El Ejecutivo impuso un recurso de revisión y aguarda la resolución del organismo
El Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires realizó una serie de objeciones en torno a la relación contractual con Usicom por la prestación del servicio de emergencias médicas, al analizar la rendición del ejercicio de 2015 de la administración del Hospital Municipal “Ramón Santamarina”. A la vez, determinó sanciones económicas a funcionarios.
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En ese marco, y tras una primera respuesta, se abrió un nuevo capítulo en el que la comuna ratificó los argumentos empleados inicialmente y solicitó una revisión de la sentencia, que implicará estudiar nuevamente la causa por parte del organismo auditor.
“El Tribunal no cuestiona en ningún momento el contrato, sino por qué pagó de contado, y reclama una certificación de servicio, que después reconoce que se equivocó en reclamar pero la confirma sin fundarlo en ninguna norma”, sostuvo el secretario de Legal y Técnica Andrés Curcio.
En diálogo con El Eco de Tandil aclaró además que se trata de una instancia recursiva ante el Tribunal de Cuentas y que todavía podría utilizarse la vía judicial ante la Cámara en lo Contencioso y Administrativa de Mar del Plata.
En efecto, hasta tanto no quede firme la resolución, la multa que se le aplicó al director administrativo Emilio José Gomory por 1.755.932,05 pesos quedará en suspenso.
El planteo
En primer lugar, el letrado enmarcó el planteo a partir de la rúbrica del contrato de servicios, por el cual “el Municipio se comprometía a abonar mensualmente 120 mil pesos a Usicom durante un año por la disponibilidad del sistema de emergencias médicas” que prestaba Cami.
Al auditar las cuentas del ejercicio 2015, el Tribunal de Cuentas observó que la comuna efectuó el pago en una vez y cuestionó que “no se debería haber pagado todo junto sino en forma mensual”, precisó el funcionario.
A la par, requirió que se acredite la efectiva prestación de los servicios para poder corroborar que lo abonado responde “a los costos de mercado” de ese servicio.
El fallo llegó al exdirector de administración, Emilio José Gomory, el pasado 5 de mayo, fecha a partir de la cual comenzó a contar un plazo de 15 días hábiles para interponer un recurso administrativo.
La respuesta
Con las observaciones efectuadas por el organismo provincial, el Municipio realizó la correspondiente contestación, en la que expuso los argumentos que sostienen su postura.
Así, en torno a la primera objeción, Curcio retomó la respuesta al indicar que “el hecho de que el costo esté establecido como unidad de medida a 120 mil pesos mensuales no significa que haya que pagar mensualmente”.
A más datos, agregó que “no se puso una fecha” en el contrato rubricado con la unidad de negocios de la Usina y que “no está prohibido por ninguna ley que se pague de una sola vez”.
Luego citó la justificación en torno al segundo punto, en la que explicó que la observación “estaba equivocada porque se apoyaba en artículos que no eran aplicables a este caso, sino a otro tipo de contrato”.
En efecto “para reclamar este último punto, el Tribunal de Cuentas toma artículos de una serie de normas que refieren al contrato de suministros y no de locación de servicios”, enfatizó el secretario de Legal y Técnica.
Luego del descargo, el organismo encargado de auditar las cuentas de los municipios, la Gobernación y la Legislatura emitió un nuevo fallo en el que insistió con el método de pago y el pedido para certificar los servicios brindados.
En ese sentido, Curcio remarcó que ratificó su observación en relación a que el pago debió ser mensual y sobre el segundo punto establece que “si bien es cierto lo que dice el Municipio, que efectivamente las normas que invocó el Tribunal de Cuentas son equivocadas y no responden a este tipo de contratación, igualmente corresponde mantener el cargo y requerir esa certificación se servicios”.
En otro pasaje, el secretario reforzó la postura oficial al ratificar que “no sirve la certificación, lo que pretende el Tribunal, que es ver si lo que pagamos equivale al valor en plaza”.
“Lo que se paga es la disponibilidad del servicio”, dijo y defendió que se hizo uso de esta alternativa “en varias oportunidades”.
“Contando con la disponibilidad del capital puede optar por pagar de contado, que permite congelar los valores, evitar un posible reclamo futuro y quedar cubierto hasta fin de año”, concluyó.
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