Usurpación en La Movediza
Ahora la Justicia resolvió que abastezcan de agua y luz a los ocupas
A pedido de la Defensoría y Nación. Un fallecido y situación de niños, adultos mayores y enfermos.
Hace menos de un mes, en las primeras horas del jueves 6, móviles de la Usina Popular y Municipal se presentaron en el predio usurpado en La Movediza en lo que se presentó como un “operativo antifraude”.
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Acompañados de efectivos de las cuatro comisarías de la ciudad, Policía Local, GAD, Caballería e Infantería, que desplegaron sus unidades y se dispusieron a modo de cordón de cara a la toma, el espectacular despliegue tenía que ver con el operativo para abortar las conexiones clandestinas. Cortar los cables de tensión ubicados sobre la mano de enfrente al terreno en cuestión, desde donde se “colgaban” los vecinos ocupantes.
En concreto se realizaron cortes en cuatros cruces de calles, una serie de alimentaciones directas así como conexiones directas a terceros.
El accionar tenía que ver con poner en práctica el rigor de la medida cautelar que aludía a no innovar en el terreno, al aguardo de una definición procesal como política frente al dilatado conflicto por la usurpación masiva.
Con el paso de las horas, días, y, en especial tras el deceso de uno de los ocupas que puso sobre el tapete el estado de extrema vulnerabilidad que impera entre varios integrantes del predio tomado, ahora la misma justicia, el mismo juzgado de Garantías dispuso flexibilizar aquella disposición.
En efecto, a pedido de la Defensoría oficial, como de dependencias del Gobierno nacional (la Secretaría de Integración Socio Urbana -SISU-) que oportunamente tomaron posición frente el complejo escenario, a partir de la situación de los menores, adultos mayores y enfermos que están viviendo en la ocupación, se dispuso que haya abastecimiento de agua y energía eléctrica.
La resolución
Según este Diario pudo acceder, por disposición del titular del Juzgado de Garantías 1, José Alberto Moragas, en el marco de la instrucción penal preparatoria caratulada "Moauro, Daniel Alberto s/ Denuncia de usurpación de inmueble - Tandil", se resolvió “modificar la medida cautelar de no innovar prorrogada por el plazo de 120 días a contar desde el 29 de junio de 2024, y dictada el 14 de junio del corriente año.
Así, con la flamante resolución que ya llegó a manos de las autoridades municipales como de la propia Usina, se deja sin efecto la prohibición de autorizar nuevas conexiones de suministro de energía eléctrica dentro del inmueble emplazado entre calles Salta, Chapeaurouge, Misiones y Piccirilli, las que deberán solicitarse por la vía que corresponda y cumplimentando los requisitos previstos por la Usina Popular y Municipal de Tandil - SEM-.
A su vez, se autoriza a los ocupantes del citado predio, el ingreso de elementos aptos para calefaccionar los ambientes, tales como garrafas con pantallas, entre otros.
En otro orden, dentro de la medida cautelar ahora modificada, se estableció “supeditar el tratamiento de la solicitud de autorización para el ingreso de materiales de construcción hasta tanto se precise en forma individual la cantidad y tipo de materiales requeridos con específica mención al sitio en que se emplace la unidad de vivienda que solicita la autorización, como así también la identificación de sus ocupantes”.
Tras la resolución, se libró oficio a la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat de Tandil con copia de la presentación efectuada por la Defensa y los archivos adjuntos, con el objeto de poner en su conocimiento “la situación de vulnerabilidad de las personas que ocupan el citado predio, a los fines que estime corresponder en el marco de sus funciones”.
Lo propio al Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines que tome intervención en relación a la posible existencia de menores de edad en situación de vulnerabilidad residiendo dentro del citado predio.
A los fines de proceder a la notificación de la presente resolución a los ocupantes del predio, también se libró oficio a la Seccional Segunda de Policía, haciéndole saber a su titular que en el caso de que los mismos se nieguen a suscribir el acta respectiva, la medida deberá desarrollarse bajo las previsiones del artículo 128 tercer párrafo del C.P.P.
