El Municipio entregó actas de declaración de Bien de Familia a otro diez vecinos
En un encuentro desarrollado este jueves por la mañana en el municipio, diez vecinos recibieron las actas de declaración de sus propiedades como “bien de familia”, a partir de los trámites realizados por la comuna. El intendente Miguel Lunghi les agradeció la confianza depositada para llevar adelante las gestiones, que superaron las cien en el 2017.
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“La declaración de Bien de Familia sobre una vivienda es una manera de protegerla, por eso desde que comenzamos la gestión iniciamos este trabajo desde la Secretaría Legal y Técnica, como uno de los servicios gratuitos para todos los vecinos. Esto que hoy se llevan es un resguardo para algo tan preciado por ustedes como son sus casas”, agregó el Intendente.
Además de las familias beneficiadas, estuvieron presentes el secretario Legal y Técnico, Andrés Curcio, la directora de Relaciones con la Comunidad, Zulma Ferreira y la encargada de la Oficina de Bien de Familia, Paula Palavecino.
Desde esa área recordaron que la figura de “Bien de Familia” se otorga a los inmuebles que no excedan las necesidades de sustento y vivienda del grupo que las habita, incluyéndolas en un registro inmobiliario especial.
También aclararon que esas propiedades pueden estar atravesando por un trámite de hipoteca.
Los inmuebles declarados como Bien de Familia cuentan con un mayor resguardo jurídico, debido a que no son susceptibles de ejecuciones o embargos por deudas posteriores a su inscripción, como tampoco responden ante quiebras o concursos.
El Municipio, en labor conjunta con la Provincia, lleva adelante los trámites como parte de los servicios que se ofrecen a la comunidad y que incluyen desde el acceso al sistema de mediación y escrituración social, hasta las gestiones de defensa de los derechos del consumidor.
Curcio señaló que la comuna tiene “un número cada vez mayor de familias que se acercan para realizar este trámite y en todos estos años hemos entregado una cantidad muy importante de actas y permanentemente recibimos consultas sobre los requisitos para realizar el trámite, que es totalmente gratuito”.
La inscripción de un inmueble como Bien de Familia la realiza el propietario y en caso de ser más de uno lo deben realizar todos ellos, siempre y cuando tengan el parentesco exigido por la ley. Los beneficiarios del régimen pueden ser el cónyuge, sus descendientes o ascendientes o hijos adoptivos, aunque no convivan con el propietario.
En caso de no poseer dichos parientes, podrán ser beneficiarios los colaterales hasta el tercer grado de consaguinidad, por ejemplo sobrino o tío, con la condición de que vivan con el propietario.
Todos los interesados en conocer más sobre este servicio podrán dirigirse a la sede de la repartición comunal, ubicada en Chacabuco 383.
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