Oficializaron la normativa para obtener el carnet de Manipulador de Alimentos

La Secretaría de Gobierno de Agroindustria informó la actualización del Código Alimentario Argentino (CAA.) en lo referente al carnet de Manipulador de Alimentos, usualmente conocido como Libreta Sanitaria, en línea con las más modernas legislaciones de alimentos a nivel mundial.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailYa publicada en el Boletín Oficial, la Resolución Conjunta 12/2019 elaborada por las secretarías de Alimentos y Bioeconomía y de Regulación y Gestión Sanitaria de la cartera de Salud, sustituye el Artículo 21 del CAA y dispone que todas las personas que están en contacto con alimentos, en las diversas etapas de la cadena, deben contar con un carnet de Manipulador de Alimentos expedido por la autoridad sanitaria competente.
En este sentido, el secretario de Alimentos y Bioeconomía, Andrés Murchison, señaló que “la norma busca priorizar la capacitación del personal que manipula alimentos en las Pymes con un enfoque basado en la prevención de enfermedades transmitidas por alimentos”. Además, va a promover la transparencia de los datos a través de registros de manipuladores de alimentos capacitados y de capacitadores.
De esta manera se verán beneficiadas alrededor de 15.000 empresas alimenticias en todo el país, de las cuales el 98 por ciento son pymes, ahorrando costos de obtención y mejorando su competitividad a través del acceso al conocimiento. Ahora incluso, podrán hacerlo mediante cursos virtuales, que se incorporan como opciones para facilitar el acceso, acorde a los cambios en materia de simplificación y de desarrollo de nuevas tecnologías.
Los puntos relevantes
- El único requisito para la obtención de la licencia será aprobar el Curso de Capacitación de Manipulación Segura de Alimentos que se podrá dictar de manera presencial o virtual, con una carga mínima de 7 horas.
- El carnet tendrá vigencia por el plazo de tres años y tendrá validez en todo el territorio nacional.
- Se eliminaron los análisis médicos rutinarios en consonancia con las recomendaciones de la OMS que señala que éstos últimos son válidos para el momento en que son realizados pero que los resultados no son legítimos en el tiempo.
- Exención de realizar el curso, aunque no así la evaluación, de las personas con título terciario o universitario que acredite formación en manipulación de alimentos.