tengan la oportunidad de hablar”, y que los acuerdos “dependen de la voluntad que tengan las partes, se debe respetar el orden público, no se pueden poner cláusulas abusivas, porque si bien puede ponerse cualquier cláusula, no es tan libre porque si se afecta por ejemplo el orden público estaría contrariando la legislación que tenemos, tanto sea de alguna otra ley nacional, provincial o legislación local”, concluyó.
La Oficina de Atención al Inquilino atiende de lunes a viernes de 8 a 14, en Chacabuco 383.