De la solicitud de remisión a la ORAC efectuada por el titular de la defensoría a cargo de Diego Araujo, se remitió invitación a la UFI interviniente, a cargo del fiscal Luis Piotti, como la Asesoría de Menores e Incapaces, a cargo de Ezequiel Balaunzarán, entro otros operadores judiciales.
La petición de la Defensa
Respecto al pedido del defensor oficial Diego Araujo, el letrado había solicitado0 la modificación del alcance de la medida cautelar de no innovar dictada el 17 de marzo de 2023 y objeto de sucesivas prórrogas, en la que la magistratura prohibió la realización de nuevas conexiones de suministro de energía eléctrica dentro del predio, el ingreso de nuevas personas, la realización de cualquier tipo de construcción, mejora, e ingreso de materiales para la construcción.
Ello así, “de modo de permitir al centenar de familias que vive en lugar, algunas con discapacidad, enfermedades crónicas, adultos/as mayores, mujeres a cargo de unidades familiares, niños, niñas y adolescentes, mientras tramita la incidencia intentada ante el tribunal casatorio, aislar las casillas en las que viven para preservarse del frío y la lluvia y acceder temporalmente a servicios de carácter esencial, como es la electricidad y el agua”, argumentó el defensor oportunamente.
Alegó al respecto que a la fecha se encuentra en trámite ante el tribunal Casatorio el recurso de queja por Casación denegada intentado por esta defensa contra la resolución de la alzada local que declaró inadmisible el recurso de Casación interpuesto contra la resolución que declaró la inconstitucionalidad de los actos administrativos que permitieron incluir el predio objeto de litigio en el régimen de regularización dominial para la integración sociourbana, y en consecuencia ordenó se hiciera efectivo el desalojo.
Consecuentemente, “dicha resolución no se encuentra firme y por lo tanto no puede ser ejecutoriada en razón de lo expresamente dispuesto por el artículo 431 del CPPBA, ya que la interposición de recursos de queja en sede provincial no afecta ni altera en modo alguno el efecto suspensivo del recurso intentado y en modo alguno modifica el status de resolución inejecutable que ha de sostenerse y respetarse mientras transiten las instancias de revisión judicial”.
El antecedente
A principios de junio pasado, El Eco de Tandil llevó a cabo una recorrida por el predio ocupado de calle Piccirilli al 1000. En el lugar, muchos vecinos transmitieron sus diferentes complicaciones derivadas de la precariedad de la situación en la que se encuentran. Usuarios de insulina sin heladera, personas operadas, y otros padecimientos. La visita fue pocos días después de que la Justicia ordenó el corte del suministro eléctrico, que la Usina llevó a cabo durante un operativo con fuerte presencia policial.
Durante la mencionada recorrida, la vecina que acompañó la visita quiso hacer una última parada. Tras acercarse a una precaria vivienda aplaudió frente a la entrada. Del interior salió un hombre que se presentó como Genaro, quien contó que se encontraba desmejorado porque hacía poco tiempo había recibido el alta después de una larga internación por neumonía.
Hablaba de manera lenta y calma, y dijo que debido a su estado de salud estaba complicado para poder retornar al trabajo, por lo que debía cuidarse. Una de sus hijas salió de la casilla para preguntarle si podía usar su teléfono celular. El hombre le respondió, pero también le indicó que vuelva adentro porque hacía mucho frío. Genaro tuvo una recaída durante los últimos días y falleció a los pocos días.
“Fue fatal. El jueves lo internaron y el sábado falleció. Tenía alrededor de 44 años y cuatro criaturas. La verdad, todos quedamos devastados, porque fue muy de golpe, muy rápido. Fue un golpe durísimo porque ahí él era Genaro. Era el consejero, siempre estaba”, lamentó Natalia Gosk, una de las referentes de la toma, quien clamó por la restitución del servicio eléctrico por casos que se repetían.
Dichas expresiones tuvieron eco en la Defensoría que realizó el pedido formal y ahora respondió el juez de Garantías.