Las rotondas y el tránsito pesado

En Tandil se conjugan dos situaciones que influyen directamente en la seguridad vial de la población. Por un lado, la cantidad de rotondas que son necesarias atravesar para ingresar a la ciudad y por otro que justamente éstas se dan sobre la Ruta Nacional que quedó inserta en el medio de la población, por donde hay mucho tránsito pesado. De esta manera, ambas resultan de uso casi necesario y diario para los habitantes.
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¿Quién tiene prioridad de paso en una rotonda?
En esta localidad, la reglamentación no difiere de lo dispuesto a nivel provincial ni nacional, según explicó el titular de Control Urbano Vehicular, Walter Villarruel. “Siempre tiene prioridad el que circula por la rotonda, siempre y cuando no hay una señal que indique lo contrario”, expuso.
Esta regla, que parece simple, termina resultando compleja y confusa al momento de trasladarse ya que algunos conductores empiezan a dudar al momento de encontrarse en ese cruce, a pesar de tener señales, pero sobre todo ante la falta de ellas.
En este sentido, cabe resaltar que el uso que se da en las vías circulares ubicadas sobre la Ruta Nacional 226 es totalmente al revés de lo dispuesto, ya que generalmente el tránsito se detiene para dar paso a los vehículos que provienen de la ruta. Claro que esto sucede porque así lo indica la señalización. “Acá el que viene por ruta tiene prioridad”, remarcó el experto.
Por otro lado, el gran circuito que une el trayecto de la RP30 con la RN226 presenta carteles con diferencia de criterios, dando primacía a quien viaja por la vía nacional, luego a quien se encuentra dentro de la rotonda. De hecho, recientemente modificaron el mensaje de “Ceda el paso” que daba lugar a los provenientes desde la 30, quienes a partir de ahora deberán aguardar su turno. Según explicó Villarruel, esto fue una determinación provincial.
De todas maneras, siempre es válido recordar el artículo 43 de la Ley de Tránsito, que a su vez indica: “Si se trata de una rotonda, la circulación a su alrededor será ininterrumpida sin detenciones y dejando la zona central no transitable de la misma, a la izquierda”.
Si bien en el artículo 41 se advierte que todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha, en el caso de esta unión de vías se da una de las pocas excepciones. Así, la ventaja del que viene por la derecha se pierde, además, cuando la señalización especifica lo contrario, ante los vehículos ferroviarios, los vehículos del servicio público de urgencia en cumplimiento de su misión, los vehículos que circulan por una semiautopista y los peatones que cruzan lícitamente la calzada por la senda peatonal.
También cuando se desemboque desde una vía de tierra a una pavimentada, cuando se circule al costado de vías férreas respecto del que sale del paso a nivel y cuando se haya detenido la marcha o se vaya a girar para ingresar a otra vía.
La realidad es que por desconocimiento o imprudencia, muchos de estos códigos no se respetan, pero tampoco son hechos que se infraccionen a menudo. De hecho, esta es una de las 20 infracciones de tránsito que existen pero casi no se castiga a pesar de estar estimada una multa en 70 Unidades Fijas, que equivale a menos de dos mil pesos. (100 UF=2.140 pesos).
Puntos ciegos o de conflicto
Los obstáculos en rotondas o esquinas reducen la visibilidad del conductor, no permitiendo observar quien se aproxima en un cruce de caminos. Por lo tanto, hay una serie de cuestiones que también están reglamentadas para evitar poner en riesgo la vida de los transeúntes.
De esta manera se debe evitar la plantación de árboles y arbustos sin autorización en las áreas de intersección de caminos, como también el estacionamiento de vehículos de manera inapropiada, ni ubicar puestos ambulantes en esos sectores. Por otro lado, es advierte no construir monumentos, estatuas, ni monolitos, a la vez que se prohíbe la colocación de escombros y la construcción de instalaciones deportivas.
Máquinas agrícolas en las rutas y en la ciudad
En esta época del año se torna habitual observar un constante movimiento de maquinarias agrícolas, tanto en las rutas como también en cercanías a la ciudad, incluso dentro de ella.
