Condenado a prisión condicional por robo domiciliario
En un reciente fallo del TOC 1 se resolvió condenar a Franco Ezequiel Bazzi, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, como autor penalmente responsable de los delitos de “Robo agravado por efracción y escalamiento, y violación de domicilio -4 hechos-, todos en concurso real, cometidos el 29 de septiembre de 2015.
Según reza el fallo del juez Gustavo Agustín Echevarría, se acreditó que el 29 de septiembre de 2015, minutos previos a las 10.30, Franco Ezequiel Bazzi, junto a otro sujeto que no pudo ser identificado, accedió a la vivienda de calle Duffau 887 previo superar, escalando, la reja de 1,70 metros de altura que se halla emplazada como medida de seguridad al frente de la misma. Para el ingreso a la morada, inmediatamente después rompieron la cerradura y la parte superior de una puerta balcón de madera que da a un pasillo lateral, mediante la utilización de un elemento duro tipo barreta, y luego ingresaron por allí, apoderándose ilegítimamente de la suma de 12 mil pesos, 3.600 dólares y electrodomésticos y joyas varias, con los cuales huyeron del lugar.
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Al retirarse de la casa Bazzi ingresó a los domicilios de calle Duffau 891, luego al de calle Lavalle 513, luego al de Lavalle 527 y finalmente a Lavalle 535, escalando los paredones medianeros, sin la anuencia expresa ni tácita de sus moradores con derecho a exclusión.
El cuadro probatorio de este primer hecho ilícito quedó conformado con la circunstancia de ser observado el imputado por personal policial dirigirse por dentro de los inmuebles linderos desde el que fuera violentado y luego encontrarse junto a él –una vez demorado- algunos de los efectos sustraídos; todo en momentos inmediatos al referido por el damnificado Rodríguez en que escuchara ruidos dentro de su domicilio denotando la presencia de personas no autorizadas.
En cuanto al otro delito imputado, replicado en cuatro hechos consecutivos, se valoró como prueba respecto de la autoría y responsabilidad de Bazzi, además de las constancias del acta de procedimiento, las declaraciones testimoniales de las propietarias moradoras de las viviendas.
Los testigos fueron contestes en mencionar que no conocían con anterioridad a Franco Ezequiel Bazzi y consecuentemente nunca le habían dado autorización para el ingreso a sus respectivos domicilios.
“A través de lo expuesto, ha quedado en pie un bloque probatorio irrefutable que conduce inexorablemente a tener por plenamente probada la autoría y responsabilidad de Franco Ezequiel Bazzi en los delitos en juzgamiento”, cerró el juez del TOC 1.
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