Cobertura de medicamentos desde 2017 para afiliados de PAMI
La Secretaría General de Relaciones Institucionales de PAMI emitió un comunicado donde se detallan los servicios ofrecidos por el organismo a sus afiliados, así como también se responden las preguntas más frecuentes, con la intención de despejar todo tipo de dudas. De todos modos, se solicitó que, en caso de algo encontrarse confuso o no obtener la información requerida, concurrir al PAMI local para evacuar toda duda.
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- Todos los afiliados continuarán recibiendo descuentos de hasta un 80% en sus medicamentos y de 100% en medicamentos por tratamientos especiales.
- Todos los afiliados que necesitan el subsidio social lo seguirán recibiendo.
- Todos aquellos afiliados que tengan autorizado el subsidio social sólo deben acercarse nuevamente a PAMI al momento de su renovación.
- ¿Cómo es la cobertura de medicamentos de PAMI para TODOS sus afiliados?
- 50% a 80% de descuento para los medicamentos para patologías agudas y crónicas.
- 100% de descuento para insulina y tiras reactivas.
- 100% de descuento para medicamentos oncológicos, HIV y otros tratamientos especiales.
- 100% de descuento para afiliados con discapacidad.
- Subsidio Social para medicamentos ambulatorios.
- ¿A quién está destinado el Subsidio Social?
- A los afiliados que por razones de vulnerabilidad social no pueden pagar sus medicamentos ambulatorios con descuento. PAMI les brinda un Subsidio Social que cubre el costo de los medicamentos al 100%.
- ¿Cuáles son los requisitos para que los afiliados puedan solicitar y/o renovar el Subsidio Social?
- Tener un ingreso menor o igual a 1,5 haberes previsionales mínimos.
- No estar afiliados a un sistema de medicina prepaga.
- No ser propietario de más de un inmueble, ni poseer un auto de menos de 10 años, aeronaves o embarcaciones de lujo.
- ¿En caso de tener un ingreso mayor a 1,5 haberes previsionales y/o tener una Prepaga se puede acceder al Subsidio Social?
- Si el gasto en medicamentos es igual o mayor al 5% de los ingresos, los afiliados podrán solicitar la vía de excepción en la agencia o UGL. Para que la vía de excepción se apruebe, se le requerirá un informe social, escala de vulnerabilidad sociosanitaria y revalidación médica.
- ¿Los medicamentos especiales entran en esta medida?
- Los medicamentos para tratamientos especiales no se ven afectados por esta medida, PAMI los sigue cubriendo al 100%. Entre estos medicamentos, se encuentran:
- Insulina, tiras reactivas, hipoglucemiantes.
- Inmunosupresores (para trasplantados).
- Antihemofílico (pacientes con hemofilia, es decir, sangrados frecuentes).
- Antiretrovirales (HIV).
- Antivirales para Hepatitis B y C.
- Oncológicos (cáncer).
- Eritropoyetina (para determinados casos de anemia, generalmente en pacientes que hacen diálisis).
- Toxina botulínica (para aplicación en enfermedades musculares).
- Dietoterapicos (complementos nutricionales para pacientes con sondas de alimentación).
- Medicación para esclerosis múltiple (enfermedades neuromusculares raras).
- Medicación para esclerosis lateral amiotrófica (enfermedad neuromuscular rara).
- Los medicamentos para tratamientos especiales no se ven afectados por esta medida, PAMI los sigue cubriendo al 100%. Entre estos medicamentos, se encuentran:
- ¿Cuándo entra en vigencia esta medida?
- A partir del 6 de enero de 2017 no se podrán otorgar y/o renovar subsidios a aquellos afiliados que posean aeronaves y embarcaciones de lujo. A partir del 27 de enero 2017 no se podrán otorgar y/o renovar subsidios a aquellos afiliados que no cumplan con los requisitos para el otorgamiento del Subsidio Social.
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