Las obras de la polémica, a través de la mirada de una especialista
Arte. Patrimonio. Normativa. Factores que se conjugan al intentar conocer el lado B de las obras que forman parte de la riqueza cultural y el legado de grandes artistas que necesita permanecer por siempre en su estado original.
en medio de la polémica en torno a las obras del acervo cultural tandilense que el Museo Municipal de Bellas Artes (Mumbat) ofreció a préstamos a una sala privada en la localidad de Béccar, varias voces se sumaron al debate que trata de conocer cuál es el procedimiento de traslado y conservación que se utiliza para este tipo de piezas.
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La preocupación de distintos referentes ligados al mundo artístico fue atendida por los integrantes de la Comisión de Cultura y Educación del Concejo Deliberante que rápidamente convocaron a los denunciantes y también a la actual coordinadora del Mumbat, Indiana Gnocchini. Los ediles, habían votado por unanimidad en la última sesión ordinaria de 2018 en absoluta conformidad para que las obras pudieran ser exhibidas en el museo Lucy Mattos.
En este marco, desde El Eco Multimedios se consultó a la especialista María Victoria Bianchi para conocer detalles que hacen al tratamiento particular que debe otorgarse a las piezas de arte y las cuestiones legales que reglamentan su estándar.
La profesional de vasto currículum, es nacida en Tandil. Entre los estudios que hacen a su formación académica, es licenciada en Museología y Curaduría, licenciada en Enseñanza de Artes y Comunicación, técnica superior en Gestión y Administración de Políticas Culturales y obtuvo un posgrado en la carrera de Especialización en Industrias Culturales.
-¿Existe algún protocolo o normativa vigente para la preservación de obras que pertenecen al patrimonio cultural?
-En nuestra legislación, aún no existe una Ley Nacional de Museos que regule la profesión museística en su totalidad. Actualmente la organización cuenta con diferentes programas: Sistema Nacional de Registro de Colecciones, Registro Sistemático de Museos Argentinos, Difusión Capacitación y Concientización del Patrimonio Nacional, etc. A medida que van surgiendo dificultades, por iniciativa de diferentes actores involucrados en la realidad de sus museos y legisladores interesados en resguardar el patrimonio, se desarrolla una normativa propia a nivel provincial o distrital pero esto, no hace más que generar un sinfín de reglamentaciones que se entrecruzan y como consecuencia, producen un vacío legal. A mi modo de ver, la falta de un criterio en común, atenta directamente no solo contra la profesión sino también contra el especial cuidado de las colecciones que conforman el patrimonio material e inmaterial de un pueblo.
Al señalar un objeto como “obra de arte” o al incluirlo en la naturaleza de “bienes culturales históricos-artísticos-naturales” se le otorga un valor y significado diferente que lo distingue de otros tipos de objetos. Este rasgo hace que sean únicos e insustituibles, y requieren de nuestra parte una enorme responsabilidad colectiva para protegerlos y conservarlos por reconocer su privilegiado valor y así, afianzar la trasmisión cultural e identidad de los pueblos.
-¿Estos criterios un poco ambiguos rigen tanto para museos públicos o privados?
-Los museos privados tienen el poder de disponer de su colección como les parezca y pueden moverse de manera independiente, ya que quedan excluidos de las reglamentaciones de las instituciones oficiales. El Museo de Arte Latinoamericano de Buenos Aires (Malba), por citar un ejemplo, puede disponer de sus obras como más le convenga, aunque sus prácticas profesionales siguen los lineamientos propuestos por el ICOM.
En los museos públicos (nacionales, provinciales, municipales) el Estado está obligado a proteger el patrimonio público y sus instituciones, y de ningún modo puede declinar esta obligación. Sin embargo, las limitadas posibilidades financieras o partidas que reciben las salas no debe ser un obstáculo para que la institución cumpla con su misión y se inserte al servicio de la comunidad. En las últimas décadas los museos están teniendo en cuenta alternativas que les permitan administrarse eficazmente. Para esto todas las instituciones requieren sistemas de control de gestión y financiero, cumplimiento de la obligaciones legales, objetivos que se plasmen en un plan estratégico, como también la actualización en forma permanente de la situación patrimonial del museo, es decir, actualizar el DNI a cada pieza, registrar tanto sus bajas como sus altas, sus movimientos por préstamos o exposición, cumplir con la elaboración y control de inventarios y catalogación, planificar la temática de las exposiciones a partir de los intereses que acercan o se desprenden de la comunidad y la inclusión de la actualidad en el mensaje de las exposiciones.
