El abogado de la presunta víctima de abuso en el Jardín 901 solicitó que la causa vuelva a Tandil
El doctor Juan Carlos O’Brien quiere hacer valer el principio de inmediatez y reclamó que la investigación regrese a la fiscalía local. “Es un verdadero escándalo el hecho de que envíen la causa a Azul, es como querer invisibilizar el tema del abuso en el jardín acá en Tandil”, manifestó. La familia considera que desde el 13 de agosto, fecha en el que trasladó a la Fiscalía Especializada en Violencia Institucional, está paralizada.
El traslado a Azul de la causa por el presunto abuso a un niño de 4 años en el Jardín de Infantes 901 motivó una presentación del particular damnificado Juan Carlos O’Brien para que la investigación regrese a la Unidad de Instrucción Penal 16 que conduce el doctor Marcos Eguzquiza. El letrado, que se incorporó al proceso el último miércoles, fundamentó el pedido en el principio de inmediatez. Ahora aguarda la resolución que pueda tomar la jueza de Garantías 2, la doctora Stella Maris Aracil.
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En principio, el abogado se presentó para tomar vistas de las actuaciones, teniendo en cuenta que a partir de la remisión de la causa a la Fiscalía Especializada en Violencia Institucional de Azul, a cargo del doctor Juan Ignacio Calonje, “los padres del niño víctima se ven menoscabados en sus derechos en virtud de no poder concurrir a la misma por estar en ciudad de Tandil, aclaro que no poseen fondos para traslados a Azul”.
En ese sentido, consignó que esa situación provoca que se vulneren derechos de las víctimas, como recibir un trato digno y respetuoso; a la documentación clara, precisa y exhaustiva de las lesiones o daños que se afirman sufridos por causa del hecho de la investigación; a obtener información sobre la marcha del procedimiento y el resultado de la investigación; y a que se hagan mínimas las molestias que deban irrogársele con motivo del procedimiento, entre otros.
Por otra parte, en el escrito consideró que “el expediente se encuentra demorado” y sostuvo que “sin perjuicio de las incidencias normales no se entiende por qué con las pruebas colectadas no llaman” al imputado a declaración indagatoria.
Y recalcó que “los padres infructuosamente han intentado comunicarse telefónicamente y sólo obtienen respuestas que luego no se condicen con la realidad. Le han proveído información errónea por vía telefónica que agrava más la angustia que los mismos padecen”.
Sumado a eso, afirmó que desde el traslado de la causa “los padres de las víctimas no están recibiendo un trato digno, ni son debidamente informados por el fiscal, que hasta ahora sólo los ha ignorado y faltado el respeto, no los ha llamado, ni siquiera se acercó a Tandil sabiendo que ellos carecen de fondos”.
Corrupción de menores
Por otro lado, el doctor O’Brien marcó como la situación “más grave” que “el fiscal no contempló el delito de corrupción de menores que se encuentra totalmente acreditado en la IPP en el hecho investigado y del cual se encuentra debidamente acreditada la responsabilidad del imputado surge claramente que se debe aplicar a más de la figura del abuso sexual agravado (art. 119 CP) sino el delito de corrupción de menores”.
De este modo hizo alusión al artículo 125 del Código Penal, que dice: “El que promoviere o facilitare la corrupción de menores de 18 años, aunque mediare el consentimiento de la víctima, será reprimido con reclusión o prisión de 3 a 10 años. La pena será de 6 a 15 años de reclusión o prisión cuando la víctima fuera menor de 13 años. Cualquiera que fuese la edad de la víctima, la pena será de reclusión o prisión de 10 a 15 años, cuando mediare engaño, violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación o coerción, como también si el autor fuera ascendiente, cónyuge, hermano, tutor o persona conviviente o encargada de su educación o guarda”.
Además, señaló que “se han violado las Reglas de Brasilia (norma supra nacional de jerarquía constitucional) sobre el tratamiento de las personas en situación de vulnerabilidad y el derecho a facilitar el acceso a la justicia, en este caso el niño y los padres que carecen de recursos”.
Y afirmó que “resulta irritante que el menor y sus padres, como las demás víctimas del delito de corrupción se encuentren padeciendo la injusticia por el sólo hecho de ser pobres. Lo digo sin intencionalidad política ni mucho menos, pues sé que hay que preservar la intimidad en estos procesos. Pero resulta cierto que la demora en procesos de abuso de menores y en casos de corrupción es una injusticia que debe ser subsanada”.
Por otra parte, solicitó “se arbitren los mecanismos necesarios para que el niño abusado y sus padres gocen de los derechos establecidos por el art. 83 del CPCBA (de las Víctimas), teniendo en consideración las distancias y las carencias de recursos. Especialmente que el fiscal se entreviste y les informe sobre los pasos de la causa”.
Además, reclamó que “se provea esto con urgencia y habilitación de días y horas”, teniendo en cuenta que “la demora provoca un perjuicio irreparable. El imputado debería haber sido citado al 308 (declaración indagatoria) por Abuso y Corrupción de Menores, hecho que no ha acaecido hasta la actualidad y la causa se sigue demorando, a más de violentar gravemente los derechos de las víctimas”.
“Se revictimiza y se somete a violencia
institucional a la familia”, dijo el letrado
El letrado Juan Carlos O’Brien, que se presentó el último miércoles como particular damnificado en la causa por abuso sexual en el Jardín de Infantes 901, evaluó que las pruebas son sólidas y el hecho está debidamente acreditado, al tiempo que se comprometió a proteger los procesos para que sean totalmente legales, como así también los derechos fundamentales de la víctima y del agresor, en este último caso para evitar futuras nulidades.
“Desconozco por qué tomaron una decisión tan arbitraria”, expresó al evaluar el traslado de la causa a la Fiscalía Especializada en Violencia Institucional. “La causa está en Azul y paralizada desde el 13 de agosto. No se ha hecho nada y la fiscalía le ha dado informaciones muy contradictorias a la víctima”, señaló.
Por otra parte, explicó que “solicité que la causa volviera a Tandil por un principio de inmediatez”, como así también que los fiscales tuvieran “la gentileza” de comunicarse con las víctimas para informarles cómo va el procedimiento y que agilizaran los pasos procesales porque “el hecho está debidamente acreditado”.
Para el letrado, “no hay razón para demorarla, porque la causa no es tan extensa, los hechos son claros, la prueba es sólida y cualquier demora es responsabilidad del Ministerio Público Fiscal y de los fiscales a cargo”.
En ese sentido, consideró que la tardanza “revictimiza y se somete a violencia institucional a la familia. Nadie merece ser sometido a tanta violencia”.
Con respecto a la configuración del delito de corrupción de menores, señaló que más allá del abuso puntual al niño de 4 años, había varios niños al momento del hecho y está acreditado en la causa.
Por otra parte, desde la Dirección General de Escuelas se mantuvo en funciones a gran parte del equipo de docentes y directivos del Jardín de Infantes 901. Para el particular damnificado, a partir de la investigación, se abren procesos en paralelo, ya que el presunto abuso inició la instrucción penal preparatoria, en otra instancia se deberá dilucidar si hubo corrupción de menores, y otro tema a resolver es la responsabilidad de los funcionarios del nivel educativo y de la institución, y anticipó que cada uno de estos aspectos exige que se aborde con una estrategia diferente.