CAVAS CERRO LEONES
El juez Zárate afirmó que “los jueces no nos podemos quedar pasivos frente a hechos que generan riesgos”
El titular del Juzgado Civil y Comercial 1, autor del fallo que le sugiere al Municipio reforzar la vigilancia de las cavas para restringir el acceso, entre otras acciones disuasivas, justificó su postura y valoró que todas las partes deben involucrarse para desarrollar medidas preventivas que tiendan a evitar un daño mayor. La comuna apeló la resolución alegando que hay un exceso en cuanto al mandato conferido al Ejecutivo.
Como se publicó oportunamente, la Secretaría Legal y Técnica de la comuna presentó recientemente un recurso de apelación para frenar la resolución del juez Zárate, en la que se exhorta a la Municipalidad a disponer la vigilancia de las cavas de Cerro Leones y a reforzar el control policial en el marco de una causa que se inició por un hecho fatal ocurrido en 2011, cuando un hombre se ahogó en el espejo de agua.
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Las autoridades locales entienden que hay un exceso en cuanto al mandato conferido al Ejecutivo y que se desvirtuó la colaboración del Estado con la empresa privada propietaria del predio en una obligación directa. En tanto, el magistrado que tiene a cargo el fuero Civil y Comercial 1 en Tandil, José Martín Zárate, defendió su posicionamiento y el rol activo de los jueces en la prevención de riesgos y daños que lo llevaron a tomar esta decisión.
En contacto telefónico con el ciclo radial “Cosas que pasan” (104.1 Tandil FM), la autoridad judicial explicó los alcances del fallo y detalló que se obligó a la compañía privada al pago de una suma de dinero en concepto de resarcimiento a la familia de la víctima, pero que el accionar judicial no debe agotarse allí.
“El nuevo Código Civil y Comercial invita a que los jueces no nos quedemos pasivos frente a hechos que generan riesgos y que provocan daños. Estas medidas preventivas no son las cosas que se discuten en un expediente sino que, en función de los hechos y con la creatividad de los jueces desnudando un activismo jurisdiccional que no conocíamos, la Cámara le dice al Municipio y la empresa: hagan algo”, sostuvo.
De este modo, el doctor Zárate indicó que hasta 2015 (año en que se reformó el Código), el Poder Judicial solamente tenía como función decidir sobre los litigios que llegaban a los escritorios pero que “quedaba una sensación de que iba a poder seguir sucediendo algo malo y éramos espectadores de una situación que provocaba daño”.
En este sentido, puso como ejemplo un antecedente previo a la modificación del Código Civil que dio lugar a las primeras medidas preventivas –posteriormente revocadas por la Corte- se aplicaron en la problemática de la falta de señalización de los cortes ferroviarios en las rutas, omisión que ocasionaba diversos siniestros viales.
Al respecto, señaló que “los jueces resolvían que se condenaba a la empresa a pagar una suma de dinero, pero sugerir que se colocara un cartel o una barrera no se discutía porque no era objeto de delito”.
La problemática y su abordaje
En torno al tema específico de las cavas, vale recordar que, luego de tres años, la Justicia se expidió a fines de 2020 homologando la propuesta que el Gobierno y el privado hicieron en 2017, pero incrementó de alguna forma las competencias y responsabilidades del Ejecutivo local. El fallo exhorta al Estado a que evalúe la contratación de personal para vigilar el ingreso al sitio, e insta a las autoridades municipales a procurar que los destacamentos policiales otorguen prioridad ante los llamados que se hagan al 101 por alerta de entrada a las cavas.
El texto legal recomienda, además, que se provea la difusión en los medios periodísticos locales, con frecuencia regular, con fines preventivos y de concientización respecto a la prohibición de acceso al predio y la peligrosidad de bañarse en esas aguas.
En concreto, en el fallo se le “sugiere” a la comuna que, frente al complejo contexto que rodea al lugar, por tratarse de un sitio de esparcimiento y recreación al que la gente acude masivamente en los días calurosos, actúe para evitar mayores inconvenientes.
Adicionalmente, el juez expuso que el predio de las cavas es un lugar que tiene los visos de ser público por su inmensidad, lo que permite el ingreso por cualquier parte.
“Entendemos todos la gravedad de la situación y nos excede, pero tenemos que hacer algo”, dijo, en alusión a la apelación del Municipio, que se deslindó de las responsabilidades sobre el control del espacio.
“Hay que difundir el tema de la peligrosidad, de que no vayan porque si se meten pueden ahogarse. Si lo difundimos podemos llegar a la gente, explicar cómo son las cosas y alertar sobre los riesgos, así actuamos antes de que pase algo”, confió.
Acciones concretas y responsabilidad social
No obstante, el juez subrayó que debe haber un componente de responsabilidad social por las conductas y acciones de la vida cotidiana, cuyo espectro excede al control estatal. “Hay que eliminar la necesidad de un Estado sobredimensionado que nos controla como un policía-papá. Debemos enfocarnos en nosotros y dar un salto evolutivo para tomar conciencia y cuidarnos a nosotros mismos”, compartió.
Acerca de la resolución del recurso de apelación elevado por el Gobierno municipal, el doctor Zárate consideró que “los tiempos procesales nunca coinciden con los tiempos de la gente y a eso le sumamos que es verano”. En esa línea, estimó que el recurso podría resolverse hacia marzo o abril, cuando ya finalizó el periodo de mayor riesgo.
“El próximo verano tiene que haber certezas de las acciones concretas que se deberían cumplir en el marco del expediente, lo que no quita que suceda alguna desgracia, pero por lo menos algo estamos haciendo y no nos quedamos esperando el titular de El Eco de Tandil anunciando que una persona murió en las cavas de Cerro Leones”, justificó.