Alternativa Tandil busca que el examen psicofísico para el carnet de transporte se haga en la ciudad
Presentó un proyecto para que el Departamento Ejecutivo firme un acuerdo con la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT) que permita tramitar en Tandil la licencia de transporte interjurisdiccional. Propone que los psicofísicos se realicen en el Hospital Santamarina y aclara que no implicará gastos para el centro asistencial.

El bloque de concejales de Alternativa Tandil, a través de Matías Meli, presentó un proyecto ante la necesidad de contar en la ciudad con la infraestructura necesaria para que se pueda realizar el examen psicofísico, a solicitud de quienes necesiten obtener la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (Linti). Hoy, esos estudios que son requisito obligatorio para obtener el carnet habilitante se efectúan en Mar del Plata u Olavarría.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa iniciativa, en el artículo 1, establece que el Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, avanzará en las gestiones necesarias para la suscripción con la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT) cuyo fin sea la realización en la ciudad de Tandil del examen psicofísico de los conductores de transporte de pasajeros y cargas de jurisdicción nacional en todas sus modalidades, para la obtención de la licencia nacional de conducir transporte interjurisdiccional.
Desde Alternativa Tandil señalaron que la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (Linti) es el único documento que habilita a realizar el transporte interjurisdiccional de cargas o de pasajeros en el territorio nacional.
En tanto, aquellos trabajadores que necesitan tramitar la licencia para transporte entre jurisdicciones deben cumplir dos requisitos: la capacitación de acuerdo a la categoría de licencia que se desee obtener y un examen psicofísico habilitante para todas las categorías.
Viajes y dilaciones
“En la actualidad la capacitación puede realizarse con un prestador autorizado en nuestra ciudad, no así el examen psicofísico que debe ser realizado en la localidad de Mar del Plata u Olavarría, por ser las ciudades más cercanas que ofrecen dicho servicio”, explicó Matías Meli, al redactar los considerandos del proyecto de ordenanza.
En esa línea, evaluó que “resulta conveniente arbitrar los medios para que dicho examen psicofísico pueda ser realizado en nuestra ciudad para de esa manera no sólo evitar dilaciones, sino también los gastos que implica el traslado a otra ciudad para su realización”.
Además, consignó que existen ejemplos de otras ciudades, como la cercana Benito Juárez, donde el Poder Ejecutivo ha suscripto convenios con la Comisión Nacional de Transporte (CNRT) para poder efectuar los exámenes psicofísicos de manera local, en sus respectivos hospitales.
A los fines de argumentar el pedido, indicó que “en la ciudad de Tandil contamos con un Hospital, Centros de Salud y un Centro de Vías Respiratorias, que podrían perfectamente adecuarse para poder realizar los mismos”.
Los términos
En relación al acuerdo con el organismo nacional, Meli señaló que “deberá prever también la provisión por parte de la CNRT del equipamiento e instrumental en clínica médica, ORL (audiometría), oftalmología, cardiología, neurología, psicología, laboratorio y equipamiento informático para la carga, el envío y recepción de información”.
En igual sentido, aclaró que “todas las tramitaciones tienen un costo, que corren por cuenta del interesado, por lo que no devengaría gastos extras para el Municipio”.
Por ese motivo, concluyó que desde el bloque “no vemos que exista ningún impedimento para que se pueda replicar su experiencia en nuestra ciudad, siendo cinco años un plazo razonable para la vigencia del convenio a suscribir, pudiendo el mismo se prorrogado”.
El articulado
El artículo 1 del proyecto de ordenanza establece que “el Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda realizará las gestiones necesarias para la suscripción con la Comisión Nacional de Regulación de Transporte cuyo fin sea la realización en la ciudad de Tandil, del examen psicofísico de los conductores de transporte de pasajeros y cargas de jurisdicción nacional ‘en todas sus modalidades’, para la obtención de la licencia nacional de conducir transporte interjurisdiccional”.
En segundo término, expresa que el marco normativo del acuerdo “será la Resolución de la Secretaría de Transporte de la Nación Nº 444/99 y las resoluciones, providencias, circulares y/o instructivos que emita en consecuencia ‘la comisión (CNRT)’, y las observaciones y recomendaciones realizadas por las auditorías de dicha autoridad”.
El artículo 3 propone 5 años para la duración del convenio, con la posibilidad de renovarlo por un año más, “de mediar manifestación de voluntad en tal sentido por las partes”.
En el marco del convenio, el Municipio se comprometerá a realizar las prestaciones convenidas con el hospital designado y en el domicilio informado, no pudiendo modificarlo sin previa autorización de la CNRT y dando cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la normativa vigente.
En quinto lugar, el proyecto de ordenanza promueve que “el equipamiento deberá permitir brindar el servicio objeto del Convenio a suscribir, el cual se encuentra previsto en el Anexo 1 de la Resolución de la Secretaría de Transporte de la Nación Nº 444/99”.
En tanto, la iniciativa también indica que una en el convenio se establecerá que “la planta física destinada a la prestación deberá posibilitar la realización del examen de manera ininterrumpida desde su comienzo y por el tiempo máximo que establezcan ‘la Comisión’ y/o resoluciones pertinentes, dejando asimismo establecido que se podrán realizar los exámenes complementarios ampliatorios por derivación cuando no se cuente en el establecimiento con el equipamiento necesario”.
Por último, fija que el convenio comenzará a ejecutarse a partir de la firma del acta de inicio de la prestación y será suscripto cuando se encuentren acreditados todos los requisitos que debe cumplir el Hospital, con acuerdo de la CNRT, como equipamiento e instrumental (incluso los que deban ser provistos exclusivamente por la CNRT); planta profesional para la realización de los exámenes psicofísicos; sistema informático que permita constatar la ausencia de impedimentos en el conductor que se presenta para la realización del examen; y sistema informático para la carga, envío y recepción de información que deberá ser provisto por la CNRT y demás requisitos que se establezcan.