-Y en el uso y costumbre ¿cómo es el particular cuidado de las obras?
-En la práctica profesional museológica, el campo cuenta con el Consejo Internacional de Museos (ICOM), al que Argentina adhiere, tiene un Código de Ética y Deontología, que fue aprobado en Buenos Aires en 1986. Establece la política a seguir por los profesionales de los museos de todo el mundo y son sencillamente una serie de principios sobre las prácticas profesionales que sería deseable que todo el personal implicado en el área aplicara en su institución. Este código fue mejorado a lo largo del tiempo y hoy en día es una guía insoslayable a la hora de decidir de qué manera se encaran las actividades en cada esapcio.
Proteger tiene un procedimiento, hay formas y modos correctos, maneras que se deben cuidar y numerosos trámites administrativos que se deben cumplir. Pero, lamentablemente no hay una normativa que especifique detalladamente los aspectos técnicos para el traslado de obras de arte, por eso los profesionales de los museos deben actuar con responsabilidad, profesionalismo y ética a la hora de manipular el patrimonio cultural que es de todos los ciudadanos.
Traslado y conservación
-Hay un reglamento también para el traslado…
-Por supuesto, el transporte de una obra de arte que se realiza generalmente para una exposición temporaria y a modo de préstamo, debe respetar las normas internacionales, sobre todo cuando se trata de pinturas. Para el traslado se debe contratar una empresa especializada y las obras deben ser movidas en embalajes de madera ignífugos, realizados a medida para amortiguar golpes y vibraciones y cubiertas de material específico para evitar los cambios de temperatura y humedad desde la sala donde estaban expuestas hasta el lugar en donde serán exhibidas.
Por otra parte, se debe contar con toda la documentación legal, carta de petición de préstamo, formulario de préstamo, informe sobre las condiciones de seguridad y conservación de las salas de exposición, acta donde figuren las características técnicas de la obra (medidas, técnica, estado, etc.), fechas de entrada y salida de las obras, tiempo del préstamo, etc., así como también las firmas de los responsables de las instituciones participantes.
También es indispensable contratar un tipo de seguro al que comúnmente se lo denomina “clavo a clavo”, es decir, que la obra queda asegurada desde la salida del museo de origen, durante el traslado, el tiempo de exposición en destino y la vuelta al museo prestador, obviamente acompañado de toda la documentación legal. Es esencial en este caso el acta de entrega y de devolución y un detallado informe de conservación, firmado por las partes intervinientes.
-¿Y en relación a la conservación?
-En este tema sí existen leyes nacionales y provinciales. En la provincia de Buenos Aires en particular, la Constitución de 1994 en su artículo 44 se compromete a preservar su patrimonio cultural. Por otra parte, también el ICOM sugiere una serie de recomendaciones para preservar las obras de arte, que abarca no solo la misma preservación, sino también la conservación preventiva y el tratamiento científico de los objetos y obras de arte, tarea que quedará a cargo de personal especializado.
Es clave en este punto identificar los riesgos, que pueden ser, por ejemplo, personal no capacitado para manipular los objetos y las obras, o edificios en mal estado exterior e interiormente. El ambiente humano y físico que rodea una obra u objeto puede ser un factor de riesgo.
-Las salas muchas veces deben ser modificadas para funcionar como museos, ¿están sometidas a controles y requerimientos?
-En general los museos están emplazados en edificios que no fueron construidos para ese fin, por lo que se han tratado de adaptar lo mejor posible a las exigencias en todo lo referente a la conservación y exposición de sus diferentes colecciones, pero sucede que a veces no reúnen las mejores condiciones para que las obras estén totalmente protegidas. Para la correcta preservación de las colecciones, los museos deben realizar inspecciones periódicas del edificio, controlar tanto el exterior como el interior, ya que filtraciones de humedad, drenajes de lluvia deteriorados o tapados, o presencia de roedores e insectos pueden deteriorar irremediablemente obras y objetos de arte.
En cuanto a las salas de exposición hay una serie de precauciones que hay que tener en cuenta a la hora de llevar adelante una muestra como son, por ejemplo, el control de la luz solar y artificial, la temperatura y humedad relativa del ambiente, el uso de flashes de cámaras fotográficas por parte de los visitantes o la contaminación atmosférica. Una obra en la sala de un museo se encuentra expuesta a numerosos enemigos de su integridad, por lo que hay que ser muy prudente y responsable a la hora de elegir nuevos espacios para exhibirla, en particular cuando se cambia de ambiente, ya que las diferencias de humedad y temperatura pueden dañarlas.