Se dictó la prisión preventiva al conductor de la camioneta que protagonizó el accidente mortal
En una reciente resolución, el Juzgado de Garantías 2 de Tandil, a cargo de Stella Maris Aracil, a requerimiento del fiscal Luis Piotti, convirtió en Prisión Preventiva la detención de Javier Agustín Galán, a quien se le imputa prima facie el delito de “Hurto de vehículo dejado en la vía pública en concurso real con Homicidio Culposo agravado por darse a la fuga”.
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Dicha resolución no se encuentra firme y, por tanto la defensa tiene la posibilidad de recurrir por ante la Excma. Cámara Departamental Azul.
Asimismo, se difirió el tratamiento de la requisitoria de elevación a juicio formulada el Ministerio Público hasta tanto se encuentre firme resolución de prisión preventiva.
Sobre la resolución que determina que “Tolo” Galán continúe detenido, la jueza ratificó que surge prima facie acreditado que el 2 de septiembre del 2019, momentos antes de las 3.45, Galán se apoderó ilegítimamente de una camioneta marca Chevrolet (propiedad de Edgardo José Espil), la cual se encontraba estacionada en la vereda, frente al domicilio de calle Magallanes 484.
Se la llevó acompañado por una joven por distintas calles de Tandil hasta que finalmente circuló por calle Patagonia e ingresando a la Ruta Nacional 226, sentido Azul, de manera improcedente e invadiendo el carril contrario, se interpuso imprudentemente a la circulación de la motocicleta conducida por Alan Francisco Martin Juárez, provocando que colisionara inevitablemente contra la pick up, provocando la muerte del motociclista.
Más luego, Galán descendió de la camioneta junto a la chica y se dio a la fuga.
Sobre los elementos de convicción, se aludió al indicio incriminante de autoría responsable dado por la circunstancia probada de que Javier Agustín Canale conducía dicha camioneta, con el testimonio de la joven que lo acompañaba al momento del incidente vial, como así también lo expuesto por el testigo del choque, más la admisión del propio imputado.
Los dichos del acusado
Cabe consignar que al prestar declaración, Canale dijo a los judiciales que “al no poder arreglar la moto, pero al tomar las herramientas vio que las llaves –de la camioneta- estaban ahí mismo en la guantera, decidió irse en ella con la intención de devolverla en la mañana siguiente” (…) que “cuando ingreso a la ruta dobló para su derecha y sintió un ruido pero no vio nada antes que eso, no vio la moto”. De esto se dio cuenta “al bajar de la camioneta”, cuando vio al chico tirando y la moto.
Recordó que en esos momentos llegó una motocicleta que le pregunto qué paso, y él dijo “no lo vi” (SIC), y entonces en el momento en que este testigo comenzó a llamar a la ambulancia él decidió irse porque tenía “mucho miedo”
Cuando se le preguntó si cuando vio al muchacho caído estaba vivo o muerto, respondió que no se movía, pero no sabía si estaba “vivo o muerto”. Y al preguntarle a qué le tenía miedo dijo que “a ir en cana(…)”.
En tal sentido, Aracil consideró que se mantuvieron vigentes los argumentos que sirvieran de fundamento para denegar la excarcelación de Galán.