CASO MATTO
Un caso de mala praxis médica que al Municipio de Tandil le costó más de 15 millones de pesos
En los últimos días de diciembre el Ejecutivo ordenó el pago de más de 8 millones de pesos a la madre del joven que falleció en enero de 2010. Ya en marzo del año pasado había desembolsado más de 7 millones de pesos a la familia de uno de los médicos cesanteados.
El 4 de enero de 2010 murió el menor Jorge Ramón Matto, quien estuvo internado en el Hospital Municipal desde el 29 al 31 de diciembre de 2009. Por ese motivo, el Decreto Municipal 20, del 5 de enero de ese año, ordenó la instrucción sumarial a los doctores Daniel Rubén Pardini y Arnaldo Scarcella, a los efectos de deslindar las responsabilidades del fatídico hecho.
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En marzo del 2022, el Intendente firmó el decreto con la orden de pago a los herederos del pediatra Arnaldo Ricardo Scarcella, fallecido en 2015, tras el reclamo judicial de un resarcimiento económico por daño moral. De este modo, el Municipio autorizó el depósito de 7.030.346,25 pesos en la cuenta judicial abierta en los autos “Scarcella Arnaldo Ricardo contra Municipalidad de Tandil sobre materia a categorizar- empleo público”.
La demanda se había originado luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires fallara a favor de los dos médicos –el otro es Daniel Rubén Pardini-, quienes reclamaron la anulación del acto administrativo que derivó en las cesantías de sus cargos en el Hospital de Niños.
Tras la resolución de la Suprema Corte bonaerense, los herederos del doctor Scarcella (fallecido en 2015) y el pediatra Pardini le reclamaron a la Municipalidad los salarios desde la cesantía anulada, es decir desde el 5 de agosto de 2010, más la indemnización por el daño moral.
Familia
Ahora, bajo el Decreto Nº 4525/2022, firmado el 29 de diciembre por el intendente Lunghi, el Municipio pagó la suma de 8.068.916,69 pesos a la madre del joven, Luján Ojeda Idelfonsa, por el mencionado caso.
Según lo publicado en el Boletín Oficial "sin perjuicio de la solidaridad dispuesta en la sentencia con el codemandado Dr. Ruben D. Pardini, a efectos de evitar eventuales ejecuciones corresponde abonar a la actora el monto arrojado mediante la liquidación aprobada en los mencionados autos, la que asciende a la suma total de Pesos Ocho Millones Sesenta y Ocho Mil Novecientos Dieciséis con Sesenta y Nueve Centavos ($8.068.916,69.-), en concepto de capital e intereses".
Cronología del hecho
Vale recordar que desde la apertura del sumario, el Ejecutivo Municipal dispuso la suspensión preventiva inicial por 60 días de ambos profesionales, término que fue ampliado en forma sucesiva hasta el 5 de agosto de 2010, fecha en la que fueron cesanteados por el Decreto 2183. Durante ese período los médicos nunca fueron imputados, ni procesados judicialmente por el hecho.
En el proceso administrativo, el instructor sumariante y secretario Legal y Técnico de la Municipalidad de Tandil, Marcelo Giaconi, conjuntamente con la secretaria de Instrucción y directora de Asuntos Legales, Analía Mastropierro, elevaron el sumario con “opinión fundada” y lo remitieron a la Dirección de Personal, según lo dispuesto por el artículo 76 de la Ley 11.757.
El 29 de junio de 2010, la Junta de Disciplina rechazó la recusación que hiciera Pardini sobre su conformación, obrando fuera del marco legal, toda vez que la misma se constituyó con dos integrantes, y no reunió el quórum mínimo necesario para sesionar y decidir, ya que debe estar integrada por un total de cinco miembros.
Ante el planteo de nulidad realizado por la Junta de Disciplina, el 3 de julio de 2010, el mismo órgano desestimó el planteo aduciendo la irrecurribilidad de los dictámenes, pero en esa oportunidad con la rúbrica de tres miembros, teniendo en cuenta el quórum mínimo necesario.
Finalmente, la Junta de Disciplina, con el voto de sólo dos miembros emitió opinión final, lo que la tornó nula por adolecer de un quórum mínimo de tres integrantes sobre el total de cinco miembros, para sesionar y decidir. Por lo cual, el letrado Ernesto Erramouspe, representante de Pardini y Scarcella, sostuvo la nulidad del Decreto Municipal 2183, fundado en la ausencia de dictamen previo obligatorio, tal como lo sostiene el art. 77 de la Ley 11.757.
Tras el fallo de la Corte, el 1 de julio de 2019, el Intendente firmó un nuevo decreto para cesantear al doctor Pardini. Por entonces, el pediatra Scarcella ya había fallecido. En tanto, el máximo órgano de la Justicia bonaerense habilitó a los galenos a iniciar el reclamo por los salarios adeudados desde agosto de 2010 hasta la firma del nuevo acto administrativo y en paralelo, por el daño moral.