Réplica
Respuesta a una carta documento
El Multimedios recepcionó una Carta Documento firmada por Juan Manuel Suárez cuyo texto se publica íntegramente aquí.
Recibí las noticias en tu email
En la misma se solicita rectificar una información publicada el 30 de octubre del año anterior, que no fue exclusiva de este medio sino también explicitada por otros portales, lo cual puede corroborarse en la web.
Una de las tareas del periodista es reflejar la información emanada de los organismos oficiales pertinentes.
No existe malicia ni animadversión, y mucho menos invento de un suceso policial, del cual se indicó lugar, horario, víctima, detenido y lugar de detención.
De lo ocurrido en aquella circunstancia , como quedó señalado, también se hicieron eco otros medios de la ciudad en la misma fecha, detallando idéntico hecho y mencionando a la misma persona.
Ahora, según señala el señor Juan Manuel Suárez en la carta documento enviada al Multimedios, el 17 de agosto de este año la doctora Stella Maris Aracil dictó su sobreseimiento.
En lo que respecta a la insólita intención de conseguir un resarcimiento económico, Multimedios El Eco expresa que el 30 de octubre de 2021 publicó un hecho tal y como le fue informado de manera oficial, del mismo modo que lo hace desde siempre. Y lo seguirá haciendo.
Pretender que se oculte la información policial oficial significaría lisa y llanamente querer aplicar una mordaza al periodismo, que debe ser ejercido siempre con libertad, veracidad y responsabilidad.
TEXTO DE LA CARTA DOCUMENTO
Remitente: Juan Manuel Juárez
Destinatario: El Eco Multimedios
Me dirijo a ustedes, de conformidad con el artículo 14 de la Convención Americana de Derechos Humanos, a INTIMARLOS a que en el plazo de 5 días se expidan por todos sus medios rectificando la información agraviante sobre mi persona que se publicó en vuestros medios con fecha 30/10/2020 donde se me acusa de manera expresa como autor de un robo en la vía pública, situación que se vio aclarada en el fuero judicial correspondiente, quedando sobreseído totalmente de la causa que se inició en la UFI número 3 a cargo del Dr. Luis Humberto Piotti radicada en el Juzgado de Garantías número 2 de la ciudad de Tandil a cargo de la Dra. Aracil, Stella, quien dispuso dicho sobreseimiento con fecha 17/08/2021.
Para mayor abundancia es menester mencionar que en dicha noticia titulada “APREHENDIERON A DOS HOMBRES QUE PERSIGUIERON Y ROBARON A UNA MUJER EN PLENO CENTRO” se expuso mi nombre, apellido y edad de la siguiente manera: “…Uno de los asaltantes era menor de edad (17), por lo que, por disposición del Juzgado de Garantías Joven 4, se caratuló al hecho como “robo agravado por la participación de menor” y se llevó al joven hasta el domicilio de su padre. En tanto, el restante, identificado como Juan Manuel Juárez de 53 años, quedó alojado en la comisaría y se le inició una causa por incumplir con el artículo 60 del Código Procesal Penal…”
En este sentido se pronuncia el art. 14 mencionado anteriormente, que ampara el derecho a réplica disponiendo que: “Toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de medios de difusión legalmente reglamentados y que se dirijan al público en general, tiene derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación o respuesta en las condiciones que establezca la ley”
A su vez el mismo artículo en su inciso 2, aclara que: “En ningún caso la rectificación o la respuesta, eximirá de las otras responsabilidades legales en que se hubiese incurrido” por lo que los INTIMO a que en el plazo de 10 días tengan a bien, ofrecerme un resarcimiento justo y coherente por los daños ocasionados, al verme gravemente calumniado, tanto a mi honor como también respecto de la pérdida de chance que sufrí en las tares laborales que desarrollo, relacionada directamente con la noticia que desde “EL ECO” publicaron sin ningún tipo de diligencia a la hora de la redacción en tiempo potencial o la reserva de mis datos personales hasta tanto se aclarara efectivamente la situación de hecho y derecho.
A los efectos de dicho ofrecimiento, es que informo número de teléfono de mi letrado patrocinante, en la presente para que apelando a su buena voluntad y responsabilidad como miembros profesionales de un medio masivo de comunicación se comuniquen para arribar a una amigable solución: 2492562639 (Alonso Daniel).
El ejercicio del derecho de expresión no puede extenderse en detrimento de la necesaria armonía con los derechos constitucionales, entre los que se encuentra el de la integridad moral y el honor de las personas; así, el derecho de informar no constituye de por sí una causa de justificación de los daños a la integridad espiritual y social, sino que debe ser ejercido regularmente, sin abuso ni exceso, sin dar por hecho situaciones que aún no están confirmadas para que un profesional honesto pueda llegar a la razonable convicción de que lo que publica es verdad.
Sin otro particular y bajo apercibimiento de incoar las correspondientes acciones legales de daños y perjuicios en el fuero judicial.
Quedan ustedes debidamente notificados. Tandil, 22 de octubre del 2021.