Alquileres: ¿Quién debe hacerse cargo de los arreglos del inmueble?
Una de las principales consultas que llegan a la Oficina Municipal de Atención al Inquilino tiene que ver con las reparaciones y los arreglos que se deben realizar en los inmuebles alquilados. Al respecto, el titular de la OMAI, Matías Martínez Marini, explicó quién debe hacerse cargo y cómo es el proceso.
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“Anteriormente, con la ley antigua, se llegaba a un punto de inflexión importante porque los reclamos se hacían de palabra y quedaban en el aire. Hoy, la nueva ley lo que establece es que el locatario debe intimar fehacientemente al locador distinguiendo la reparación que es necesaria hacer”, explicó.
En ese aspecto, mencionó que la nueva normativa diferencia, de acuerdo a la vigencia que tengan, dos tipos de refacciones: las reparaciones urgentes, que cuentan con un plazo de intimación de 24 horas; y las que no son de carácter urgente, que tienen un lapso de diez días.
“Se entiende por urgente a todas aquellas que refieren a las conexiones de servicios básicos. En cambio, las otras son aquellas que no son tan necesarias o útiles”, aclaró.
En caso de que haya silencio por parte del propietario, estas reparaciones pueden ser realizadas por el inquilino y luego descontadas del canon mensual.