Fin de semana largo
Los camiones no podrán circular por rutas del país hoy, mañana y el lunes en determinados horarios
Los vehículos de carga tendrán restricciones para circular durante este fin de semana largo, con el objetivo de agilizar el tránsito de los automóviles particulares, teniendo en cuenta el incremento de movilidad que suele registrarse durante los feriados, según informó hoy la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
La medida se implementará hoy y mañana, entre las 18 y las 21; y el próximo lunes 15, entre las 7 y las 10, en las diferentes autopistas y rutas del país.
En el horario indicado no podrán circular camiones por la Autopista Buenos Aires-La Plata; por la Autopista Ricchieri y del Oeste; por el Acceso Norte, mano ascendente; por la ruta nacional 3, en ambas manos, entre Lomas del Mirador y Bahía Blanca; y por la ruta nacional 5, en ambas manos.
Tampoco por las rutas nacionales 7 (entre Junín y Villa Mercedes), 8, 9 (desde Jesús María hasta La Quiaca), 11, 12 (entre Ceibas y Puerto Iguazú), 14 (entre Paso de los Libres y San José, Misiones), 16 (desde Makalle hasta Metán) y la 19 (desde San francisco hasta Córdoba).
También rige para la ruta nacional 143 en ambas manos, desde El Carancho hasta Chacharramendi (57 Km) y desde Santa Isabel hasta límite con Mendoza (33 Km); la ruta 151 desde Santa Isabel hasta Puente Dique 25 de Mayo (183Km); y la 152 desde Padre Angel Buodo hasta Casa de Piedra (292 Km).
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Asimismo, la restricción abarca las rutas nacionales 20, 22, 33, 34, 35, 38, 40, 105, 158, 174, 188, 205, 226 y 231. Tanto mañana, como el lunes, las restricciones se instrumentarán en las mismas rutas mencionadas anteriormente, entre las 7 y las 10.
Con respecto a las rutas provinciales, la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires precisó que por el recambio turístico los días los días viernes 12, sábado 13 y lunes 15 de agosto se restringirá la circulación de camiones en la Autovía 2, rutas provinciales 11, 36, 56, 63, 74, y la Autopista Buenos Aires–La Plata.
Desde el área provincial precisaron que se exceptúan "de toda restricción para circular, temporaria o permanente", a los vehículos del autotransporte de cargas menores a siete toneladas de porte bruto.
De igual modo a los de transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados; el transporte de animales vivos; de pescado y mariscos congelados; y de productos frutihortícolas en tránsito; los de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual.
Lo mismo para los de atención de emergencias; grúas/asistencia a vehículos averiados o accidentados en los lugares a los que deban trasladarse y su regreso.