Feriado
¿Por qué hoy no podrán circular camiones por las rutas nacionales?
El Ministerio de Transporte dispuso la restricción de tránsito.
La circulación de camiones de más de 3.500 kilos en rutas nacionales y los accesos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires permanecerá restringida hoy desde las 18 a las 21 debido al feriado puente por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, según dispuso el Ministerio de Transporte, a través de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
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Según precisaron las fuentes viales, el objetivo de la medida es facilitar el desplazamiento vehicular y de turistas por el fin de semana largo y prevenir los siniestros de tránsito.
La restricción de vehículos pesados en sentido descendente permanecerá hoy desde las 18 a 20.59 y abarcarán los accesos a la Capital Federal como las autopistas del AMBA, Riccheri, Ezeiza-Cañuelas, del Oeste, Buenos Aires-La Plata, Panamericana y las principales rutas y autopistas nacionales.
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Para ello, las autoridades viales reforzaran los controles en distintos puntos del país y recomiendan a los conductores planificar anticipadamente el viaje, circular a velocidad precautoria, llevar siempre las luces bajas encendidas, la VTV y el seguro obligatorio al día; como así también transportar a los chicos en sus sillas correspondiente de acuerdo a su edad y peso.
Asimismo, la ANSV informó que quedan exceptuados de la medida los transportes de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados, transporte con animales vivos, productos frutihortícolas en tránsito, vehículos cisterna de traslado de combustibles, gas natural comprimido y gas licuado de petróleo.
También están exentos los transportes exclusivos de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales con así también las unidades de atención de emergencias; de asistencia de vehículos averiados o accidentados en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.
Al igual que el transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliarias; en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.
Además, los transporte de medicinas, disposición final de residuos sólidos urbanos, los que deban circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial, los de transporte de sebo, huesos y cueros. (Télam)