Tal es así, que días atrás se registró un choque entre un tractor que remolcaba una tolva y un camión con acoplado dentro del casco urbano, específicamente en la esquina de Piedrabuena Y Rauch. Según explicó Walter Villarruel a veces sucede que como los lugares de venta o reparación para este tipo de transportes están por colectora o calles inmediatas, circulan a pesar de ser ilícito.
En este sentido, remarcó que la normativa prohíbe el tránsito de estas máquinas dentro de la ciudad, “salvo que presenten la autorización correspondiente”. “Cuando tienen que hacer un traslado de algún equipamiento o cargamento pesado nos comunican y en ese caso nos otros realizamos el acompañamiento con móviles adelante”, explicó.
Estas acciones tampoco son frecuentemente sancionadas porque ante el desconocimiento de la reglamentación por parte de los vecinos, no advierten sobre la presencia. Igualmente, el titular de Control Urbano reveló que en el último tiempo han secuestrado una pala y otras maquinarias rurales. Esto sucedió en inmediaciones de la colectora, donde también está inhabilitado su tránsito.
Esta norma rige de la misma manera para acoplados, camiones y semirremolques, entre otros, ya que hasta el momento el funcionario aseguró que no se ha avanzado sobre la playa de estacionamiento apta para estos transportes.
Así, la ordenanza que regula el uso de la vía pública es la 2358, que en su artículo 21 establece que “hasta tanto se concrete una playa de estacionamiento para camiones y acoplados, semirremolques, etc., los sectores permitidos para el estacionamiento nocturno en la planta urbana de la ciudad desde las 20 horas a las 6 del día siguiente, serán exclusivamente las siguientes: Avenida perón, desde Avenida España a Aristóbulo del Valle. Avenida Aristóbulo del Valle desde Avenida Colón hasta Moreno. Avenida Estrada en toda su extensión. Avenida Balbín desde Garibaldi hasta Machado. Avenida Machado, desde Avenida Colón hasta calle Moreno, en vereda lindando la Estación del Ferrocarril.
“Cada vehículo estacionado deberá colocar elementos con material reflectante para su mejor visualización en horas nocturnas”, advierte.
Entonces, vale insistir que para marchar por zona urbana deberá obtener permiso de la autoridad competente, mientras que en ningún caso podrá circular en horario nocturno, sin luz natural. Además, ante el supuesto de que el equipo agrícola este integrado por más de tres unidades deberá ser acompañado en su parte posterior por un vehículo provisto de una luz amarilla giratoria elevada dos metros desde el nivel del piso.
Por otro lado, en tiempos de siembra y/o cosecha la problemática también se traslada a las rutas, ya que los armatostes para esas actividades rurales en muchos casos superan el ancho de un carril, utilizando parte del contrario para su circulación.
La ordenanza en este sentido es muy amplia, pero básicamente establece que deberán marchar por el extremo derecho de la calzada, sin ocupar el carril opuesto, salvo en aquellos casos donde la estructura vial no lo permita, debiendo en esos casos adoptar las medidas de seguridad que el ente vial competente disponga. Esta es una de las leyes que se infringen más a menudo y que son difíciles de detectar si no la denuncia n particularmente.
Asimismo, cada tren o conjunto de carros acoplados deberá circular a no menos de doscientos metros de otro, aún cuando forme parte del mismo transporte de maquinaria agrícola, debiendo guardar igual distancia de cualquier otro vehículo especial que eventualmente se encontrare circulando por la misma ruta, a fin de permitir que el resto de los usuarios pueda efectuar el sobrepaso.
Finalmente está prohibido circular con lluvia o neblina, ni oscurecimiento por tormenta, o cuando por cualquier otro fenómeno estuviera disminuida la visibilidad. Ni podrán estacionar sobre la calzada o sobre la banquina, o en aquellos lugares donde dificulten o impidan la visibilidad a otros conductores. Tampoco podrán efectuar sobrepasos, ni andar por el centro de la calzada, salvo en los caminos auxiliares